La tasa de alcohol en España

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La Regulación del Consumo de Alcohol en la Conducción en España

Introducción

La regulación del consumo de alcohol en la conducción en España es un tema crítico debido a sus implicaciones para la seguridad vial y la salud pública.

La normativa vigente establece límites específicos para la concentración de alcohol en sangre y define las consecuencias legales para aquellos que los exceden.

Estas consecuencias varían desde sanciones administrativas hasta penas penales severas en casos de infracciones graves.

Este artículo aborda los aspectos legales relacionados con la tasa de alcohol máxima permitida, las circunstancias que determinan si una infracción se considera delito o simplemente una falta administrativa, y las sanciones correspondientes, incluyendo la retirada de puntos del carnet de conducir y otras penas.

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Límites de Alcohol en la Conducción

Límite General

En España, el límite general de la tasa de alcoholemia está establecido en 0,5 gramos por litro (g/l) en sangre o 0,25 miligramos por litro (mg/l) en aire espirado. Este es el estándar que se aplica a la mayoría de los conductores.

Conductores Profesionales y Noveles

Para los conductores profesionales y aquellos que tienen el permiso de conducir desde hace menos de dos años, los límites son más estrictos. En estos casos, la tasa máxima permitida es de 0,3 g/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado. Estos límites reducidos reflejan la mayor responsabilidad y riesgo asociado con estos grupos de conductores.

Sanciones Administrativas

Las sanciones administrativas por exceder los límites de alcoholemia incluyen multas económicas y la retirada de puntos del carnet de conducir. La gravedad de la sanción depende del nivel de alcohol detectado y de la reincidencia del conductor en este tipo de infracción.

Multas y Puntos

Multas Económicas

Las multas por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida varían en función del nivel de alcoholemia:

  • De 0,25 a 0,50 mg/l en aire espirado: Multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.
  • De 0,50 a 0,60 mg/l en aire espirado: Multa de 1000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.

Retirada de Puntos

El sistema de puntos es una medida administrativa destinada a promover una conducción segura y responsable. Los conductores pueden perder puntos de su carnet por diversas infracciones, incluyendo la conducción bajo los efectos del alcohol:

  • 4 puntos si la tasa de alcohol en aire espirado está entre 0,25 y 0,50 mg/l.
  • 6 puntos si la tasa de alcohol en aire espirado está entre 0,50 y 0,60 mg/l.
  • 6 puntos y posible suspensión del carnet si la tasa supera 0,60 mg/l, aunque en este último caso puede haber también implicaciones penales.

Delitos Penales

Cuando la Infracción se Considera Delito

La conducción bajo los efectos del alcohol se considera delito cuando la tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,60 mg/l o cuando en sangre supera los 1,2 g/l. Además, también se puede considerar delito si el conductor muestra signos evidentes de embriaguez, aunque la tasa de alcoholemia sea inferior a los límites mencionados.

Penas por Delitos de Conducción Bajo los Efectos del Alcohol

Las penas por delitos relacionados con la conducción bajo los efectos del alcohol son severas y pueden incluir:

  • Pena de prisión: De 3 a 6 meses.
  • Multa económica: De 6 a 12 meses.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad: De 31 a 90 días.
  • Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores: De 1 a 4 años.

Estas penas buscan no solo castigar la infracción, sino también prevenir futuras conductas peligrosas y proteger la seguridad vial.

Agravantes y Circunstancias Especiales

Existen agravantes que pueden aumentar la severidad de las penas, como:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol y causar un accidente con daños personales o materiales.
  • Conducir con una tasa de alcoholemia extremadamente alta, significativamente superior a los límites permitidos.
  • Ser reincidente en este tipo de delitos.

Procedimiento Legal

Proceso de Detección y Denuncia

Cuando un agente de tráfico sospecha que un conductor puede estar bajo los efectos del alcohol, tiene la autoridad para realizar una prueba de alcoholemia. Este procedimiento se lleva a cabo de la siguiente manera:

  1. Prueba Inicial: Se realiza una prueba de aire espirado mediante un alcoholímetro portátil.
  2. Confirmación: Si la prueba inicial da positivo, se lleva al conductor a una unidad móvil o comisaría para una segunda prueba con un alcoholímetro evidencial.

Derechos del Conductor

El conductor tiene derecho a solicitar una segunda prueba de contraste en un centro médico, consistente en un análisis de sangre, si no está de acuerdo con los resultados de la prueba de aire espirado. Este derecho debe ser informado por los agentes de tráfico en el momento de la detención.

Procedimiento Judicial

Si la tasa de alcoholemia supera los límites que constituyen delito, se inicia un procedimiento judicial. El conductor será citado para comparecer ante un juez y se le informarán de los cargos en su contra. Durante el juicio, se evaluarán todas las pruebas, incluyendo los resultados de las pruebas de alcoholemia y cualquier evidencia adicional, como testimonios de los agentes de tráfico o informes de accidentes.

Sentencia y Sanciones

La sentencia puede variar en función de las circunstancias específicas del caso, pero siempre dentro de los límites establecidos por la ley. En casos de condena, el juez puede imponer una combinación de penas, como prisión, multa, trabajos comunitarios y privación del derecho a conducir.

Medidas Preventivas y Programas de Rehabilitación

Además de las sanciones legales, existen programas destinados a prevenir la reincidencia y promover una conducción segura. Estos programas incluyen:

  • Cursos de reeducación vial: Obligatorios para aquellos que pierden su carnet de conducir.
  • Programas de rehabilitación para conductores reincidentes: Que pueden incluir terapia psicológica y educación sobre los riesgos del alcohol y la conducción.
  • Campañas de concienciación: Promovidas por la Dirección General de Tráfico (DGT) y otras organizaciones, destinadas a educar a la población sobre los peligros de conducir bajo los efectos del alcohol.

Conclusiones

La normativa española sobre el consumo de alcohol en la conducción es estricta y está diseñada para proteger la seguridad vial. Los límites de alcoholemia, las sanciones administrativas y las penas penales reflejan la gravedad de este comportamiento y sus potenciales consecuencias. A través de una combinación de medidas punitivas y preventivas, la legislación busca disuadir a los conductores de consumir alcohol antes de ponerse al volante y reducir así el número de accidentes y víctimas en las carreteras.

Recomendaciones

  1. Educación y Concienciación: Continuar y ampliar las campañas de educación y concienciación para todos los conductores, especialmente los jóvenes y los profesionales.
  2. Revisiones Periódicas de la Normativa: Adaptar y revisar periódicamente la normativa para asegurarse de que refleja las mejores prácticas y los avances en seguridad vial.
  3. Programas de Rehabilitación: Fomentar y mejorar los programas de rehabilitación para conductores infractores, con el fin de reducir la reincidencia y promover una cultura de conducción responsable.

