Delito penal por alcoholemia

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Delito penal por alcoholemia

El delito de alcoholemia es el más frecuente dentro de los delitos contra la seguridad vial.

Cada año, hay unos 100.000 procesos judiciales por delitos contra el tráfico.

Si usted ha dado una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado, en un control de alcoholemia, la policía o la guardia civil le habrá citado para presentarse ante un juzgado penal y le habrá advertido de que tiene que ir con un abogado.

La mayoría de las personas no conocen a ningún abogado por lo que en el atestado, la policía pone una cruz en la casilla designar un abogado de oficio.

No obstante, no se preocupe, puede usted acudir con un abogado particular, especialista en juicios rápidos por alcoholemia.

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De hecho, es muy recomendable acudir con un abogado particular ya que este tipo de delitos siempre tiene penas de prisión.

Además, los delitos de tráfico llevan consigo la retirada del permiso de circulación, que puede ir, en los casos más graves hasta los 4 años de retirada.

Una condena penal por delito de alcoholemia lleva aparejada una doble pena:

Primero, la retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años.

Segundo, una de estas tres condenas:

  • Prisión de 3 a 6 meses
  • Multa de 6 a 12 meses.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Puede darse el caso de que usted diera positivo como consecuencia de un accidente de tráfico.

En ese caso, el juzgado le va a citar primero para tomarle declaración, es decir, no es un juicio, y no le quitan el carnet ese día. Ante esa declaración, su abogado ya tendrá el atestado policial por lo que podrá asesorarle de lo que realmente le conviene.

Si no reconoce los hechos, le van a citar en otro juzgado penal (la declaración se hace en un juzgado de instrucción) donde acudirán los policías y los testigos, si los hubiere, del accidente.

Si se declara culpable, su letrado, pedirá que se transformen las diligencias previas (así se llama el proceso penal) en diligencias urgentes por juicio rápido.

Esto se hace para que usted pueda beneficiarse de una conformidad penal, es decir, una rebaja en un tercio de la pena que le pedirá el fiscal en su escrito de acusación.

Si se declara culpable, su abogado tendrá una reunión a solas con el fiscal donde se negociará la pena a imponer.

Ésta dependerá de los siguientes factores:

  1. Las circunstancias del caso.
  2. La habilidad de su letrado.
  3. El fiscal que le toque.

En cuanto a las circunstancias, no es lo mismo tener una tasa de alcohol de 0,90 que tenerla de 0,65. A mayor tasa de alcoholemia, mayores posibilidades de una pena más severa.

Tampoco es igual haber tenido un accidente grave con daños materiales y/o víctimas, que haber sido parado en un control de alcoholemia o por saltarse un semáforo.

Y tampoco es igual tener antecedentes penales, es decir, ser reincidente, que ser la primera vez que visita al juez por este delito.

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Abogado en Valencia para juicio rápido por alcoholemia

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Delito de Alcoholemia en Valencia Capital: Consecuencias Legales y Asesoramiento Legal

En Valencia Capital, como en todo el territorio español, los delitos de alcoholemia son considerados una infracción seria que conlleva consecuencias legales significativas.

Veamos las repercusiones jurídicas de enfrentar un delito de alcoholemia en Valencia Capital y la importancia de contar con asesoramiento legal experto.

El artículo 379.2 del Código Penal regula el delito de alcoholemia.

Este delito lleva aparejada una doble pena, por un lado, retirada del permiso de circulación de 1 a 4 años; por otro lado,  una de estas 3; prisión de 3 a 6 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de 31 a 90 días.

Consecuencias Legales en Valencia Capital:

  1. Detención y Pruebas de Alcoholemia: Cuando las autoridades de tráfico detienen a un conductor sospechoso de conducir bajo la influencia del alcohol en Valencia Capital, se lleva a cabo una serie de pruebas de alcoholemia para determinar el nivel de alcohol en el organismo.

  2. Sanciones Penales: En caso de que se demuestre la culpabilidad, las sanciones pueden variar. Pueden incluir multas cuantiosas, retirada temporal o permanente del permiso de conducir, e incluso penas de prisión en situaciones más graves, especialmente si se ha causado un accidente o existen antecedentes previos.

  3. Retirada de Puntos del Carnet: Adicionalmente a las sanciones económicas, el delito de alcoholemia en Valencia Capital puede resultar en la retirada de puntos del carné de conducir, afectando la capacidad del infractor para circular legalmente.

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Asesoramiento Legal Especializado:

  1. Defensa en Juicio: Ante un delito de alcoholemia, es crucial contar con representación legal especializada. Los abogados expertos en derecho de tráfico pueden evaluar la situación, examinar pruebas y desarrollar estrategias de defensa efectivas.

