Excusas del casero para no devolver la fianza: cómo desmontarlas legalmente

fianza.alquiler.recupera.jrabogados

Has pagado todos los meses religiosamente. Has cuidado la vivienda como si fuera tuya. La entregas limpia, vacía, con las llaves sobre la mesa. Esperas el reembolso de la fianza, pero lo que recibes a cambio es… silencio, evasivas o excusas absurdas.

¿Te suena esta situación? No eres el único. En JR Abogados llevamos más de 25 años ayudando a inquilinos a recuperar su fianza frente a arrendadores que se creen por encima de la ley.

En este artículo te explicamos cómo reconocer las excusas más comunes de los caseros para no devolverte lo que es tuyo… y cómo desmontarlas legalmente paso a paso.


🔍 ¿Qué dice la ley sobre la fianza?

Antes de entrar en las excusas, aclaremos lo básico.
El artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que:

🔹 “El arrendador deberá devolver la fianza al inquilino en el plazo máximo de un mes desde la entrega de llaves.”

Además:

  • Solo puede descontar deudas reales, justificadas y demostrables.
  • No puede usar la fianza como “compensación moral” o porque el piso “ya no está como nuevo”.

Y lo más importante:

Quien quiere quedarse la fianza, debe demostrar que tiene derecho a ello.


❌ Las excusas más frecuentes del casero (y cómo responder)

A continuación te detallamos las excusas más habituales que nos reportan nuestros clientes, y cómo derribarlas con fuerza legal.


1. “El piso no está como al principio, ha perdido valor”

💣 FALSO.
La ley distingue entre uso normal y daños imputables.

➡️ El desgaste por el uso habitual (como una pared sucia o una persiana que se atasca) no justifica quedarse con tu fianza.
Solo si hay daños reales y probados puede descontar algo.

📌 ¿Cómo desmontarlo?

  • Fotos del piso al entrar y salir.
  • Testigos de la entrega.
  • Un perito si fuera necesario (en JR Abogados te ayudamos con esto).

2. “Tengo que pintar o limpiar, eso lo paga la fianza”

💣 ERRÓNEO.
La ley no obliga a dejar la vivienda recién pintada o desinfectada, salvo que se pactara expresamente en contrato.

❌ Si no hay cláusula específica, el casero no puede exigirlo ni descontarlo de la fianza.

📌 Cómo responder:

“La limpieza y el pintado por desgaste habitual no están incluidos como obligaciones del inquilino según la jurisprudencia actual.”


3. “Hay cosas rotas y me ha costado repararlas”

💣 CUIDADO CON ESTA.
Hay que ver qué está roto, por qué, y si ya estaba roto antes.

🔍 El casero debe probar tres cosas:

  • Que el daño no existía antes.
  • Que fue causado por el inquilino.
  • Que ha pagado por repararlo (con factura real).

📌 Si no puede probarlo, no puede descontar.


4. “Debes facturas de luz o agua”

💣 SOLO SI ESTÁ DOCUMENTADO.
Si entregaste el piso con los recibos al día y los contratos estaban a tu nombre, no puede alegarlo sin pruebas.

📌 Reúne:

  • Últimas facturas de suministros.
  • Lecturas de contador.
  • Correo del fin del contrato.

5. “Aún no he alquilado el piso, necesito tiempo”

💣 ILEGAL.
Que el piso esté vacío no tiene nada que ver con tu fianza.

📌 Art. 36 LAU: un mes para devolver la fianza desde la entrega, no desde que él lo alquile de nuevo.


6. “No me diste 30 días de preaviso”

💣 DEPENDE.
El inquilino debe avisar con 30 días si quiere irse antes del vencimiento.

Pero si:

  • El contrato ha terminado, o
  • Has cumplido la duración mínima legal, o
  • El preaviso fue verbal (y se puede demostrar),

➡️ No puede retenerte la fianza solo por eso.

Además, el casero tendría que probar un perjuicio económico real (difícil).


7. “Firmaste que renunciabas a la fianza”

💣 NULO.
No se puede renunciar a derechos irrenunciables, y la fianza lo es.

Cualquier cláusula que diga:

“El inquilino no podrá reclamar la fianza”
es nula de pleno derecho (art. 6.1 LAU).

📌 JR Abogados puede anular esas cláusulas en juicio.


8. “No tengo liquidez ahora, te la daré más adelante”

💣 NO TE FÍES.
Es una de las excusas más peligrosas: muchos inquilinos se marchan sin reclamar, confiando.

📌 Respuesta legal:

“Tiene un mes. Si no devuelve la fianza en ese plazo, se considerará deuda líquida y exigible.”


9. “La fianza es mía, el piso quedó fatal”

💣 ALEGACIÓN VACÍA.
Aunque lo diga, debe demostrarlo.
Y no vale con decirlo por WhatsApp. Necesita:

  • Fotos,
  • Presupuestos de reparación,
  • Contratos,
  • Testigos.

En un juicio, quien alega tiene la carga de la prueba.


10. “La fianza la tiene el IVIMA / Generalitat / Junta”

💣 IRRELEVANTE.
Es cierto que muchos caseros depositan la fianza en el organismo autonómico correspondiente.

Pero eso no le exime de devolvértela.
Él debe solicitar la devolución al organismo y luego pagarte a ti.

📌 En JR Abogados podemos solicitar simultáneamente:

  • La devolución de la fianza al casero, y
  • Una reclamación si no lo hace en plazo.

📑 Cómo debes actuar si el casero pone excusas

Te dejamos el protocolo JR paso a paso:

1. Guarda todo

  • Fotos del piso.
  • Conversaciones con el casero.
  • Facturas de suministros y reparaciones.

2. Envía un burofax con requerimiento

Lo redactamos por ti. Incluirá:

  • Cita de la Ley de Arrendamientos.
  • Plazo legal.
  • Advertencia de reclamación judicial.

👉 Solicita el envío del burofax aquí o consulta por teléfono.

3. Demanda en juicio verbal

Si no responde, lo demandamos.
✔️ No necesitas abogado si es menos de 2.000 €,
✔️ Pero contar con JR Abogados aumenta tus garantías y facilita todo.

fianza.alquiler.recupera.jrabogados
fianza.alquiler.recupera.jrabogados

❓ Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar la fianza aunque haya pasado tiempo?
Sí, tienes 5 años para reclamar (plazo de prescripción civil).

¿Qué pasa si firmé algo al irme y luego me arrepiento?
Depende del documento. Muchas veces son nulos por vicio en el consentimiento o cláusulas abusivas.

¿Y si el piso tenía defectos de origen?
El casero no puede imputarte fallos estructurales o vicios ocultos. Eso es su responsabilidad.

¿Puedo usar la fianza como último mes?
Legalmente no, salvo que lo pactéis por escrito. Pero si el casero se niega a devolverla y tú ya sabías que no la ibas a recuperar, puede ser una estrategia práctica (aunque no exenta de riesgo).