A través de estas acciones, España puede seguir avanzando hacia un entorno vial más seguro y protegido para todos los usuarios de la carretera.

Abogado riña tumultuaria

El Delito de Riña Tumultuaria en Madrid: Consecuencias Penales y Proceso Legal

En Madrid, como en el resto de España, la riña tumultuaria está tipificada como un delito en el Código Penal. Este artículo tiene como objetivo ofrecer una visión exhaustiva sobre el delito de riña tumultuaria, las consecuencias penales que conlleva, el proceso penal asociado y la posibilidad de alcanzar acuerdos de conformidad con la fiscalía. Todo ello desde la perspectiva de un abogado penalista especializado en este tipo de casos.

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1. ¿Qué es una Riña Tumultuaria?

La riña tumultuaria es un delito recogido en el artículo 154 del Código Penal español. Se define como una pelea en la que participan varias personas, alterando el orden público y causando temor en la comunidad. Es importante diferenciar la riña tumultuaria de otros delitos de violencia, ya que la característica distintiva de este delito es la participación de un grupo de personas, generalmente en espacios públicos, generando una situación de caos y desorden.

2. Elementos del Delito de Riña Tumultuaria

Para que se configure el delito de riña tumultuaria, deben concurrir ciertos elementos:

  • Pluralidad de Participantes: Debe haber al menos tres personas implicadas en la pelea.
  • Violencia: Debe existir una confrontación física violenta entre los participantes.
  • Desorden Público: La pelea debe generar una alteración del orden público, causando temor o inquietud en la comunidad.
  • No Preexistencia de Provocación: En general, no debe haber una provocación previa que justifique la pelea.

3. Consecuencias Penales de la Riña Tumultuaria

El Código Penal español establece diversas consecuencias penales para el delito de riña tumultuaria, dependiendo de las circunstancias específicas del caso y del grado de participación de los implicados.

3.1. Penas Básicas

Según el artículo 154 del Código Penal, la pena básica para quienes participen en una riña tumultuaria es:

  • Prisión: De seis meses a un año.
  • Multa: De seis a veinticuatro meses.

3.2. Agravantes y Atenuantes

Las penas pueden variar si concurren circunstancias agravantes o atenuantes. Por ejemplo:

  • Agravantes:

    • Uso de armas u objetos peligrosos.
    • Participación de menores de edad.
    • La riña causa daños significativos a bienes públicos o privados.
    • Heridos o fallecidos como resultado de la riña.

  • Atenuantes:

    • Colaboración con la justicia.
    • Arrepentimiento y reparación del daño.
    • La participación fue mínima o incidental.

4. El Proceso Penal por Riña Tumultuaria

El proceso penal por riña tumultuaria sigue las fases generales de cualquier procedimiento penal en España, desde la investigación inicial hasta el juicio y la posible apelación.

4.1. Fase de Investigación

La fase de investigación comienza cuando las autoridades reciben noticia de la riña. Puede ser a través de una denuncia, la intervención directa de la policía, o informes de testigos. Durante esta fase, la policía y el juez de instrucción realizan las siguientes acciones:

  • Recogida de Pruebas: Se recogen testimonios de testigos, grabaciones de cámaras de seguridad, y cualquier otra evidencia pertinente.
  • Identificación de los Participantes: Se identifica a las personas involucradas en la riña.
  • Detención y Declaración: Los presuntos participantes pueden ser detenidos y llevados a declarar ante el juez de instrucción.

4.2. Fase de Instrucción

En la fase de instrucción, el juez de instrucción realiza las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. Esto incluye:

  • Interrogatorios: Interroga a los detenidos y a los testigos.
  • Peritajes: Ordena peritajes si es necesario, como análisis de lesiones o de objetos utilizados en la riña.
  • Auto de Procesamiento: Si encuentra indicios suficientes, el juez dicta un auto de procesamiento, formalizando la acusación contra los implicados.

4.3. Fase Intermedia

La fase intermedia es donde se revisa el auto de procesamiento y se preparan los escritos de acusación y defensa. Aquí, tanto el fiscal como la defensa presentan sus argumentos preliminares.

4.4. Juicio Oral

En el juicio oral, se celebra una audiencia pública donde se presentan todas las pruebas y se escuchan los testimonios. El proceso incluye:

  • Alegatos Iniciales: Presentación de los alegatos iniciales por parte del fiscal y la defensa.
  • Presentación de Pruebas: Testimonios de testigos, presentación de documentos y otras pruebas.
  • Interrogatorio y Contra-interrogatorio: Interrogatorio de los acusados y testigos.
  • Alegatos Finales: Alegatos finales de las partes antes de que el juez dicte sentencia.

4.5. Sentencia

Una vez concluido el juicio oral, el juez emite una sentencia. La sentencia puede ser de:

  • Absolución: Si no se prueban los hechos o si se demuestra la inocencia de los acusados.
  • Condena: Si se prueba la participación en la riña tumultuaria. La condena incluirá las penas establecidas por el Código Penal.

4.6. Recurso de Apelación

En caso de condena, los acusados tienen derecho a presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. La apelación puede basarse en errores de derecho, valoración incorrecta de pruebas, o violaciones procesales.

5. Acuerdos de Conformidad con la Fiscalía

Una de las estrategias que puede seguir la defensa es llegar a un acuerdo de conformidad con la fiscalía. Este acuerdo puede resultar en una reducción significativa de la pena a cambio de que el acusado acepte los hechos imputados.

5.1. Ventajas del Acuerdo de Conformidad

  • Reducción de la Pena: La pena puede reducirse hasta en un tercio.
  • Rapidez: Evita un juicio largo y complicado.
  • Certidumbre: Proporciona una resolución rápida y conocida del caso.

5.2. Proceso de Negociación

El proceso de negociación con la fiscalía incluye:

  • Evaluación de la Evidencia: El abogado defensor evalúa la evidencia y los posibles resultados del juicio.
  • Propuesta de Conformidad: Se negocia una propuesta de conformidad con el fiscal.
  • Aceptación y Formalización: Si se llega a un acuerdo, se presenta ante el juez para su formalización y sentencia.

6. Importancia de un Abogado Especializado en Riña Tumultuaria

Contar con un abogado especializado en riña tumultuaria es crucial para asegurar una defensa efectiva. Un abogado con experiencia en estos casos puede:

  • Evaluar las Pruebas: Analizar la evidencia para identificar posibles defensas.
  • Negociar con la Fiscalía: Negociar acuerdos de conformidad favorables.
  • Defender en Juicio: Proporcionar una defensa robusta en el juicio, cuestionando las pruebas y presentando testimonios favorables.

