Delito de alcoholemia y antecedentes penales

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El alcohol es una de las principales causas de accidentes de tráfico en España, y las pruebas de alcoholemia son una de las mayores preocupaciones para los conductores que han bebido una o dos copas.

Si además eres extranjero con residencia legal en España y te han impuesto una sanción penal por este motivo, las consecuencias pueden ser graves, es decir, antecedentes penales que te prohibirán renovar tu residencia temporal u obtener la nacionalidad española si estás tramitándola.

¿Cuál es la tasa de alcoholemia?

Es la concentración de alcohol en la sangre o el aliento, es decir, el número de gramos o miligramos en un litro de sangre o aire, respectivamente.

La concentración sanguínea máxima se alcanza entre 30 y 90 minutos después del consumo. La tasa máxima de alcoholemia permitida según las normas administrativas de tráfico es de 1,2 gramos por litro o una tasa de alcoholemia superior a 0,60 miligramos por litro. la obligación de que el conductor se someta a una prueba de alcoholemia:

Hay que recordar que un conductor está obligado legalmente a someterse a una prueba de alcoholemia y que negarse a hacerlo puede dar lugar a dos tipos de responsabilidad:

Administrativo: Podemos ser sancionados por cometer una infracción muy grave, que conlleva una multa de entre 300,51 y 601,01 euros, la suspensión del permiso de conducir hasta 6 meses y, en su caso, la incautación del vehículo.

Delito penal: si nos negamos a realizar la prueba, podemos ser culpables de un delito castigado con penas de 6 meses a 1 año de prisión y la retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años.

Derechos del conductor en relación con una prueba de alcoholemia: La medición del alcohol en el aliento espirado se realiza con aparatos llamados «etilómetros».

Si la primera medición es positiva, se realiza una segunda medición, con un intervalo de al menos 10 minutos entre ambas mediciones.

En estos casos, el conductor tiene derecho a:

-pedir a otra persona presente que compruebe que transcurren al menos 10 minutos entre las dos mediciones.

-Hacer las peticiones que él o un acompañante consideren oportunas y que deberán constar en el informe que se redacte.

-Comprobar los resultados obtenidos en una prueba de alcoholemia con un análisis de sangre.

Si el resultado del análisis también es positivo, estamos obligados a pagar los costes asociados a la realización del análisis; en caso contrario, los costes corren a cargo de la administración.

Sanción por conducir bajo los efectos del alcohol: Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol conlleva penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad e inhabilitación para conducir.

El artículo 379 del Código Penal prevé una condena penal por conducir bajo los efectos del alcohol y un porcentaje objetivo.

Según esta disposición, toda persona con una tasa de alcoholemia superior a 0,60 miligramos por litro de aliento o una tasa de alcoholemia superior a 1,2 gramos por litro será condenada a una pena de prisión de 3 a 6 meses o a una multa de 6 a 12 meses o a trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, a la retirada del permiso de conducción de vehículos a motor y ciclomotores por un período de más de un año y hasta cuatro años.

Es decir, la sanción impuesta será siempre la retirada del permiso de conducir y, además, una de las siguientes sanciones: – prisión de 3 a 6 meses. – Multa de 6 a 12 meses. – Servicio comunitario de 31 a 90 días.

Si es la primera vez que se detiene a una persona por cometer este delito, y siempre que no haya heridos ni víctimas (por ejemplo, en un control rutinario de la Guardia Civil), la fiscalía solicitará la retirada del permiso de conducir y el pago de una multa.

La introducción del nuevo Código Penal (desde el 1 de julio de 2015) no ha modificado la pena para este delito, por lo que sigue siendo la misma.

¿Qué ocurre si la tasa de alcoholemia del conductor es inferior a la prevista en el Código Penal?

En estos casos, si el tribunal considera que el conductor estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, es decir, si conducía con una capacidad mental y física notablemente mermada, también podrá ser condenado por este delito si no ha alcanzado los niveles antes mencionados.

Cuando un caso de un presunto delito de DUI va a juicio, por lo general hay un juicio rápido.

Es muy probable que el abogado del acusado llegue a un acuerdo con la fiscalía dado que las pruebas de alcoholemia han demostrado que su cliente ha superado el límite legal, por lo que en la mayoría de los casos es aconsejable llegar a este acuerdo antes del juicio, ya que de esta forma el acusado puede beneficiarse de una reducción de 1/3 de la pena solicitada por la fiscalía.

En caso de dar positivo en la prueba de alcoholemia, el agente podrá detener al conductor en cuestión, en cuyo caso deberá mantenerle informado en todo momento de las diligencias que se van a realizar e informarle de sus derechos, pudiendo solicitar todo tipo de documentación, negarse a declarar en comisaría y tener la oportunidad de contactar con un abogado penalista especializado que le sacará de dudas y estará a su disposición para realizar las diligencias pertinentes.

Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol es un delito penal y, por tanto, conlleva antecedentes penales.

Si un extranjero tiene antecedentes penales, sea o no residente en España, puede repercutir muy negativamente en la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia en España, obtener la nacionalidad española, renovar la residencia y el trabajo o simplemente acceder a determinados empleos públicos.

Es importante distinguir entre la supresión de antecedentes penales y la eliminación de antecedentes penales.

Cancelación de información de antecedentes penales. Plazos para cancelar los antecedentes penales.

Cuando cometemos un delito, se nos inscribe en el registro de antecedentes penales, que recoge el delito que hemos cometido y la pena por la que hemos sido condenados.

Puede ser muy desfavorable tener antecedentes penales, por ejemplo si somos extranjeros y queremos conseguir una tarjeta de residencia en España, obtener la nacionalidad española o simplemente acceder a determinados empleos públicos.