🎯 ¿Por qué elegir JR Abogados?

Porque defendemos a inquilinos desde hace más de 25 años.
Porque sabemos detectar las mentiras.
Y porque no permitimos que nadie te robe lo que te corresponde.

✔️ Revisión gratuita del contrato.
✔️ Redacción de burofax.
✔️ Defensa extrajudicial y judicial.
✔️ Honorarios razonables.
✔️ Atención personalizada y rápida.

📞 Contacta hoy con nosotros:
👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado
📧 [email protected]
📱 647 33 52 43


🛡️ Conclusión: No estás indefenso

Tu casero puede tener muchas excusas, pero la ley está de tu parte.
Si has cumplido como inquilino, él tiene que cumplir como arrendador.
Y si no lo hace, nosotros lo obligamos a hacerlo por ti.

No regales tu dinero.
Defiende tu dignidad.
Confía en JR Abogados. Te escuchamos, te asesoramos y te defendemos.

Inquilino se queda solo, realquila y se niega a irse: opciones legales para resolver el contrato

subarriendo.inconsentido

Si estás en esta situación, tranquilo: no estás solo y existen soluciones legales claras para recuperar tu propiedad. En este artículo te explicamos qué puedes hacer como arrendador para resolver el contrato de alquiler, proteger tus derechos y recuperar tu vivienda cuanto antes.


🔍 Situación típica: ¿te suena?

Este es un caso que se repite cada vez con más frecuencia:

  • Firmaste un contrato con dos personas.
  • Uno de los inquilinos abandona la vivienda sin avisar.
  • El otro se queda, pero subarrienda habitaciones a personas que tú no conoces.
  • No paga lo que debe o lo paga parcialmente.
  • Cuando intentas llegar a un acuerdo para que se marche, se niega o pone condiciones imposibles.

¿Puedes resolver el contrato? Sí. Y además, puedes hacerlo legalmente y sin ponerte en riesgo.


⚖️ ¿Qué dice la Ley?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que:

  • El inquilino no puede subarrendar total ni parcialmente la vivienda sin autorización del arrendador (art. 8 LAU).
  • El impago, la cesión no consentida o la ocupación por terceros no autorizados son causas válidas para solicitar la resolución del contrato de alquiler (art. 27.2 LAU).
  • El arrendador puede reclamar la posesión de la vivienda y las cantidades debidas judicialmente.

En resumen: si el inquilino se queda solo, subarrienda y se niega a marcharse, está incumpliendo gravemente el contrato.


✅ Opciones legales para resolver el contrato

1. Verifica lo pactado en el contrato de arrendamiento

Busca en tu contrato las cláusulas relativas a:

  • Prohibición de subarriendo o cesión.
  • Causas de resolución anticipada.
  • Obligaciones del inquilino respecto al uso exclusivo de la vivienda.

Normalmente, los contratos incluyen cláusulas que prohíben el subarriendo, y eso ya es suficiente para fundar una acción judicial.


2. Reúne pruebas del subarriendo y del abandono del otro inquilino

Necesitarás:

  • Testigos (vecinos) que hayan visto a personas ajenas residiendo allí.
  • Fotografías o vídeos de movimientos sospechosos.
  • Comunicaciones con el inquilino donde reconozca que vive solo o que comparte piso sin tu permiso.
  • Información sobre la salida del otro inquilino (aunque no haya comunicado oficialmente nada).

Si puedes probar que el uso del piso ha cambiado respecto al contrato, tienes base legal para actuar.


3. Envíale un burofax al inquilino

Antes de ir a juicio, envía un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, exigiendo:

  • El cese del subarriendo y la entrega voluntaria de la vivienda.
  • La regularización de las cantidades adeudadas (si las hay).
  • El cumplimiento del contrato, o en su defecto, la resolución del mismo por incumplimiento.

Este paso es muy importante porque deja constancia fehaciente y es una prueba esencial en el juzgado.


4. Presenta una demanda de desahucio y resolución de contrato

Si el inquilino no responde ni abandona la vivienda voluntariamente, puedes presentar una demanda de desahucio por incumplimiento contractual, solicitando:

  • La resolución del contrato de arrendamiento.
  • El lanzamiento (desalojo) del inquilino y de los ocupantes no autorizados.
  • El pago de rentas o suministros impagados, si procede.
  • Las costas judiciales, que pueden obligar al inquilino a pagar los gastos de tu abogado.

Este procedimiento es rápido si el inquilino no se opone, y en muchos casos se resuelve en pocos meses.


5. Evita tomar decisiones precipitadas

Es comprensible que te sientas frustrado o tentado a actuar por tu cuenta, pero recuerda:

🚫 No entres en la vivienda sin permiso.
🚫 No cambies la cerradura ni cortes suministros.
🚫 No amenaces ni ejerzas presión directa.

Cualquier acción de este tipo puede volverse en tu contra y dar argumentos al inquilino para denunciarte por coacciones. Todo debe hacerse con seguridad jurídica.


🤝 ¿Necesitas ayuda para resolver el contrato?

En JR Abogados somos expertos en desahucios y conflictos entre arrendadores e inquilinos. Llevamos años ayudando a propietarios a:

  • Recuperar sus viviendas.
  • Resolver contratos incumplidos.
  • Defenderse de denuncias falsas o injustificadas.

Podemos ayudarte a resolver esta situación con una estrategia legal eficaz y rápida, evitando más pérdidas económicas o desgaste emocional.


🧾 Conclusión: puedes actuar, pero hazlo bien

Un inquilino que se queda solo, realquila sin tu permiso y se niega a marcharse está vulnerando gravemente el contrato. Tienes derecho a recuperar tu propiedad, pero debes hacerlo por la vía legal, con pruebas, asesoramiento y estrategia.

👉 No esperes a que la situación empeore. Cada mes que pasa, pierdes dinero y tranquilidad.


📞 Contacta hoy con JR Abogados llamando al 647 33 52 43 y te explicaremos paso a paso cómo recuperar tu vivienda con todas las garantías legales.


¿Te han retenido la fianza del alquiler? Estas son tus armas legales para recuperarla

retenida.fianza.alquiler

Te fuiste del piso. Entregaste las llaves. Pagaste todas las mensualidades. Limpiaste, borraste las marcas, cerraste bien la puerta y pensaste: “Al menos la fianza me la devolverán rápido”.

Pero no. El casero no te contesta. O peor aún, te da largas. O te suelta excusas sin sentido para no devolverte tu dinero.
Y tú te quedas con una sensación de impotencia, rabia e injusticia.

Pero no estás solo. Ni estás indefenso.
La ley está contigo. Y en JR Abogados te contamos, desde nuestra experiencia, cuáles son tus armas legales para reclamar la fianza del alquiler y ganarle la partida al casero —sin necesidad de ir a juicio en la mayoría de los casos.


