Me han estafado, que tengo que hacer

El fraude se define en el artículo 248 y siguientes del Código Penal (CP).

Se trata de un delito en el que se utilizan elementos fraudulentos para obtener beneficios a costa de otros.

Cabe señalar que la digitalización ha abierto nuevas oportunidades para este tipo de comportamiento.

Así pues, el fraude en línea es cada vez más frecuente y diverso.

En el artículo de hoy analizaremos este delito, sus características y las penas asociadas al mismo.

También explicamos cómo denunciar el fraude.

Por último, le ofrecemos un enlace a nuestro servicio de contacto con abogados penalistas por si necesita su ayuda. Empecemos.

Fraude: características y sanciones

La conducta constitutiva de fraude es: Engañar a otra persona con la intención de hacerle cometer una disposición perjudicial para sí mismo o para otra persona.

En otras palabras, el defraudador debe obtener un beneficio para que la conducta sea delictiva. Además, no necesita obtenerla del defraudado, ya que el CP reconoce que el perjudicado es un tercero. obtener una transferencia de activos con ánimo de lucro y mediante manipulación informática o similar.

Esto significa que nuestro PC implica procedimientos informáticos en el fraude.

La fabricación, introducción, posesión o promoción de programas informáticos diseñados para cometer fraude.

En esta ocasión, es delito ayudar a cometer un fraude informático.

Utilizar tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje para realizar transacciones en perjuicio del titular de la tarjeta o de un tercero.

En otras palabras, cualquiera que utilice instrumentos de pago de terceros también se considera un defraudador.

Sanciones por fraude La pena general para estos delitos es de 6 meses a 3 años de prisión. Pero, ¿cómo se evalúan las sanciones dentro de esta horquilla? Para determinar la sanción específica, hay que tener en cuenta lo siguiente: La magnitud del fraude. La pérdida financiera causada.

La relación con la parte fraudulenta.

Los medios utilizados para cometer el fraude. otras circunstancias.

Teniendo en cuenta que las faltas fueron suprimidas por la reciente reforma de nuestra legislación, para los fraudes cuya cuantía no supere los 400 euros, sólo se impondrá una multa de 1 a 3 meses.

Circunstancias agravantes especiales

Existen determinadas circunstancias que pueden agravar las penas previstas para este delito. Además de las circunstancias agravantes generales, el CP establece que la pena por estafa será de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses, cuando:

El fraude se comete con objetos necesarios o de reconocida utilidad pública, como una vivienda.

También se castiga con esta sanción el fraude contra el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.

Uso indebido de la firma de otra persona u ocultación o deshonra de registros o documentos públicos de cualquier tipo.

El valor asciende a 50.000 euros, o sea que hay muchas personas afectadas.

Abuso de relaciones personales, empresariales o de autoridad profesional.

El delincuente es reincidente.

Se ha cometido un fraude procesal que ha dado lugar a un error jurisdiccional.

Esta circunstancia agravante puede dar lugar a una sanción aún más severa si concurren varias de las circunstancias o si el valor de la cantidad defraudada supera los 250.000 euros.

Sanciones para las personas jurídicas Nuestro Código Penal reconoce actualmente la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Este tipo de responsabilidad suele surgir en relación con delitos económicos como el fraude. Así, cuando una persona jurídica es declarada responsable, se le imponen las siguientes sanciones Bien.

Cuando la pena prescrita es la prisión durante más de cinco años, la multa es de tres a cinco veces la cantidad defraudada.

En los demás casos, se duplicará hasta el doble.

Despido.

Prohibición de participar en actividades relacionadas con la conducta delictiva durante los próximos 5 años.

Cierre de locales y objetos durante el mismo periodo.

Exclusión de la percepción de subsidios y prestaciones públicas durante un máximo de 15 años.

Intervención judicial de hasta 5 años para proteger los derechos de trabajadores y acreedores.

Cómo denunciar el fraude

La Guardia Civil tiene una página (algo desactualizada) con consejos para evitar ser víctima de este tipo de delitos.

Pero a veces hay poca precaución, o nos descuidamos un momento y de repente vemos que hemos sido víctimas de un estafador.

Esto es especialmente cierto en Internet, donde las estafas virtuales evolucionan constantemente para sorprendernos.

En resumen, si ha sido víctima de una estafa, denúnciela.

Así podremos conseguir lo que nos han estafado, recuperar lo que nos han quitado, parar los pies al defraudador y ayudar a las autoridades a encontrar y prevenir nuevas formas de cometer este delito.