7. Recomendación del Bufete JR Abogados

En Madrid, uno de los bufetes más destacados en la defensa de casos de riña tumultuaria es JR Abogados. Este bufete cuenta con un equipo de abogados penalistas con amplia experiencia y un profundo conocimiento de la ley y el procedimiento penal.

7.1. ¿Por Qué Elegir JR Abogados?

  • Experiencia: Los abogados de JR Abogados tienen una extensa trayectoria en la defensa de delitos de riña tumultuaria.
  • Atención Personalizada: Cada caso es tratado con una atención personalizada y un enfoque adaptado a las necesidades específicas del cliente.
  • Resultados Probados: JR Abogados tiene un historial probado de éxito, logrando frecuentemente reducciones de pena y absoluciones.

7.2. Casos de Estudio y Ejemplos

7.2.1. Caso de Conformidad Exitosa

Un cliente de JR Abogados fue acusado de participar en una riña tumultuaria en el centro de Madrid. Gracias a la intervención rápida y eficaz del bufete, se logró negociar un acuerdo de conformidad con la fiscalía, resultando en una pena reducida de seis meses de prisión, sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad, evitando así el ingreso en prisión.

7.2.2. Caso de Defensa Exitosa en Juicio

Otro cliente enfrentaba cargos graves por riña tumultuaria con uso de armas. JR Abogados preparó una defensa técnica exhaustiva, cuestionando la validez de las pruebas y presentando testimonios que demostraron que el cliente actuó en defensa propia. El resultado fue una sentencia absolutoria.

8. Consejos Prácticos para los Acusados de Riña Tumultuaria

8.1. Mantén la Calma y Conoce tus Derechos

Es esencial mantener la calma y conocer tus derechos desde el momento de la detención. Solicita la asistencia de un abogado lo antes posible y no declares sin su presencia.

8.2. Colabora con las Autoridades, pero Protege tus Derechos

Colabora con las autoridades, pero recuerda que tienes derecho a no declarar contra ti mismo. Deja que tu abogado maneje las interacciones legales y te asesore sobre cómo proceder.

8.3. No Tomes Decisiones Sin Asesoramiento Legal

No tomes decisiones importantes, como aceptar un acuerdo de conformidad, sin antes consultar con tu abogado. Una decisión informada puede ahorrarte complicaciones y penas adicionales.

9. Conclusión

El delito de riña tumultuaria en Madrid conlleva consecuencias penales graves, pero con la defensa adecuada, es posible minimizar estas consecuencias y, en algunos casos, lograr la absolución. Contar con un abogado especializado en riña tumultuaria, como los profesionales de JR Abogados, es crucial para asegurar la mejor defensa posible.

Información de Contacto de JR Abogados:

  • Teléfono: 91 128 99 85
  • Correo Electrónico: jr[arroba]jrabogados.es
  • Dirección: C/ Velazquez 27, 1º izda, Madrid.
  • Sitio Web: https://jrabogados.es/

JR Abogados se compromete a ofrecer una defensa legal de calidad, protegiendo tus derechos y trabajando incansablemente para obtener el mejor resultado posible en tu caso de riña tumultuaria.

Abogado en Valencia para juicio rápido por alcoholemia

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Delito de Alcoholemia en Valencia Capital: Consecuencias Legales y Asesoramiento Legal

En Valencia Capital, como en todo el territorio español, los delitos de alcoholemia son considerados una infracción seria que conlleva consecuencias legales significativas.

Veamos las repercusiones jurídicas de enfrentar un delito de alcoholemia en Valencia Capital y la importancia de contar con asesoramiento legal experto.

El artículo 379.2 del Código Penal regula el delito de alcoholemia.

Este delito lleva aparejada una doble pena, por un lado, retirada del permiso de circulación de 1 a 4 años; por otro lado,  una de estas 3; prisión de 3 a 6 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de 31 a 90 días.

Consecuencias Legales en Valencia Capital:

  1. Detención y Pruebas de Alcoholemia: Cuando las autoridades de tráfico detienen a un conductor sospechoso de conducir bajo la influencia del alcohol en Valencia Capital, se lleva a cabo una serie de pruebas de alcoholemia para determinar el nivel de alcohol en el organismo.

  2. Sanciones Penales: En caso de que se demuestre la culpabilidad, las sanciones pueden variar. Pueden incluir multas cuantiosas, retirada temporal o permanente del permiso de conducir, e incluso penas de prisión en situaciones más graves, especialmente si se ha causado un accidente o existen antecedentes previos.

  3. Retirada de Puntos del Carnet: Adicionalmente a las sanciones económicas, el delito de alcoholemia en Valencia Capital puede resultar en la retirada de puntos del carné de conducir, afectando la capacidad del infractor para circular legalmente.

JR Abogados en Cadena COPE

Asesoramiento Legal Especializado:

  1. Defensa en Juicio: Ante un delito de alcoholemia, es crucial contar con representación legal especializada. Los abogados expertos en derecho de tráfico pueden evaluar la situación, examinar pruebas y desarrollar estrategias de defensa efectivas.

  2. Derechos del Infractor: Conocer los derechos esenciales es fundamental. Un abogado puede asegurar que se respeten los derechos del acusado durante el proceso legal y buscar posibles deficiencias en la actuación de las autoridades.

  3. Negociación de Penas: En algunos casos, es posible negociar con la fiscalía para reducir las penas. Un abogado experimentado puede intervenir en nombre del infractor para buscar una resolución más favorable.

Los Juzgados de Instrucción en Valencia juegan un papel crucial en el proceso legal relacionado con delitos contra la seguridad vial. 

Los Juzgados de Instrucción en Valencia y su Función:

  1. Jurisdicción y Competencia: Los Juzgados de Instrucción en Valencia tienen jurisdicción sobre casos penales y, en el contexto de delitos contra la seguridad vial, desempeñan un papel vital en la fase de instrucción del proceso legal.

  2. Recepción de Denuncias: La recepción de denuncias por parte de las autoridades de tráfico o policiales marca el inicio del proceso. Estas denuncias pueden estar relacionadas con conductas peligrosas al volante, como exceso de velocidad, conducción bajo los efectos del alcohol u otras infracciones graves.

Proceso Legal en Delitos contra la Seguridad Vial:

  1. Instrucción del Caso: En la fase de instrucción, el juez de instrucción en Valencia revisa la evidencia presentada por las autoridades y determina si hay suficientes pruebas para llevar el caso a juicio. Esto implica la revisión de informes policiales, pruebas de alcoholemia, y otros elementos relevantes.