Además, cometer un nuevo delito con antecedentes penales es una circunstancia agravante de la reincidencia.

Sin embargo, estos antecedentes penales no permanecen indefinidamente en el registro de antecedentes penales del Ministerio de Justicia, sino que pueden borrarse o cancelarse, haciendo como si nunca hubieran existido.

Para que el derecho al descarte sea efectivamente reconocido es necesario, además de que haya prescrito la responsabilidad penal, que se cumplan los requisitos exigidos por la ley.

Pena por pegar un puñetazo

El delito de «lesiones corporales» previsto en el Código Penal tiene por objeto castigar a quien cause daños físicos, corporales o mentales a otras personas.

Sin embargo, dado que los actos que pueden dar lugar a tales daños y las consecuencias resultantes no son los mismos, la legislación prevé distintos tipos.

A continuación nos gustaría profundizar en este delito, en todas sus variantes y en las penas y multas que se imponen a sus autores.

¿Cuál es la composición del delito de lesiones en el Código Penal?

Debemos acudir al Título III del Libro II del Código Penal (CP) para encontrar las disposiciones relativas al delito de lesiones.

En concreto, aparece en los artículos 147-156, donde se establece que es toda agresión física que tenga como resultado un daño para la salud física, la integridad física o el bienestar psíquico de otro sujeto.

Además, requiere atención médica posterior y tratamiento médico o quirúrgico.

La segunda opción es especialmente importante.

Esto se debe a que, según el artículo 147 del Código Penal, las lesiones causadas por imprudencia grave o menos grave no se consideran delito si no se necesita asistencia médica y/o quirúrgica para curarlas o, al menos, tratarlas. Por lo tanto, los primeros auxilios médicos por sí solos no son suficientes. Este hecho se analiza con más detalle a continuación.

El delito de «lesiones» en el Código Penal: tipos de lesiones Tras la introducción de la nueva ley sobre daños personales en 2015, se ha modificado el Código Penal.

Se reformó el Código Penal y se suprimieron las lesiones corporales, este delito se clasifica de forma diferente según cause lesiones corporales básicas, leves, graves o muy graves.

En otras palabras, en el caso de lesiones leves, ya no es posible tramitar un procedimiento de faltas, sino que es necesario tramitar un procedimiento penal.

Por lo tanto, siempre es aconsejable buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal si se ha cometido el delito de lesiones.

Delito de lesiones leves

Este delito se define en el artículo 147 del Código Penal (apartados 2 y 3) y es la forma más simple y menos grave del delito.

Regula específicamente las lesiones que no requieren tratamiento quirúrgico o médico pero que son consecuencia de una agresión.

De hecho, pueden producirse por intervención directa (golpe) o por acción. Equivale a un delito anterior: lesiones. Delito básico: agresión.

Artículo 147.1 del Código Penal Según el artículo 147.1 del Código Penal, el delito básico de lesiones es toda agresión física contra otra persona que produzca un deterioro de su salud física y/o mental y que requiera tratamiento médico, farmacológico o quirúrgico, además de observación médica, para su curación.

Aquí se afirma que la supervisión no es suficiente.

¿Cuál es la pena o multa por atropellar a una persona y causarle tales lesiones? Según el artículo 147.1 del Código Penal, un delincuente declarado culpable puede ser condenado a una pena de prisión de 3 meses a 3 años y a una multa de 6 a 12 meses. Además, en función de los daños sufridos por la víctima como consecuencia de la agresión, el juez podrá establecer una indemnización por lesiones leves u otras compensaciones que considere oportunas.

El artículo 148 del Código Penal prevé una circunstancia agravante para el delito subyacente de lesiones. En general, se tendrá en cuenta el daño causado por la agresión o el riesgo derivado de la misma. 

De hecho, se tienen en cuenta todos estos aspectos: La víctima sufre algún tipo de discapacidad o es menor de 12 años. La agresión se cometió con malicia y/o mala intención. El agresor ha utilizado armas, objetos o herramientas especialmente peligrosos para la integridad física de la víctima. La víctima vive con el agresor o se considera una persona especialmente vulnerable. Existía una relación de afectividad entre el agresor (varón) y la víctima (mujer), estuvieran o no casados o en situación similar y convivieran o no. En tal caso, la pena de prisión aumenta de 2 a 5 años.

Articulo 114 del Código Penal

Si la víctima hubiere contribuido con su conducta a la producción del daño o perjuicio sufrido, los Jueces o Tribunales podrán moderar el importe de su reparación o indemnización

Articulo 113 del Código Penal

La indemnización de perjuicios materiales y morales comprenderá no sólo los que se hubieren causado al agraviado, sino también los que se hubieren irrogado a sus familiares o a terceros

Articulo 112 del Código Penal

La reparación del daño podrá consistir en obligaciones de dar, de hacer o de no hacer que el Juez o Tribunal establecerá atendiendo a la naturaleza de aquél y a las condiciones personales y patrimoniales del culpable, determinando si han de ser cumplidas por él mismo o pueden ser ejecutadas a su costa

Artículo 111 del Código penal

1. Deberá restituirse, siempre que sea posible, el mismo bien, con abono de los deterioros y menoscabos que el juez o tribunal determinen. La restitución tendrá lugar aunque el bien se halle en poder de tercero y éste lo haya adquirido legalmente y de buena fe, dejando a salvo su derecho de repetición contra quien corresponda y, en su caso, el de ser indemnizado por el responsable civil del delito.

2. Esta disposición no es aplicable cuando el tercero haya adquirido el bien en la forma y con los requisitos establecidos por las Leyes para hacerlo irreivindicable.

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