¿Qué es exactamente la fianza del alquiler?

La fianza es una garantía legal obligatoria establecida por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Su función es proteger al propietario frente a:

✅ Impagos de renta
✅ Daños graves en la vivienda
✅ Incumplimientos contractuales

🔹 Para alquiler de vivienda habitual: 1 mes de fianza
🔹 Para uso distinto (local, trastero, oficina): 2 meses

No es una penalización. No es un extra. Y desde luego, no es un derecho automático del casero a quedársela.


¿Cuándo debe devolverse la fianza?

La LAU no fija un plazo concreto, pero la jurisprudencia sí lo deja claro:

📅 30 días desde la entrega de llaves.
Este es el margen considerado “razonable” para que el casero revise el piso y devuelva la fianza.

💡 Si pasa ese plazo y no te han devuelto nada ni te han dado un motivo justificado, están en mora legal, y puedes:

  • Reclamar la fianza
  • Reclamar intereses legales por demora
  • Reclamar costas judiciales si llegas a juicio

¿Puede el casero quedarse tu fianza?

❌ No, salvo en tres supuestos muy concretos:

  1. Que haya daños objetivos y demostrables en la vivienda
  2. Que debas alguna mensualidad
  3. Que haya impagos de suministros que el contrato te obligaba a abonar

👉 Y aun así, debe demostrarlo con facturas, fotos, actas o informes.

No vale con frases vagas como:

  • “Has dejado el piso sucio”
  • “Hay que pintar”
  • “Se han deteriorado las juntas del baño”

🛑 Todo lo que sea desgaste normal por uso NO justifica la retención.


Las armas legales que tienes para recuperar la fianza

En JR Abogados te lo explicamos paso a paso. Aquí tienes tus armas legales más eficaces para defender tu dinero y hacer que el casero no se salga con la suya:


1. La ley (sí, está de tu parte)

La Ley de Arrendamientos Urbanos y el Código Civil te protegen claramente:

📌 Art. 36 LAU: la fianza debe devolverse salvo que haya impagos o desperfectos
📌 Art. 1108 CC: el deudor de cantidad líquida incurre en mora y debe pagar intereses

Además, la carga de la prueba es del casero. Él debe demostrar que tiene derecho a retener. Tú no tienes que justificar por qué te la tienen que devolver.


2. El burofax: tu carta ganadora

Uno de los recursos más potentes que usamos en JR Abogados es el burofax con requerimiento legal.

🔹 Deja constancia fehaciente de tu reclamación
🔹 Informa de los plazos legales
🔹 Advierte de posibles acciones judiciales si no paga
🔹 Actúa como medida de presión firme pero legal

💡 Muchos caseros pagan inmediatamente tras recibir el burofax, sabiendo que pueden ser condenados a pagar más si se llega a juicio.

👉 Puedes encargar el tuyo aquí: https://burofaxabogado.es/


3. El procedimiento monitorio

Si el casero no responde, puedes presentar un procedimiento monitorio:

  • Ágil, económico y eficaz
  • El casero tiene 20 días para pagar o alegar
  • Si no contesta, el juez dicta ejecución inmediata
  • Si se opone, se inicia juicio verbal (pero ya parte con desventaja)

Ideal si tienes pruebas sólidas y una cuantía clara (la fianza y poco más).


4. El juicio verbal

Si decides ir por la vía tradicional, también puedes presentar una demanda por juicio verbal (inferior a 6.000 €):

  • No necesitas abogado ni procurador (aunque se recomienda)
  • Puedes incluir intereses legales
  • Si ganas, pueden condenar al casero en costas

📌 En JR Abogados preparamos demandas con pruebas contundentes y suele bastar con la notificación para que el casero pague antes del juicio.


5. La presión pública… controlada

Aunque no es una vía legal directa, la reputación también juega un papel. Muchas veces, un casero teme que el asunto se haga público.

Puedes utilizar:

  • Opiniones negativas en portales (con datos objetivos, sin insultos)
  • Denuncia ante Consumo o ante la Oficina de Vivienda de tu comunidad
  • Mediación vecinal o comunidad de propietarios

Pero ¡ojo! ⚠️ No publiques datos personales ni acuses sin pruebas, o podrías exponerte a una demanda tú.


¿Qué documentación necesitas?

📁 Para usar cualquiera de estas vías, es clave reunir:

✅ Copia del contrato de alquiler
✅ Justificante del pago de la fianza
✅ Entrega de llaves (acta, mensaje, testigo…)
✅ Fotografías del estado del piso al marcharte
✅ WhatsApps, emails, cartas…
✅ Comprobantes de pagos mensuales y de suministros

💼 En JR Abogados usamos esta documentación para reclamar con solidez y sin margen de duda.


¿Y si no tengo contrato?

Sí, aún puedes reclamar.
Usamos indicios legales y prueba indirecta como:

  • Conversaciones por WhatsApp
  • Testigos (vecinos, antiguos compañeros…)
  • Facturas de suministros
  • Transferencias mensuales

🔍 Nosotros analizamos el caso y construimos una estrategia legal viable, incluso sin contrato escrito.


¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Tienes 5 años desde que finaliza el contrato para reclamar judicialmente la fianza.

Pero no esperes. Cuanto antes actúes:

  • Más fácil será reunir pruebas
  • Más presión ejercerás
  • Menos excusas tendrá el casero

¿Cuánto me cuesta reclamar con JR Abogados?

💼 Ofrecemos distintos servicios:

✅ Redacción y envío de burofax: rápido, efectivo y económico
✅ Negociación extrajudicial: evitamos el juicio si es posible
✅ Presentación de demanda si el casero no reacciona

📌 Consulta gratuita.
📌 Honorarios adaptados al caso.
📌 Posibilidad de reclamar costas y recuperar lo abonado.


Casos reales que hemos resuelto en JR Abogados

🔹 Andrea, Valencia: casero retenía 1.000 € por «mal estado de paredes». Fotos + burofax → pago en 72 horas.
🔹 Tomás, Alcalá de Henares: contrato verbal, pagó en mano. Monitorio con testigos → devolución de 600 €.
🔹 Laura, Madrid: el casero no contestaba. Presentamos demanda verbal → sentencia favorable + costas.
🔹 Sergio, Málaga: querían descontarle 400 € por “limpieza profesional”. Reclamamos con contrato y prueba del estado → pago completo.


Preguntas frecuentes

¿Puede el casero descontar la limpieza si no estaba perfecta?

Solo si el contrato lo indica y si presenta prueba (factura real). Aun así, si la vivienda se entrega en condiciones razonables, no puede quedarse la fianza entera.


¿Y si dejé el piso antes del plazo acordado?