  2. Audiencia Preliminar: En algunos casos, se puede llevar a cabo una audiencia preliminar para evaluar la posibilidad de llegar a un acuerdo antes del juicio. Durante esta fase, se pueden discutir posibles negociaciones de penas y acuerdos.

Importancia del Asesoramiento Legal:

  1. Defensa Especializada: Frente a un delito contra la seguridad vial, contar con la representación legal especializada es esencial. Los abogados especializados en derecho penal y de tráfico pueden desarrollar estrategias de defensa efectivas.

  2. Derechos del Acusado: Un abogado experimentado puede asegurar que los derechos del acusado sean respetados en todo momento durante el proceso legal y puede impugnar pruebas en caso de irregularidades. 

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Afrontar un delito de alcoholemia en Valencia Capital puede ser desafiante, pero contar con la asesoría legal adecuada puede marcar la diferencia.

La pronta intervención de un abogado especializado no solo garantiza la defensa de los derechos del acusado, sino que también puede influir en la resolución del caso, buscando minimizar las consecuencias legales asociadas a este tipo de infracciones

Delito de alcoholemia y antecedentes penales

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El alcohol es una de las principales causas de accidentes de tráfico en España, y las pruebas de alcoholemia son una de las mayores preocupaciones para los conductores que han bebido una o dos copas.

Si además eres extranjero con residencia legal en España y te han impuesto una sanción penal por este motivo, las consecuencias pueden ser graves, es decir, antecedentes penales que te prohibirán renovar tu residencia temporal u obtener la nacionalidad española si estás tramitándola.

¿Cuál es la tasa de alcoholemia?

Es la concentración de alcohol en la sangre o el aliento, es decir, el número de gramos o miligramos en un litro de sangre o aire, respectivamente.

La concentración sanguínea máxima se alcanza entre 30 y 90 minutos después del consumo. La tasa máxima de alcoholemia permitida según las normas administrativas de tráfico es de 1,2 gramos por litro o una tasa de alcoholemia superior a 0,60 miligramos por litro. la obligación de que el conductor se someta a una prueba de alcoholemia:

Hay que recordar que un conductor está obligado legalmente a someterse a una prueba de alcoholemia y que negarse a hacerlo puede dar lugar a dos tipos de responsabilidad:

Administrativo: Podemos ser sancionados por cometer una infracción muy grave, que conlleva una multa de entre 300,51 y 601,01 euros, la suspensión del permiso de conducir hasta 6 meses y, en su caso, la incautación del vehículo.

Delito penal: si nos negamos a realizar la prueba, podemos ser culpables de un delito castigado con penas de 6 meses a 1 año de prisión y la retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años.

Derechos del conductor en relación con una prueba de alcoholemia: La medición del alcohol en el aliento espirado se realiza con aparatos llamados «etilómetros».

Si la primera medición es positiva, se realiza una segunda medición, con un intervalo de al menos 10 minutos entre ambas mediciones.

En estos casos, el conductor tiene derecho a:

-pedir a otra persona presente que compruebe que transcurren al menos 10 minutos entre las dos mediciones.

-Hacer las peticiones que él o un acompañante consideren oportunas y que deberán constar en el informe que se redacte.

-Comprobar los resultados obtenidos en una prueba de alcoholemia con un análisis de sangre.

Si el resultado del análisis también es positivo, estamos obligados a pagar los costes asociados a la realización del análisis; en caso contrario, los costes corren a cargo de la administración.

Sanción por conducir bajo los efectos del alcohol: Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol conlleva penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad e inhabilitación para conducir.

El artículo 379 del Código Penal prevé una condena penal por conducir bajo los efectos del alcohol y un porcentaje objetivo.

Según esta disposición, toda persona con una tasa de alcoholemia superior a 0,60 miligramos por litro de aliento o una tasa de alcoholemia superior a 1,2 gramos por litro será condenada a una pena de prisión de 3 a 6 meses o a una multa de 6 a 12 meses o a trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, a la retirada del permiso de conducción de vehículos a motor y ciclomotores por un período de más de un año y hasta cuatro años.

Es decir, la sanción impuesta será siempre la retirada del permiso de conducir y, además, una de las siguientes sanciones: – prisión de 3 a 6 meses. – Multa de 6 a 12 meses. – Servicio comunitario de 31 a 90 días.

Si es la primera vez que se detiene a una persona por cometer este delito, y siempre que no haya heridos ni víctimas (por ejemplo, en un control rutinario de la Guardia Civil), la fiscalía solicitará la retirada del permiso de conducir y el pago de una multa.

La introducción del nuevo Código Penal (desde el 1 de julio de 2015) no ha modificado la pena para este delito, por lo que sigue siendo la misma.

¿Qué ocurre si la tasa de alcoholemia del conductor es inferior a la prevista en el Código Penal?

En estos casos, si el tribunal considera que el conductor estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, es decir, si conducía con una capacidad mental y física notablemente mermada, también podrá ser condenado por este delito si no ha alcanzado los niveles antes mencionados.

Cuando un caso de un presunto delito de DUI va a juicio, por lo general hay un juicio rápido.

Es muy probable que el abogado del acusado llegue a un acuerdo con la fiscalía dado que las pruebas de alcoholemia han demostrado que su cliente ha superado el límite legal, por lo que en la mayoría de los casos es aconsejable llegar a este acuerdo antes del juicio, ya que de esta forma el acusado puede beneficiarse de una reducción de 1/3 de la pena solicitada por la fiscalía.

En caso de dar positivo en la prueba de alcoholemia, el agente podrá detener al conductor en cuestión, en cuyo caso deberá mantenerle informado en todo momento de las diligencias que se van a realizar e informarle de sus derechos, pudiendo solicitar todo tipo de documentación, negarse a declarar en comisaría y tener la oportunidad de contactar con un abogado penalista especializado que le sacará de dudas y estará a su disposición para realizar las diligencias pertinentes.

Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol es un delito penal y, por tanto, conlleva antecedentes penales.

Si un extranjero tiene antecedentes penales, sea o no residente en España, puede repercutir muy negativamente en la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia en España, obtener la nacionalidad española, renovar la residencia y el trabajo o simplemente acceder a determinados empleos públicos.

Es importante distinguir entre la supresión de antecedentes penales y la eliminación de antecedentes penales.

Cancelación de información de antecedentes penales. Plazos para cancelar los antecedentes penales.

Cuando cometemos un delito, se nos inscribe en el registro de antecedentes penales, que recoge el delito que hemos cometido y la pena por la que hemos sido condenados.