  2. Derechos del Infractor: Conocer los derechos esenciales es fundamental. Un abogado puede asegurar que se respeten los derechos del acusado durante el proceso legal y buscar posibles deficiencias en la actuación de las autoridades.

  3. Negociación de Penas: En algunos casos, es posible negociar con la fiscalía para reducir las penas. Un abogado experimentado puede intervenir en nombre del infractor para buscar una resolución más favorable.

Los Juzgados de Instrucción en Valencia juegan un papel crucial en el proceso legal relacionado con delitos contra la seguridad vial. 

Los Juzgados de Instrucción en Valencia y su Función:

  1. Jurisdicción y Competencia: Los Juzgados de Instrucción en Valencia tienen jurisdicción sobre casos penales y, en el contexto de delitos contra la seguridad vial, desempeñan un papel vital en la fase de instrucción del proceso legal.

  2. Recepción de Denuncias: La recepción de denuncias por parte de las autoridades de tráfico o policiales marca el inicio del proceso. Estas denuncias pueden estar relacionadas con conductas peligrosas al volante, como exceso de velocidad, conducción bajo los efectos del alcohol u otras infracciones graves.

Proceso Legal en Delitos contra la Seguridad Vial:

  1. Instrucción del Caso: En la fase de instrucción, el juez de instrucción en Valencia revisa la evidencia presentada por las autoridades y determina si hay suficientes pruebas para llevar el caso a juicio. Esto implica la revisión de informes policiales, pruebas de alcoholemia, y otros elementos relevantes.

  2. Audiencia Preliminar: En algunos casos, se puede llevar a cabo una audiencia preliminar para evaluar la posibilidad de llegar a un acuerdo antes del juicio. Durante esta fase, se pueden discutir posibles negociaciones de penas y acuerdos.

Importancia del Asesoramiento Legal:

  1. Defensa Especializada: Frente a un delito contra la seguridad vial, contar con la representación legal especializada es esencial. Los abogados especializados en derecho penal y de tráfico pueden desarrollar estrategias de defensa efectivas.

  2. Derechos del Acusado: Un abogado experimentado puede asegurar que los derechos del acusado sean respetados en todo momento durante el proceso legal y puede impugnar pruebas en caso de irregularidades. 

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Afrontar un delito de alcoholemia en Valencia Capital puede ser desafiante, pero contar con la asesoría legal adecuada puede marcar la diferencia.

La pronta intervención de un abogado especializado no solo garantiza la defensa de los derechos del acusado, sino que también puede influir en la resolución del caso, buscando minimizar las consecuencias legales asociadas a este tipo de infracciones

Reincidencia en el juicio de alcoholemia

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Reincidente en delito de alcoholemia

Si eres reincidente en un delito por alcoholemia tenemos un problema.

Seguramente, la primera vez te condenaron fue a 8 meses de retirada del permiso de circulación y a una multa.

La reincidencia supone que, sin que tengas cancelados los antecedentes penales, has vuelto a cometer el mismo delito.

Esto no le va a gustar ni al fiscal ni al juez.

Sabes que todos los delitos contra la seguridad vial están penados con prisión, pero, la primera vez, el juez y el fiscal, suelen utilizar la pena de multa o la de trabajos en beneficios de la comunidad (barrer una iglesia, por ejemplo).

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Lo primero que va a hacer el juzgado cuando reciba el atestado de la policia o de la guardia civil será pedir tus antecedentes penales.

Es lo primero que miran, luego, todo, para ellos, serán excusas que no valdrán para nada en el 99% de los casos.

Se han dado cuenta de que con la multa no es suficiente, no haces caso, y quizá, puedan pensar que merezcas un reproche penal mucho mayor.

Quizá pienses que al ser la pena del delito de alcoholemia articulo 379.2 CP de 3 a 6 meses de cárcel, nunca entrarás en la cárcel.

Bien, siento decirte que estás equivocado. Ahora bien, eso no quiere decir que entres en prisión.

Como sabes, el juez, para todas las penas que no superen los 2 años de prisión PODRÁ suspender la pena.

La ley dice PODRÁ, es decir, que es una discrecionalidad del juez.

Y si, se entra en prisión por 3, 4, 5 o 6 meses.

No obstante, habrá que ver las circunstancias del caso concreto.

No es lo mismo un delito de alcoholemia donde te paran en un control de alcoholemia, que en un accidente con daños, lesionados o fallecidos

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No obstante, la reincidencia supone que, las penas se te van a imponer en su mitad superior.

Es decir, que como mínimo, para la retirada del permiso de conducir, lo mínimo que te van a pedir son 2 años y 6 meses.