Dependerá de si había cláusula penal por desistimiento anticipado. Aun así, el casero debe justificar con cifras por qué te descuenta dinero.


¿Puedo reclamar intereses legales?

Sí. Desde el día 31 tras la entrega de llaves. Y los puedes sumar a tu reclamación judicial.


¿Qué pasa si el casero ha alquilado el piso otra vez pero no me ha devuelto la fianza?

Eso demuestra aún más su mala fe. Significa que no había daños ni impedimentos. Puedes reclamar con más fuerza legal.


Recupera tu fianza. Recupera tu tranquilidad.

El casero no es dueño de tu fianza. Es un depositario temporal con obligaciones legales claras.

En JR Abogados te ayudamos a reclamar lo que es tuyo, con estrategia legal, respeto y contundencia.
Y lo hacemos de forma eficaz, humana y profesional.

retenida.fianza.alquiler
retenida.fianza.alquiler

📧 Escríbenos: [email protected]
📱 Llama o envía WhatsApp: 647 33 52 43
🌐 https://jrabogados.es/
📨 Reclama aquí tu fianza: https://burofaxabogado.es/
Consulta exprés: https://consultalegal.abogado/

Piso alquilado en Gandía y te hacen perder el verano: cómo echar al inquilino moroso sin errores

echar.inquilino.piso.alquilado.gandia.desahucio.jrabogados

Tu piso en Gandía estaba listo para la temporada alta. Tenías previsión de ingresos, reservas o incluso planes de disfrutarlo tú. Pero un problema lo cambia todo: tu inquilino ha dejado de pagar. Y ahora ni tienes renta, ni puedes alquilarlo, ni usarlo.

Estás atrapado.

Y lo más doloroso no es solo la deuda: es ver cómo te hacen perder el verano, semana a semana, mientras tú pagas la hipoteca, los suministros y sigues esperando que «se arregle solo».

La buena noticia: no estás solo.

En JR Abogados llevamos más de 25 años ayudando a propietarios de la Comunidad Valenciana —especialmente en zonas turísticas como Gandía— a echar legalmente al inquilino moroso antes de que las pérdidas sean irreversibles.

Este artículo te lo explica todo: qué puedes hacer, cómo hacerlo sin errores y cómo evitar que vuelva a pasarte.


La gran trampa: el inquilino que deja de pagar justo antes del verano

Gandía, como tantas localidades costeras, sufre un fenómeno habitual:

  • Un inquilino firma en invierno o primavera.
  • Parece formal, incluso paga los primeros meses.
  • Pero cuando llega junio… deja de pagar y se queda todo el verano.

Sabe que te complica la vida. Sabe que no podrás alquilarlo a otros turistas. Y sabe que, si no conoces el proceso legal, se aprovechará de tu miedo a actuar.


¿Qué puedes hacer legalmente si el inquilino no paga?

La Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 250.1.1º) permite interponer una demanda de desahucio por impago de rentas en cuanto el inquilino:

  • Deja de pagar una mensualidad.
  • No responde a los requerimientos de pago.
  • Permanece en la vivienda sin voluntad de marcharse.

Este procedimiento es rápido, claro y eficaz, siempre que esté bien planteado y con abogado especializado.


Primer paso: burofax de requerimiento de pago

Antes de presentar la demanda judicial, es recomendable (aunque no obligatorio) enviar un burofax reclamando el pago de las rentas debidas, con advertencia de iniciar desahucio si no paga ni entrega las llaves.

Este paso:

✅ Da la oportunidad de solucionar sin juicio.
✅ Evita que luego alegue desconocimiento o mala fe.
Acredita judicialmente que reclamaste correctamente.

👉 Puedes enviarlo hoy mismo desde aquí:
https://burofaxabogado.es


Segundo paso: demanda de desahucio por impago

Si no paga ni se va tras el burofax, el siguiente paso es presentar demanda de desahucio y reclamación de rentas impagadas.

En JR Abogados nos ocupamos de todo:

  • Redacción de demanda.
  • Presentación en juzgados de Gandía.
  • Seguimiento del proceso.
  • Comunicación contigo paso a paso.
  • Asistencia al lanzamiento judicial (desalojo).

📌 Si el inquilino no se opone, el juzgado dictará decreto de desahucio directamente.
📌 Si se opone sin fundamento, habrá juicio rápido (juicio verbal).


¿Cuánto puede tardar el desahucio en Gandía?

Depende de si hay oposición o no. Pero con buena estrategia, en JR Abogados conseguimos:

2 a 3 meses si no hay oposición.
3 a 4 meses si hay juicio.

Es decir, puedes recuperar tu piso antes de que acabe la temporada si actúas ya en julio.


¿Y si el inquilino alega vulnerabilidad?

A veces, el moroso intenta frenar el procedimiento alegando que:

  • Tiene menores a su cargo.
  • Está en paro.
  • No tiene alternativa habitacional.

Esto no detiene el desahucio, solo obliga a que se solicite un informe a Servicios Sociales, que suele tardar unos días. Nosotros nos encargamos de todo.

Además, si demuestras que tu piso es turístico o de uso vacacional, puedes evitar estos retrasos.


¿Y si sigue alquilando por Booking o Airbnb?

En JR Abogados hemos detectado múltiples casos de subarriendo ilegal en Gandía: el inquilino no paga, pero lucrativamente alquila habitaciones o la vivienda completa a turistas.

Esto es gravísimo y te permite:

  • Resolver el contrato inmediatamente.
  • Presentar demanda de desahucio por cesión inconsentida.
  • Reclamar los beneficios obtenidos de forma ilícita.
  • Incluso presentar denuncia penal por estafa o apropiación indebida.

📌 Si tienes capturas, testimonios o anuncios: guárdalos. Te ayudaremos a usarlos en juicio.

👉 https://desahucio.abogado


¿Puedo entrar y cambiar la cerradura?

NO. Aunque sea tuya, la vivienda está alquilada. Hasta que un juez dicte desahucio, no puedes entrar sin autorización.

Si lo haces:

  • Puedes ser denunciado por allanamiento de morada.
  • Puedes perder fuerza en el procedimiento judicial.
  • Puedes enfrentarte a una denuncia cruzada que complique todo.

En JR Abogados lo decimos claro: hazlo legal o no lo hagas.


¿Puedo recuperar el dinero perdido?

Sí. En la misma demanda, puedes incluir:

✅ Rentas impagadas.
✅ Facturas de suministros.
✅ Daños y desperfectos.
✅ Costas judiciales.
✅ Indemnización por lucro cesante (lo que dejaste de ganar).

Especialmente en Gandía, donde el alquiler turístico es alto, se pueden justificar cantidades importantes por semanas de temporada perdida.

Nosotros te ayudamos a calcularlo, acreditarlo y reclamarlo.


¿Qué documentación necesito para empezar?