Puede ser muy desfavorable tener antecedentes penales, por ejemplo si somos extranjeros y queremos conseguir una tarjeta de residencia en España, obtener la nacionalidad española o simplemente acceder a determinados empleos públicos.

Además, cometer un nuevo delito con antecedentes penales es una circunstancia agravante de la reincidencia.

Sin embargo, estos antecedentes penales no permanecen indefinidamente en el registro de antecedentes penales del Ministerio de Justicia, sino que pueden borrarse o cancelarse, haciendo como si nunca hubieran existido.

Para que el derecho al descarte sea efectivamente reconocido es necesario, además de que haya prescrito la responsabilidad penal, que se cumplan los requisitos exigidos por la ley.

Me han estafado, que tengo que hacer

estafa.que.hacer.abogado

El fraude se define en el artículo 248 y siguientes del Código Penal (CP).

Se trata de un delito en el que se utilizan elementos fraudulentos para obtener beneficios a costa de otros.

Cabe señalar que la digitalización ha abierto nuevas oportunidades para este tipo de comportamiento.

Así pues, el fraude en línea es cada vez más frecuente y diverso.

En el artículo de hoy analizaremos este delito, sus características y las penas asociadas al mismo.

También explicamos cómo denunciar el fraude.

Por último, le ofrecemos un enlace a nuestro servicio de contacto con abogados penalistas por si necesita su ayuda. Empecemos.

Fraude: características y sanciones

La conducta constitutiva de fraude es: Engañar a otra persona con la intención de hacerle cometer una disposición perjudicial para sí mismo o para otra persona.

En otras palabras, el defraudador debe obtener un beneficio para que la conducta sea delictiva. Además, no necesita obtenerla del defraudado, ya que el CP reconoce que el perjudicado es un tercero. obtener una transferencia de activos con ánimo de lucro y mediante manipulación informática o similar.

Esto significa que nuestro PC implica procedimientos informáticos en el fraude.

La fabricación, introducción, posesión o promoción de programas informáticos diseñados para cometer fraude.

En esta ocasión, es delito ayudar a cometer un fraude informático.

Utilizar tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje para realizar transacciones en perjuicio del titular de la tarjeta o de un tercero.

En otras palabras, cualquiera que utilice instrumentos de pago de terceros también se considera un defraudador.

Sanciones por fraude La pena general para estos delitos es de 6 meses a 3 años de prisión. Pero, ¿cómo se evalúan las sanciones dentro de esta horquilla? Para determinar la sanción específica, hay que tener en cuenta lo siguiente: La magnitud del fraude. La pérdida financiera causada.

La relación con la parte fraudulenta.

Los medios utilizados para cometer el fraude. otras circunstancias.

Teniendo en cuenta que las faltas fueron suprimidas por la reciente reforma de nuestra legislación, para los fraudes cuya cuantía no supere los 400 euros, sólo se impondrá una multa de 1 a 3 meses.

Circunstancias agravantes especiales

Existen determinadas circunstancias que pueden agravar las penas previstas para este delito. Además de las circunstancias agravantes generales, el CP establece que la pena por estafa será de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses, cuando:

El fraude se comete con objetos necesarios o de reconocida utilidad pública, como una vivienda.

También se castiga con esta sanción el fraude contra el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.

Uso indebido de la firma de otra persona u ocultación o deshonra de registros o documentos públicos de cualquier tipo.

El valor asciende a 50.000 euros, o sea que hay muchas personas afectadas.

Abuso de relaciones personales, empresariales o de autoridad profesional.

El delincuente es reincidente.

Se ha cometido un fraude procesal que ha dado lugar a un error jurisdiccional.

Esta circunstancia agravante puede dar lugar a una sanción aún más severa si concurren varias de las circunstancias o si el valor de la cantidad defraudada supera los 250.000 euros.

Sanciones para las personas jurídicas Nuestro Código Penal reconoce actualmente la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Este tipo de responsabilidad suele surgir en relación con delitos económicos como el fraude. Así, cuando una persona jurídica es declarada responsable, se le imponen las siguientes sanciones Bien.

Cuando la pena prescrita es la prisión durante más de cinco años, la multa es de tres a cinco veces la cantidad defraudada.

En los demás casos, se duplicará hasta el doble.

Despido.

Prohibición de participar en actividades relacionadas con la conducta delictiva durante los próximos 5 años.

Cierre de locales y objetos durante el mismo periodo.

Exclusión de la percepción de subsidios y prestaciones públicas durante un máximo de 15 años.

Intervención judicial de hasta 5 años para proteger los derechos de trabajadores y acreedores.

Cómo denunciar el fraude

La Guardia Civil tiene una página (algo desactualizada) con consejos para evitar ser víctima de este tipo de delitos.

Pero a veces hay poca precaución, o nos descuidamos un momento y de repente vemos que hemos sido víctimas de un estafador.

Esto es especialmente cierto en Internet, donde las estafas virtuales evolucionan constantemente para sorprendernos.

En resumen, si ha sido víctima de una estafa, denúnciela.

Así podremos conseguir lo que nos han estafado, recuperar lo que nos han quitado, parar los pies al defraudador y ayudar a las autoridades a encontrar y prevenir nuevas formas de cometer este delito.

Pena por pegar un puñetazo

El delito de «lesiones corporales» previsto en el Código Penal tiene por objeto castigar a quien cause daños físicos, corporales o mentales a otras personas.

Sin embargo, dado que los actos que pueden dar lugar a tales daños y las consecuencias resultantes no son los mismos, la legislación prevé distintos tipos.

A continuación nos gustaría profundizar en este delito, en todas sus variantes y en las penas y multas que se imponen a sus autores.

¿Cuál es la composición del delito de lesiones en el Código Penal?

Debemos acudir al Título III del Libro II del Código Penal (CP) para encontrar las disposiciones relativas al delito de lesiones.

En concreto, aparece en los artículos 147-156, donde se establece que es toda agresión física que tenga como resultado un daño para la salud física, la integridad física o el bienestar psíquico de otro sujeto.

Además, requiere atención médica posterior y tratamiento médico o quirúrgico.

La segunda opción es especialmente importante.

Esto se debe a que, según el artículo 147 del Código Penal, las lesiones causadas por imprudencia grave o menos grave no se consideran delito si no se necesita asistencia médica y/o quirúrgica para curarlas o, al menos, tratarlas. Por lo tanto, los primeros auxilios médicos por sí solos no son suficientes. Este hecho se analiza con más detalle a continuación.