Como sabrás, si la retirada supera los dos años, tendrás que volver a sacarte el carnet de nuevo.

Lo más recomendable es que busques en letrado especialista en delitos por alcoholemia para que pueda asesorarte y buscar la mejor solución para tu caso.

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Negativa a realizar la prueba de alcoholemia

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La negativa a soplar se pena con hasta 1 año de prisión

Jamás hay que negarse a soplar en un control de alcoholemia, o como consecuencia de un accidente.

La razón es bien sencilla, pues el castigo con pena de prisión está asegurado 100%.

Si te niegas a soplar, como mínimo te impondrán 6 meses de prisión y como máximo 1 año.

Además de eso, te quitarán el carnet de 1 a 4 años.

Des la tasa de alcohol que des, es siempre más beneficioso soplar puesto que tienes la posibidad de evitar que te condenen a prisión, sobre todo si no eres reincidente.

Reseñas de Google

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Simular que no puedes soplar es delito

Cuando el policía te dice que soples, tienes que soplar.

Si lo haces mal, te indicará cómo hacerlo bien, pero si observa que lo haces a propósito, no te librarás de la imputación de un delito del artículo 383 del Código Penal, negativa a soplar.

Es decir, dará igual que le digas al policia que no soplas porque no te da la gana, que intentes soplar y lo hagas mal.

Hay que soplar con intensidad para que el aparato (etilómetro) pueda calibrar la cantidad de alcohol en aire espirado que llevas (tasa de alcohol).

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Te van a imputar un delito de alcoholemia y otro de negativa a soplar

El Tribunal Supremo lo tiene claro, aunque te nieges a soplar, si la policía observa síntomas de que te encuentras bajo la influencia de bebidas alcohólicas, van a imputarte no un delito, sino dos.

Es decir, la negativa a soplar (artículo 383 C.P) y el delito de alcoholemia (artículo 379.2 C.P).

Algunas Audiencias Provinciales consideraban que el delito más grave, la negativa, integraba el delito de la alcoholemia y, por tanto, había que castigar solo por un delito.

Pues no, el fiscal siempre acusará por dos delitos, lo que supone una pena de prisión garantizada y una retirada mínima del carnet de conducir por 16 meses, en el mejor de los casos, y 8 años en el peor. Además de eso, una multa que dependerá de tu capacidad adquisitiva.

Si no soplas en la segunda prueba es delito

Como sabes, la prueba de alcoholemia se hace en dos fases. 

Hay que soplar dos veces con un intervalo de 10 minutos entre prueba y prueba.

Puedes soplar en la primera, pero no en la segunda, por cualquier razón, no importa (en muchos casos porque ha dado positivo en la primera y se asusta. ¿Qué pasa?

Te van a imputar un delito de negativa.

El Tribunal Supremo ha dicho que soplar la segunda vez no solo es una garantía para el ciudadano sino también para el conjunto del sistema.

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Cuando negarse a soplar es una multa administrativa

Solo estas obligado a soplar en los siguientes supuestos:

  1. Un control de alcoholemia.
  2. Si tienes un accidente de tráfico.
  3. Si tienes síntomas de ir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
  4. Si cometes alguna infracción de tráfico.

Si te niegas a soplar fuera de estos 4 casos, será una multa. No obstante, será complicado que eso pase.

Jurisprudencia

  • La negativa a someterse a la segunda prueba de alcoholemia al ser esta de carácter obligatorio, ya que la jurisprudencia así lo ha establecido, tomando como ejemplo la SAP Santa Cruz de Tenerife, Sec. 6.ª, 148/2020, de 14 de mayo , en la que el acusado realizó la primera prueba de alcoholemia, pero, cuando se le fue a practicar la segunda, cambió de actitud poniéndose agresivo y negándose a ello;
  • La realización de acciones por parte del conductor tendentes a no realizar de forma correcta la prueba, tales como no soplar con la intensidad necesaria y suficiente de forma voluntaria, al realizar la prueba mediante etilómetro, (SAP Barcelona, Sec. 5.ª, 244/2020, de 23 de abril); así como, la negativa a las posibles pruebas que puedas realizar los facultativos para la determinación de esta sustancia, como la analítica de sangre.
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Me han pillado en un control de alcoholemia

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La tasa de alcohol permitida legalmente está en 0,60 mg/l en aire espirado.

Si te paran en un control de alcoholemia, te hacen soplar por el etilómetro y lo superas te imputarán un delito contra la seguridad vial y te citarán para un juicio rápido en el juzgado de guardia.

Necesitas un buen abogado penalista para que te defienda, pues te enfrentas de penas de hasta 6 meses de prisión, multas, trabajos en beneficio de la comunidad y, además la retirada del carnet de conducir de 1 a 4 años.