  • Contrato de arrendamiento.
  • Justificantes de impago (extractos bancarios, recibos impagados…).
  • Burofax o prueba de comunicación.
  • Escritura o nota simple de propiedad.
  • Facturas de suministros si quieres reclamarlas.
  • Capturas o pruebas si hay subarriendo ilegal.

📎 Nosotros te orientamos paso a paso.


¿Y si el contrato era de temporada?

Muchos propietarios alquilan por “temporada” (9 meses, curso escolar, etc.). Si el contrato dice claramente la duración y la causa (trabajo, estudio, vacaciones), y ha vencido, el inquilino ya no tiene derecho a estar.

Entonces:

👉 Puedes iniciar desahucio por expiración de contrato.
👉 El procedimiento es igual de rápido.
👉 Y puedes pedir también rentas si permaneció tras el vencimiento.


La cara emocional del desahucio en verano: frustración y miedo

Sabemos lo que estás viviendo:

  • Ves cómo pasan las semanas, sin ingresos y sin poder usar tu casa.
  • Sientes rabia por haber confiado en quien no lo merece.
  • Te invade el miedo a no recuperar la vivienda hasta septiembre u octubre.
  • Dudas si dar otro margen, pero sabes que no cambiará nada.

Y mientras, el inquilino moroso sigue viviendo gratis, disfrutando de Gandía y de tu propiedad.

Nosotros paramos esa sangría.


¿Por qué confiar en JR Abogados si tu piso está alquilado en Gandía?

✅ Más de 25 años resolviendo desahucios.
✅ Conocemos juzgados de Gandía, Oliva y Valencia.
✅ Tramitamos todo el proceso sin que tú tengas que enfrentarte al inquilino.
✅ Incluimos reclamación de rentas y daños.
✅ Te mantenemos informado en todo momento.
✅ Y, sobre todo, luchamos por ti como si fuera nuestro piso.


¿Qué puedes hacer hoy mismo?

📬 Enviar un burofax urgente:
👉 https://burofaxabogado.es

📞 Solicitar cita con JR Abogados:
👉 https://consultalegal.abogado

⚖️ Iniciar directamente el procedimiento de desahucio:
👉 https://jrabogados.es

🛡️ Consultar casos similares o subarriendos ilegales:
👉 https://desahucio.abogado

☎️ Teléfono: 647 33 52 43
📧 Email: [email protected]


Preguntas frecuentes

¿Y si el inquilino dice que va a pagar?

El procedimiento sigue. Solo se detiene si paga toda la deuda antes del juicio, y eso solo se permite una vez cada 5 años (enervación).

¿Puedo alquilar a otro mientras sigue dentro?

No. Solo puedes hacerlo una vez recuperes legalmente la posesión con el lanzamiento.

¿Y si me dice que no se va hasta que le encuentre otro piso?

No es tu responsabilidad. Tú no eres su asistente social.

echar.inquilino.piso.alquilado.gandia.desahucio.jrabogados
echar.inquilino.piso.alquilado.gandia.desahucio.jrabogados

Tu vivienda en Gandía vale mucho. No dejes que se aprovechen de ti.

Tu piso tiene valor. Económico, emocional, práctico. Y ningún moroso puede seguir impidiéndote disfrutarlo o rentabilizarlo.

Si te hacen perder el verano, toma el control legal ya.

Nosotros te ayudamos a recuperarlo.
Sin miedo. Sin errores. Sin rodeos.

👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado
👉 https://burofaxabogado.es
👉 https://desahucio.abogado

Desahucio exprés en Peñíscola: lo que puedes hacer si tu piso está ocupado y necesitas alquilar ya

desahucio.peñiscola.alquiler.jrabogados

Tu piso en Peñíscola tiene vistas al mar, está reformado y lo tenías listo para alquilar esta temporada. Pero hay un problema que lo arruina todo: alguien está dentro y no se va. Ya sea un inquilino que dejó de pagar, un «okupa» que se coló sin permiso, o alguien que se ha quedado tras acabar el contrato, el resultado es el mismo: tú necesitas alquilar cuanto antes y no puedes.

Esta situación es más común de lo que parece en localidades turísticas como Peñíscola, y en JR Abogados la conocemos muy bien. Por eso hemos redactado esta guía urgente, útil y emocional para ayudarte a actuar sin errores y con garantías, porque cada día que pasa, estás perdiendo dinero y salud mental.


¿Qué es un desahucio exprés y cuándo puedes utilizarlo?

El desahucio exprés es un procedimiento judicial diseñado para recuperar una vivienda ocupada sin título legal, de forma rápida y efectiva.

Puede usarse en dos grandes escenarios:

  1. Inquilinos que no pagan la renta.
  2. Ocupas que han entrado sin tu consentimiento o tras vencerse el contrato.

En ambos casos, si actúas correctamente, la ley está de tu lado. Pero debes hacerlo con cabeza, sin errores y con un abogado especializado, especialmente en zonas sensibles como Peñíscola, donde los plazos de alquiler son limitados al verano.


La urgencia: alquilar antes de que termine la temporada alta

Si tienes la vivienda ocupada ahora, cada semana que pasa sin actuar equivale a cientos o miles de euros perdidos. En Peñíscola, muchos propietarios cubren gran parte de sus ingresos anuales con el alquiler turístico entre junio y septiembre.

Y si no recuperas tu vivienda antes de agosto… puede que no vuelvas a alquilar hasta el año siguiente.

📌 El desahucio exprés puede ayudarte a recuperar tu piso antes de que sea demasiado tarde.


¿Qué hacer si tienes ocupas en Peñíscola?

Si te han ocupado el piso sin tu consentimiento, el primer paso es presentar una demanda de desahucio por precario u ocupación ilegal. La ley te permite:

  • Solicitar el desalojo inmediato si acreditas que el ocupante no tiene título legal.
  • Evitar procesos largos y complejos si se tramita como juicio verbal.
  • Actuar sin que el ocupante tenga derecho a alegar casi nada… salvo que pruebe que tiene derecho a estar allí, lo cual rara vez ocurre.

🔒 Lo importante es actuar rápido. En JR Abogados podemos presentar la demanda en menos de 72 horas si nos facilitas la documentación necesaria.


¿Y si es un inquilino que ha dejado de pagar?

Aquí puedes iniciar un desahucio por impago de rentas, que también es exprés. Este proceso permite:

  1. Enviar un burofax de requerimiento de pago o entrega de llaves.
    👉 Hazlo tú mismo en https://burofaxabogado.es
  2. Si no paga ni se marcha, presentar demanda judicial.
    👉 Nosotros lo gestionamos todo desde https://jrabogados.es
  3. Solicitar que el juzgado señale fecha de desalojo si no se opone.
  4. Reclamar además las rentas impagadas y los daños sufridos.