El delito de «lesiones» en el Código Penal: tipos de lesiones Tras la introducción de la nueva ley sobre daños personales en 2015, se ha modificado el Código Penal.

Se reformó el Código Penal y se suprimieron las lesiones corporales, este delito se clasifica de forma diferente según cause lesiones corporales básicas, leves, graves o muy graves.

En otras palabras, en el caso de lesiones leves, ya no es posible tramitar un procedimiento de faltas, sino que es necesario tramitar un procedimiento penal.

Por lo tanto, siempre es aconsejable buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal si se ha cometido el delito de lesiones.

Delito de lesiones leves

Este delito se define en el artículo 147 del Código Penal (apartados 2 y 3) y es la forma más simple y menos grave del delito.

Regula específicamente las lesiones que no requieren tratamiento quirúrgico o médico pero que son consecuencia de una agresión.

De hecho, pueden producirse por intervención directa (golpe) o por acción. Equivale a un delito anterior: lesiones. Delito básico: agresión.

Artículo 147.1 del Código Penal Según el artículo 147.1 del Código Penal, el delito básico de lesiones es toda agresión física contra otra persona que produzca un deterioro de su salud física y/o mental y que requiera tratamiento médico, farmacológico o quirúrgico, además de observación médica, para su curación.

Aquí se afirma que la supervisión no es suficiente.

¿Cuál es la pena o multa por atropellar a una persona y causarle tales lesiones? Según el artículo 147.1 del Código Penal, un delincuente declarado culpable puede ser condenado a una pena de prisión de 3 meses a 3 años y a una multa de 6 a 12 meses. Además, en función de los daños sufridos por la víctima como consecuencia de la agresión, el juez podrá establecer una indemnización por lesiones leves u otras compensaciones que considere oportunas.

El artículo 148 del Código Penal prevé una circunstancia agravante para el delito subyacente de lesiones. En general, se tendrá en cuenta el daño causado por la agresión o el riesgo derivado de la misma. 

De hecho, se tienen en cuenta todos estos aspectos: La víctima sufre algún tipo de discapacidad o es menor de 12 años. La agresión se cometió con malicia y/o mala intención. El agresor ha utilizado armas, objetos o herramientas especialmente peligrosos para la integridad física de la víctima. La víctima vive con el agresor o se considera una persona especialmente vulnerable. Existía una relación de afectividad entre el agresor (varón) y la víctima (mujer), estuvieran o no casados o en situación similar y convivieran o no. En tal caso, la pena de prisión aumenta de 2 a 5 años.

Te pueden denunciar por insultar

La mayoría sabemos lo que son los insultos.

Un insulto es una expresión que el emisor (la persona que lo dice) utiliza para ofender o herir a otra persona. Es difícil determinar qué es un insulto y qué no lo es porque depende de las realidades sociales y culturales.

Lo que es un insulto en España puede no serlo en otro país.

Aquí trataremos de explicar en qué casos se puede presentar una denuncia por injurias.

En general, los insultos son desaprobados y rechazados en la sociedad y suelen entenderse como «cualquier cosa que pueda ofender a la persona a la que se dirigen».

Estos delitos suelen producirse en las redes sociales y siempre deben tenerse en cuenta: Si tienes intención de causar daño, es un delito.

Si atenta contra su dignidad, es un delito.

Si les difamas (dices algo públicamente que daña su imagen o su honor) y es falso, es delito.

Además, suele empeorar con la publicidad (insultos en medios como televisión, prensa, internet, radio…).

Sin embargo, hay que subrayar que, para constituir delito, el insulto debe ser bastante grave.

El delito no se comete por el mero hecho de decirlo, sino que debe constituir una afrenta a la dignidad, la reputación o la autoestima de otra persona.

El Código Penal no tipifica específicamente como delito el insulto, pero sí establece una pena por insultar.

Un insulto es una declaración o un acto que lesiona la dignidad, la reputación o la autoestima de otra persona.

El insulto puede tener las siguientes consecuencias: Insultos leves: multa de 3 a 7 meses. Injuria grave (con agravantes): multa de 6 a 14 meses.

Se tienen en cuenta las circunstancias del insulto, tanto por parte del remitente como del destinatario.

También hay que señalar que el insulto no es lo mismo que el abuso o la mera crítica.

La crítica está amparada por la libertad de expresión y no es delito.

Sin embargo, la pregunta difícil es: ¿qué es un insulto, qué es un insulto y qué es una crítica? La diferencia está en el espíritu de lo que se dice.

Si pronuncias una descalificación que condena una situación o hace reflexionar a la otra persona, eso no es delito.

Sin embargo, si no aportas nada más que insultar a la otra persona con la intención de herirla, estás cometiendo un delito.

¿Acusar a alguien de un delito constituye un delito?

Para cometer el delito de difamación, es necesario que la persona que acusa a otra de cometer un delito sepa que la otra persona no ha cometido tal delito.

En otras palabras, para cometer el delito de difamación, no basta con acusar a alguien, sino que también es necesario que la persona que hace la acusación sepa realmente que el delito no existe o no ha sido cometido por la persona que hace la acusación.

¿Cuánto tiempo se tarda en recibir una denuncia por difamación?

Las notificaciones judiciales no tienen un plazo concreto, puede ser cuestión de días o semanas.

En el caso de delitos graves, en los que hay más hechos que determinar e investigar, puede llevar varios meses. ¿Cómo denunciar las infracciones?

Podemos asesorarte sobre cómo denunciar malos tratos en Facebook, agresiones verbales en Whatsapp…

Si crees que necesitas denunciar a alguien por malos tratos, consulta los siguientes pasos para denunciar malos tratos:

Recogida de pruebas Lo primero que hay que hacer es reunir pruebas que demuestren que se ha cometido el delito.

En España, todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario, así que debemos intentar demostrarlo.

Para ello utilizamos: Capturas de pantalla o conversaciones: si el delito se cometió en foros, redes sociales o apps como Whatsapp, puedes hacer capturas de pantalla y guardarlas para presentar pruebas más adelante.

Grabaciones de audio, vídeos o fotos.

Testigos: los necesitará para testificar. Copias de mensajes.

Puedes copiar los mensajes.

El abogado le ayudará a reunir las mejores pruebas en su situación y a obtener el mejor acuerdo posible para su denuncia por delito.

Ir a la comisaría Ya sea en la comisaría de tu localidad o en la Guardia Ciudadana, debes acudir a la comisaría para denunciar la agresión verbal.

Debes hablar con la policía, explicar lo ocurrido y aportar las pruebas pertinentes. Prepararán un informe que se presentará al juez.

Examen Dependiendo de la carga de trabajo del sistema judicial, puede que tenga que esperar más o menos tiempo antes de que la otra persona sea llevada a juicio por agresión. Libertad de expresión frente al derecho al honor y a la intimidad

En este tipo de casos se trata de equilibrar la libertad de expresión de la persona que cometió la violación y el derecho al honor y a la intimidad de la persona objeto de la violación.

Cuando alguien denuncia un delito, está intentando

Las 10 estafas mas comunes de internet

Las 10 estafas más comunes Fraude por falsificación.

A veces se venden como auténticos productos que no lo son a precios muy similares a los de las grandes empresas (abogado especializado en fraudes en línea).

Prestamistas falsos. Préstamos rápidos sin requisitos que requieren una cantidad determinada para iniciar el proceso.

Ofertas de trabajo falsas.

Las estafas más comunes incluyen llamadas interminables a números de facturación elevados o el pago de equipos por trabajos pequeños.

Cheques regalo engañosos.

Algunos sitios que piden datos personales para descargar cheques de tiendas de ropa o supermercados buscan esa información con el único fin de venderlos.

Phishing. Algunos estafadores envían correos electrónicos en los que se hacen pasar por un banco (un abogado especializado en fraudes en línea) para obtener contraseñas o transferencias de dinero.

Muleros.

Personas que actúan como intermediarios y remiten el dinero de una estafa a un tercero a cambio de una comisión.

Estafas de alquiler. Alquileres vacacionales que desaparecen tras el pago de la fianza. Compraventa de artículos de segunda mano.

El hecho de que los bienes sean usados no significa que no deban coincidir con la descripción del anuncio.

Novias por Internet. La extorsión o el dinero por adelantado es una consecuencia de algunos sitios web para conocer mujeres.

Herencia y lotería. En Internet circulan falsos boletos premiados o supuestas herencias sin dueño.

Además de un análisis del rápido incremento de la ciberdelincuencia en España, el informe de la Fiscalía General del Estado incluye una lista de los diez ciberdelitos más comunes en nuestro país.

En primer lugar y muy por encima de los demás se encuentra el fraude en línea, que representa el 84% de toda la ciberdelincuencia.

Les siguen otros como pornografía infantil, revelación de secretos, amenazas y coacciones, difamación e injurias y acceso no autorizado.

Protegerse de estos y otros delitos en Internet es relativamente fácil si se presta un poco de atención.

Es importante estar bien informado y desconfiar un poco de todo lo que se lee en Internet.

Lo más probable es que las víctimas de estafas por Internet se vean atraídas por una oferta atractiva, engañadas por un supuesto problema de seguridad en su banco o por un mensaje que parece proceder de un contacto de su agenda, dándoles una falsa sensación de confianza.

Por lo tanto, en este punto hay que ser escéptico y analizarlo todo detenidamente antes de hacer clic, facilitar información personal o pasarla a la siguiente persona. (Abogado especializado en fraudes por Internet).

Pasos a seguir para denunciar un fraude en línea Si, a pesar de todas las precauciones posibles, se convierte en víctima de un fraude en línea, no pierda los nervios.

Todavía es posible recuperar el dinero que has perdido y, además, evitar que otra persona caiga en la trampa de los estafadores.

Sigue estos pasos: Guardar toda la información posible

Recomendamos guardar toda la información sobre el estafador, ya sea digitalmente mediante capturas de pantalla, documentos PDF o, si es necesario, impresa en papel: sitios web, direcciones de correo electrónico, mensajes SMS, mensajes de WhatsApp, confirmaciones de pago….

Cualquier indicio que sirva como prueba de fraude puede ser clave para una investigación penal.

Presentar una denuncia

A nadie le gusta admitir que ha sido víctima de un fraude, pero denunciar el delito es esencial.

Además, las fuerzas de seguridad lo ponen muy fácil: la Policía puede denunciar un delito informático en cualquier comisaría llamando al 902 102 112 o en su página web; la Guardia Civil puede hacerlo en el apartado correspondiente de su web y también por correo electrónico; y las policías autonómicas (Ertzaintza y Mossos d’Esquadra) también tienen sus propias unidades de denuncia de fraudes en Internet.

Si es necesario, informe a la persona responsable (un abogado especializado en fraude electrónico).

Si la estafa consiste en un anuncio falso colgado en una web de publicidad, una oferta en una app de venta de artículos de segunda mano, etc., conviene informar al administrador de la plataforma para que tome las medidas oportunas: retirar el anuncio, presentar la denuncia correspondiente o, si es necesario, colaborar con las autoridades.

Reforzar la seguridad personal en línea

Es posible que algunos datos personales hayan sido revelados como consecuencia de un fraude.

Si cree que un estafador puede haber accedido a sus datos en línea.

Reincidencia en el juicio de alcoholemia

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Reincidente en delito de alcoholemia

Si eres reincidente en un delito por alcoholemia tenemos un problema.

Seguramente, la primera vez te condenaron fue a 8 meses de retirada del permiso de circulación y a una multa.

La reincidencia supone que, sin que tengas cancelados los antecedentes penales, has vuelto a cometer el mismo delito.

Esto no le va a gustar ni al fiscal ni al juez.

Sabes que todos los delitos contra la seguridad vial están penados con prisión, pero, la primera vez, el juez y el fiscal, suelen utilizar la pena de multa o la de trabajos en beneficios de la comunidad (barrer una iglesia, por ejemplo).

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Una excelente atención, recibimos una asesoría completa y oportuna en línea, atienden con celeridad y efiencia. Muy confiables y altamente competentes. Los recomiendo plenamente
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Javier Castaño Fernàndez
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Son un gran equipo de profesionales, capaces, tecnicos y resolutivos.
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luz maria munoz garcia
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Agradecimiento a nuestro abogado José Ramón por hacernos tan cómodo un momento tan difícil de nuestras vidas como fue nuestro divorcio. Fue muy claro y cercano en todo el proceso. Nos sentimos muy tranquilos y agusto desde el primer momento. Es un gran profesional. Volveríamos a elegirle.
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Víctor Ruíz
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Excelente profesional. Demostró gran conocimiento y compromiso en todo momento. Gracias a su trabajo, obtuve un resultado muy favorable. Totalmente recomendable
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JUAN MANUEL DIAZ MONTERO profile picture
JUAN MANUEL DIAZ MONTERO
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Le pongo 5 estrellas por que es lo máximo que me deja poner , yo le pondría 10. Tenía el problema que la empresa no me pagaba la liquidacion ,y me puse en contacto con JR ABOGADOS ,en dos días ya estaba todo solucionado .
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Nieves Martinez Fernandez
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Por primera vez en mi larga vida he llamado a este Despacho de Abogados y aunque es difícil que a éstas alturas alguien te sorprenda, pues José Ramón, lo ha hecho con su asesoramiento, paciencia y empatía a mi consulta. Seguiré con Vds.Muchas gracias.
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Hola deseo difundir que estoy muy agradecido con su bufete . Han sido muy eficientes en mi caso ,el cual creia perdido . Han actuado con rapidez y con un tacto admirable . Aconsejo a todos los usuarios que pueden recurrir a el . Con toda confianza . Les estoy muy agradecidos
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Javier R
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Estoy muy contento con el contrato de arrendamiento que me han elaborado. Soy un pesado que tenía muchas dudas y mucho miedo, y me las han resuelto todas. Se han adaptado perfectamente a lo que necesito. Trabajan rápido y se nota que tienen mucha experiencia. Yo los recomiendo, si algún amigo o familiar lo necesita y si vuelvo a necesitarlo, acudiré a ellos nuevamente sin dudarlo.
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Lo primero que va a hacer el juzgado cuando reciba el atestado de la policia o de la guardia civil será pedir tus antecedentes penales.