En JR Abogados trabajamos con un equipo que conoce los juzgados de Vinaròs y Castellón, donde se tramitan los casos de Peñíscola. Esto nos permite anticipar los tiempos, evitar errores de forma y acelerar el desahucio.


¿Cuánto puede tardar un desahucio exprés en Peñíscola?

Depende de varios factores:

  • Si el ocupante no se opone: puede resolverse en 1 a 2 meses.
  • Si hay oposición, pero sin pruebas válidas: en 3 a 4 meses.
  • Si hay menores o personas en situación de vulnerabilidad: puede alargarse un poco más, pero se puede demostrar que tú tienes prioridad como propietario legítimo.

🎯 Por eso es fundamental no perder ni un solo día.


¿Necesito abogado? ¿Y procurador?

Sí, salvo en reclamaciones por rentas inferiores a 2.000 €, necesitas abogado y procurador. Pero no te preocupes: en JR Abogados lo incluimos todo y nos encargamos del procedimiento de principio a fin.

Además, sabemos cómo responder ante:

  • Ocupaciones organizadas.
  • Intentos de manipular el padrón.
  • Supuestas situaciones de vulnerabilidad inventadas.
  • Amenazas, coacciones o manipulaciones jurídicas.

🛡️ Nuestra experiencia en más de 25 años en desahucios es tu mayor defensa.


¿Y si el ocupante no recoge las notificaciones?

No te preocupes: la ley prevé esta situación. Si no se puede localizar o notificar en persona, el juzgado podrá hacerlo:

  • Por edictos en el tablón judicial.
  • Mediante publicación en el TEJU (Tablón Edictal Judicial Único).

Esto no detiene el proceso. Si no contesta, se dicta sentencia en rebeldía, y se fija el lanzamiento directo.


¿Y si se resiste a salir?

El juzgado puede fijar una fecha de lanzamiento forzoso, en la que acudirá la comisión judicial con apoyo policial si es necesario.

En JR Abogados asistimos personalmente a ese acto para asegurarnos de que:

✅ Se realice conforme a la ley.
✅ Se levante acta correctamente.
✅ Recuperes tu vivienda sin daños.


¿Y si hay cosas dentro?

Si el ocupante deja muebles o pertenencias y no acude al lanzamiento, el juzgado podrá:

  • Advertirle de que debe retirarlas antes.
  • Considerar los objetos abandonados si no lo hace.
  • Autorizarte a deshacerte de ellos pasado un tiempo razonable.

📌 No puedes vaciar tú solo la vivienda antes del lanzamiento. Eso puede traerte problemas penales.


¿Puedo reclamar el alquiler perdido?

Sí. Si el ocupante te ha impedido alquilar la vivienda, puedes reclamar:

  • Rentas impagadas.
  • Daños y perjuicios.
  • Pérdidas de oportunidad (por ejemplo, reservas canceladas).

Esto es especialmente útil en zonas turísticas como Peñíscola, donde el valor por semana es muy superior al alquiler convencional.

💼 Nosotros incluimos esta reclamación en la misma demanda, siempre que sea posible.


¿Y si hay menores o personas vulnerables?

La ley exige en estos casos un informe de los servicios sociales, pero no impide el desahucio. Solo retrasa un poco la ejecución.

Y ojo: muchas veces se alega falsamente esta condición para alargar el proceso. En JR Abogados tenemos experiencia desmontando este tipo de tácticas con eficacia.


Emoción, frustración y miedo: lo que realmente siente el propietario

Sabemos cómo te sientes. Peñíscola no es solo un lugar bonito. Es tu inversión. Es tu segunda residencia. Es tu proyecto de vida o tu fuente de ingresos para pagar la hipoteca.

Y cuando alguien se mete en tu casa, no solo ocupa un inmueble: te roba paz mental, dinero, tiempo y libertad.

En JR Abogados no solo defendemos tu propiedad. Defendemos tu tranquilidad, tu esfuerzo, tus derechos.


¿Qué puedes hacer hoy mismo?

✅ Enviar un burofax de requerimiento con ayuda legal.
👉 https://burofaxabogado.es

✅ Solicitar una consulta rápida con uno de nuestros abogados expertos.
👉 https://consultalegal.abogado

✅ Iniciar directamente el desahucio exprés con garantías.
👉 https://jrabogados.es

✅ Si estás seguro de que hay ocupación:
👉 https://desahucio.abogado

📞 También puedes llamarnos al 647 33 52 43
📩 O escribirnos a [email protected]

desahucio.peñiscola.alquiler.jrabogados
desahucio.peñiscola.alquiler.jrabogados

Preguntas frecuentes

¿Puedo recuperar la vivienda si no tengo contrato?

Sí, si acreditas que eres el propietario (nota simple del Registro, recibos, IBI, etc.) y que el ocupante no tiene título legal válido.

¿Puedo acelerar el proceso si hay violencia, amenazas o uso indebido?

Sí. En esos casos puedes incluso presentar denuncia penal por usurpación agravada. También lo gestionamos desde JR Abogados.

¿Qué pasa si el inquilino quiere negociar?

Puede ser buena opción, si se compromete por escrito a abandonar en fecha concreta. Pero todo debe ir acompañado de respaldo legal y redactado por un abogado.


Conclusión: tu vivienda en Peñíscola puede volver a ser tuya

No dejes pasar ni un día más. Si hay alguien dentro que no paga, no se va y te está impidiendo alquilar, el tiempo juega en su favor y en tu contra.

📌 El desahucio exprés funciona si lo haces bien desde el principio.
📌 Con JR Abogados, no cometerás errores.
📌 Recuperarás tu vivienda antes de que sea demasiado tarde.

Tu casa en Peñíscola no puede seguir siendo rehén de nadie.

Haz que vuelva a ser tuya.
👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado
👉 https://burofaxabogado.es
👉 https://desahucio.abogado

Pensión de alimentos: ¿puedo dejar de pagar si no veo a mis hijos?

paga.pension.alimentos.y.no.puede.ver.hijos

Lo que dice la ley y cómo defender tus derechos

Muchos padres y madres separados viven la misma situación: pagan puntualmente la pensión de alimentos, pero no pueden ver a sus hijos. La expareja obstaculiza el régimen de visitas, manipula a los menores o directamente impide el contacto. Y surge una pregunta legítima:

👉 “Si no me dejan ver a mis hijos, ¿tengo que seguir pagando la pensión?”

La respuesta legal es clara: sí, debes seguir pagando, pero también tienes derecho a exigir que se cumplan tus visitas y a denunciar cualquier obstáculo.
Lo que no puedes hacer es dejar de pagar por tu cuenta. Te explicamos por qué y cómo actuar para protegerte legalmente.


⚖️ ¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos es una obligación legal establecida en el Artículo 142 del Código Civil, que comprende:

  • Comida
  • Vivienda
  • Ropa
  • Educación
  • Gastos médicos básicos

No es un “premio” por ver a los hijos, es un derecho del menor.


❌ ¿Puedo dejar de pagar si no me dejan ver a mis hijos?

No. La ley considera que la obligación de pagar la pensión y el derecho de visitas son independientes.

Eso significa que:

✅ Tienes derecho a ver a tus hijos según lo acordado
❌ Pero no puedes dejar de pagar la pensión si tu expareja impide ese contacto

Dejar de pagar puede conllevar:

  • Embargo de cuenta o nómina
  • Acusación por delito de abandono de familia (art. 227 CP)
  • Pérdida de credibilidad judicial si quieres reclamar la custodia o modificar el régimen

🚨 ¿Qué puedes hacer si no te dejan ver a tus hijos?

✅ 1. Denunciar el incumplimiento del régimen de visitas

Puedes acudir al juzgado de familia y denunciar que tu expareja:

  • No entrega al menor en el punto de encuentro
  • No permite llamadas, videollamadas o visitas
  • Manipula al menor para que rechace el contacto

Esto se tramita como ejecución de sentencia, y puede dar lugar a:

  • Multas a tu expareja
  • Modificación del régimen de custodia
  • Pérdida de la custodia si hay reiteración

✅ 2. Solicitar una modificación de medidas

Si el otro progenitor incumple reiteradamente el régimen o hay alienación parental, puedes solicitar:

  • Cambiar la custodia
  • Suspender visitas supervisadas
  • Reducir la pensión (si el menor ya no tiene relación contigo por causa del otro progenitor)

Esto debe valorarlo un juez, pero es posible si hay pruebas sólidas.


✅ 3. Pedir la intervención del equipo psicosocial o mediación familiar

En algunos casos, el juzgado puede ordenar:

  • Informe psicológico del menor
  • Sesiones de mediación entre padres
  • Intervención de servicios sociales

Esto es útil para demostrar que el problema no eres tú, sino el incumplimiento del otro progenitor.


📌 ¿Qué pasa si dejo de pagar voluntariamente?

El impago injustificado de la pensión puede tener consecuencias muy graves:

🔹 Consecuencias civiles:

  • Embargo de sueldo, bienes o cuentas
  • Recargos e intereses por impago
  • Inclusión en ficheros de morosos

🔹 Consecuencias penales:

  • Delito de abandono de familia (Art. 227 del Código Penal)
  • Pena de prisión de 3 meses a 1 año
  • Multa de 6 a 24 meses
  • Antecedentes penales

⚠️ Aunque no veas a tus hijos, el impago es un delito, salvo que esté judicialmente justificado.


🧠 Casos reales en los que actuamos en JR Abogados

  • 👨‍👧 Padre que pagaba puntualmente, pero llevaba 8 meses sin poder ver a su hija. Presentamos demanda de ejecución por incumplimiento y conseguimos régimen reforzado de visitas con advertencia judicial a la madre.
  • 👩‍👦 Madre impedía contacto con el padre. El juez suspendió temporalmente la custodia y ordenó intervención del equipo psicosocial.
  • 👨 Cliente denunciado por impago. Acreditamos que su ex le impedía ver al niño y que estaba en desempleo. Evitamos condena penal.

🛡️ ¿Cómo te ayudamos en JR Abogados?

✔️ Reunimos pruebas de los impedimentos al contacto
✔️ Redactamos y presentamos denuncia judicial por incumplimiento
✔️ Defendemos ante demandas por impago
✔️ Solicitamos modificación del convenio cuando sea necesario
✔️ Evitamos que se vulneren tus derechos como padre o madre

📞 Llama ya al 647 33 52 43
🔗 https://jrabogados.es
🔗 https://consultalegal.abogado


❓ Preguntas frecuentes

¿Y si no tengo dinero para pagar la pensión?
Debes solicitar una modificación judicial. No basta con dejar de pagar.

¿Qué pasa si mi hijo ya no quiere verme?
Si ha sido manipulado por el otro progenitor, puedes denunciarlo. La justicia protege el derecho a la relación con ambos padres.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que se suspenda la pensión?
Depende del caso, pero debe haber desvinculación total del menor por causa imputable al otro progenitor.

paga.pension.alimentos.y.no.puede.ver.hijos
paga.pension.alimentos.y.no.puede.ver.hijos

✅ Conclusión

No ver a tus hijos no justifica dejar de pagar la pensión. Pero tampoco debes resignarte si el otro progenitor impide el contacto. La ley te protege y puedes actuar para recuperar tu relación con ellos y tu dignidad como padre o madre.

En JR Abogados te ayudamos a defender tus derechos y a reclamar lo que te corresponde.


Tu contrato de alquiler esconde una estafa: cuándo puedes denunciar al inquilino por vía penal

estafa.contrato.alquiler

Todo parecía en regla.
Contrato firmado, primera mensualidad, copia del DNI…
Un nuevo inquilino que, en teoría, venía a cumplir.

Pero pasó el primer mes. Y ya no pagó.
Después dejó de responder.
Y ahora ni paga, ni se va, ni te deja recuperar tu vivienda.

Si crees que has alquilado a una persona normal y ahora tienes a alguien instalado gratis, puede que no tengas un inquilino.
Tengas un estafador con contrato.

Y sí, puedes denunciarlo penalmente.


⚠️ Cuando el contrato se usa para delinquir

Muchos propietarios creen que firmar un contrato protege su vivienda.
Pero eso solo es cierto si ambas partes actúan de buena fe.

Cuando el inquilino utiliza el contrato para:

  • Ganar acceso inmediato a la vivienda
  • Evitar el control del propietario
  • Quedarse meses sin pagar
  • Alegar excusas legales falsas
  • Bloquear todo intento de desalojo

…entonces estamos ante un uso fraudulento del contrato, y por tanto, ante una estafa penal.


🧠 ¿Por qué es una estafa y no un impago?

📌 El impago es civil. Ocurre cuando alguien no puede pagar.

📌 La estafa es penal. Se produce cuando alguien nunca tuvo intención de pagar, y engañó desde el inicio para quedarse en la vivienda.

Ese engaño inicial, esa intención oculta de incumplir, es lo que convierte el caso en un delito de estafa del artículo 248 del Código Penal.


⚖️ ¿Qué dice el Código Penal?

“Comete estafa quien, con ánimo de lucro, se vale de un engaño bastante para inducir a otro a realizar un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio.”

🔍 En tu caso:

  • Has entregado llaves, uso y posesión de tu inmueble.
  • Lo hiciste confiando en un contrato.
  • El inquilino te engañó con su intención, porque nunca pensaba pagar.
  • Y te ha generado un perjuicio económico directo.

Todo encaja con el delito de estafa.


📌 Indicios claros de contrato fraudulento

En JR Abogados hemos visto decenas de casos donde el contrato fue solo una tapadera.