Es lo primero que miran, luego, todo, para ellos, serán excusas que no valdrán para nada en el 99% de los casos.

Se han dado cuenta de que con la multa no es suficiente, no haces caso, y quizá, puedan pensar que merezcas un reproche penal mucho mayor.

Quizá pienses que al ser la pena del delito de alcoholemia articulo 379.2 CP de 3 a 6 meses de cárcel, nunca entrarás en la cárcel.

Bien, siento decirte que estás equivocado. Ahora bien, eso no quiere decir que entres en prisión.

Como sabes, el juez, para todas las penas que no superen los 2 años de prisión PODRÁ suspender la pena.

La ley dice PODRÁ, es decir, que es una discrecionalidad del juez.

Y si, se entra en prisión por 3, 4, 5 o 6 meses.

No obstante, habrá que ver las circunstancias del caso concreto.

No es lo mismo un delito de alcoholemia donde te paran en un control de alcoholemia, que en un accidente con daños, lesionados o fallecidos

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penas por negarse a la prueba de alcoholemia

No obstante, la reincidencia supone que, las penas se te van a imponer en su mitad superior.

Es decir, que como mínimo, para la retirada del permiso de conducir, lo mínimo que te van a pedir son 2 años y 6 meses.

Como sabrás, si la retirada supera los dos años, tendrás que volver a sacarte el carnet de nuevo.

Lo más recomendable es que busques en letrado especialista en delitos por alcoholemia para que pueda asesorarte y buscar la mejor solución para tu caso.

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Negativa a realizar la prueba de alcoholemia

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La negativa a soplar se pena con hasta 1 año de prisión

Jamás hay que negarse a soplar en un control de alcoholemia, o como consecuencia de un accidente.

La razón es bien sencilla, pues el castigo con pena de prisión está asegurado 100%.

Si te niegas a soplar, como mínimo te impondrán 6 meses de prisión y como máximo 1 año.

Además de eso, te quitarán el carnet de 1 a 4 años.

Des la tasa de alcohol que des, es siempre más beneficioso soplar puesto que tienes la posibidad de evitar que te condenen a prisión, sobre todo si no eres reincidente.

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penas por negarse a la prueba de alcoholemia

Simular que no puedes soplar es delito

Cuando el policía te dice que soples, tienes que soplar.

Si lo haces mal, te indicará cómo hacerlo bien, pero si observa que lo haces a propósito, no te librarás de la imputación de un delito del artículo 383 del Código Penal, negativa a soplar.

Es decir, dará igual que le digas al policia que no soplas porque no te da la gana, que intentes soplar y lo hagas mal.

Hay que soplar con intensidad para que el aparato (etilómetro) pueda calibrar la cantidad de alcohol en aire espirado que llevas (tasa de alcohol).

penas por alcoholemia

Te van a imputar un delito de alcoholemia y otro de negativa a soplar

El Tribunal Supremo lo tiene claro, aunque te nieges a soplar, si la policía observa síntomas de que te encuentras bajo la influencia de bebidas alcohólicas, van a imputarte no un delito, sino dos.

Es decir, la negativa a soplar (artículo 383 C.P) y el delito de alcoholemia (artículo 379.2 C.P).

Algunas Audiencias Provinciales consideraban que el delito más grave, la negativa, integraba el delito de la alcoholemia y, por tanto, había que castigar solo por un delito.

Pues no, el fiscal siempre acusará por dos delitos, lo que supone una pena de prisión garantizada y una retirada mínima del carnet de conducir por 16 meses, en el mejor de los casos, y 8 años en el peor. Además de eso, una multa que dependerá de tu capacidad adquisitiva.

Si no soplas en la segunda prueba es delito

Como sabes, la prueba de alcoholemia se hace en dos fases. 

Hay que soplar dos veces con un intervalo de 10 minutos entre prueba y prueba.

Puedes soplar en la primera, pero no en la segunda, por cualquier razón, no importa (en muchos casos porque ha dado positivo en la primera y se asusta. ¿Qué pasa?

Te van a imputar un delito de negativa.

El Tribunal Supremo ha dicho que soplar la segunda vez no solo es una garantía para el ciudadano sino también para el conjunto del sistema.

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Cuando negarse a soplar es una multa administrativa

Solo estas obligado a soplar en los siguientes supuestos:

  1. Un control de alcoholemia.
  2. Si tienes un accidente de tráfico.
  3. Si tienes síntomas de ir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
  4. Si cometes alguna infracción de tráfico.

Si te niegas a soplar fuera de estos 4 casos, será una multa. No obstante, será complicado que eso pase.

Jurisprudencia

  • La negativa a someterse a la segunda prueba de alcoholemia al ser esta de carácter obligatorio, ya que la jurisprudencia así lo ha establecido, tomando como ejemplo la SAP Santa Cruz de Tenerife, Sec. 6.ª, 148/2020, de 14 de mayo , en la que el acusado realizó la primera prueba de alcoholemia, pero, cuando se le fue a practicar la segunda, cambió de actitud poniéndose agresivo y negándose a ello;
  • La realización de acciones por parte del conductor tendentes a no realizar de forma correcta la prueba, tales como no soplar con la intensidad necesaria y suficiente de forma voluntaria, al realizar la prueba mediante etilómetro, (SAP Barcelona, Sec. 5.ª, 244/2020, de 23 de abril); así como, la negativa a las posibles pruebas que puedas realizar los facultativos para la determinación de esta sustancia, como la analítica de sangre.
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