Estas son las señales más frecuentes:

🔸 El inquilino paga solo el primer mes o nada
🔸 Usa nóminas falsas o contratos ficticios
🔸 Corta comunicación tras recibir las llaves
🔸 Cambia la cerradura sin consentimiento
🔸 Se niega a firmar prórrogas o aclarar duración
🔸 Rechaza acuerdos de pago o mediación
🔸 Te amenaza con “sus derechos” pese a no pagar
🔸 Usa el inmueble para alojar a terceros, subarrendar o realquilar

Cuando el contrato se convierte en una herramienta de ocupación, ya no protege al firmante.
📌 Se convierte en el elemento central de una estafa.


⚖️ ¿Y si el contrato está firmado y registrado?

No importa.
El Código Penal no exige que no haya contrato, sino que haya engaño desde el principio.

Los tribunales lo tienen claro:

AP de Sevilla (2023): “El contrato de arrendamiento no puede ser escudo legal cuando se demuestra el dolo inicial.”

Juzgado de Instrucción de Valencia (2024): desalojo penal concedido tras acreditar que el contrato fue usado como instrumento de engaño.

AP de Madrid (2023): el inquilino fue condenado a 10 meses por estafa con contrato y obligado a indemnizar con 7.500 € al arrendador.


🛑 Vía penal vs. vía civil: ¿cuál te conviene?

Muchos propietarios inician el desahucio civil por impago
…y acaban atrapados en un proceso que dura:

❌ Entre 10 y 14 meses
❌ Permite alegaciones de vulnerabilidad
❌ Acaba en juicio verbal o ejecución forzosa
❌ No garantiza indemnización

En cambio, por la vía penal:

✅ Puedes solicitar desalojo cautelar inmediato
✅ Puedes evitar excusas y bloqueos procesales
✅ Puedes conseguir condena penal, antecedentes y responsabilidad civil
✅ Puedes recuperar tu vivienda antes y con respaldo judicial completo


🧾 Qué necesitas para denunciar penalmente

En JR Abogados te ayudamos a estructurar todo, pero es útil tener:

  • Contrato de arrendamiento
  • Mensajes, WhatsApp, emails, llamadas grabadas
  • Prueba del engaño inicial (documentación falsa, nóminas inventadas…)
  • Testigos (vecinos, portero, etc.)
  • Justificantes de pagos realizados y dejados de pagar
  • Fotografías de daños o cambios no autorizados

📌 Cuanta más prueba, más sólido será el caso.


🛠️ ¿Qué conseguimos por ti?

🔹 Redacción completa de denuncia penal
🔹 Presentación ante Fiscalía o Juzgado de Guardia
🔹 Solicitud urgente de desalojo
🔹 Representación legal completa hasta recuperar tu inmueble
🔹 Reclamación civil por daños y perjuicios

🎯 Con más de 25 años de experiencia, en JR Abogados sabemos qué juzgados actúan rápido y qué jueces conceden cautelares en estos casos.


💬 Preguntas frecuentes

¿Puede denunciarse aunque el contrato sea válido?
Sí. El contrato no blinda al estafador si se firmó para engañar.

¿Qué pasa si el inquilino dice que tiene niños o es vulnerable?
Si el acceso fue fraudulento, no hay protección legal. No es una cuestión de vulnerabilidad, sino de estafa.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso penal?
En muchos juzgados, obtenemos medidas en menos de 30 días.

¿Puedo reclamar el dinero que me debe?
Sí. La denuncia incluye responsabilidad civil por impagos, destrozos o lucro cesante.

estafa.contrato.alquiler
estafa.contrato.alquiler

📍 Casos reales resueltos por JR Abogados

🎯 Alicante, 2024
Inquilino pagó el primer mes. Usó nómina falsa. Jamás volvió a pagar.
Desalojo penal logrado en 26 días. Condena: 9 meses + 3.200 € de indemnización.

🎯 Madrid, 2023
Contratación simulada con contrato de arrendamiento para uso turístico. Permanencia de 4 meses sin pago. Denuncia penal, desalojo en 21 días.

🎯 Torrevieja, 2023
Arrendatario se empadrona y se niega a marcharse. Presentamos denuncia por estafa. Orden judicial de expulsión con auxilio policial en 1 mes.


📞 ¿Qué tienes que hacer ahora?

  1. Reúne contrato y documentación básica
  2. Envíanoslo por correo o WhatsApp
  3. Te damos respuesta profesional en menos de 24h
  4. Si hay viabilidad, presentamos denuncia el mismo día

🔗 https://jrabogados.es/
🔗 https://consultalegal.abogado/

☎ 647 33 52 43
📩 [email protected]


✅ Conclusión

Un contrato puede parecer legal.
Pero si se firmó para engañar, se convierte en la prueba de una estafa.

Tú no tienes que soportar a alguien que solo buscaba quedarse gratis.
Tienes derecho a actuar.
Tienes el Código Penal de tu lado.
Y tienes a JR Abogados para demostrarlo.


JR Abogados.
25 años desenmascarando estafadores con contrato en mano.
Porque no firmaste para regalar tu casa. Firmaste para alquilar.
Y lo vamos a defender.

No es impago, es estafa: cómo actuar cuando el inquilino nunca tuvo intención de pagar

no.es.impago.es.estafa.desahucio

Creías que sería un contrato más. Un inquilino normal, con ganas de establecerse, que cumpliría lo pactado.

Pero desde que entró en tu casa, todo ha sido evasivas, excusas, ni un solo pago y un silencio que se ha convertido en una pesadilla.

Si te suena familiar, tienes que saber algo muy claro:
Esto no es un simple impago.
Esto es una estafa.

Y no tienes por qué resignarte a esperar un desahucio civil interminable.
Tienes herramientas legales para actuar por lo penal, recuperar tu vivienda y protegerte.


🎯 ¿Cuál es la diferencia entre un impago y una estafa?

📌 El impago es un incumplimiento.
La persona tenía intención de pagar, pero por problemas económicos, paro o enfermedad, no puede cumplir.

📌 La estafa, en cambio, es un engaño premeditado.
Desde el momento de la firma, el inquilino ya sabía que no iba a pagar. Solo quería las llaves. Solo quería entrar.

Y cuando hay engaño desde el principio, el contrato se convierte en el disfraz de un delito.


⚖️ ¿Qué dice el Código Penal?

El artículo 248 del Código Penal establece:

“Comete estafa quien, con ánimo de lucro, utiliza engaño bastante para inducir a otro a realizar un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o ajeno.”

Aplicado al alquiler:

  • El propietario cede su casa pensando que le van a pagar.
  • El inquilino finge cumplir, pero nunca tuvo intención de hacerlo.
  • Lo hace con el único objetivo de quedarse gratis el mayor tiempo posible.

Esto es estafa con dolo coetáneo al contrato, y tiene consecuencias penales.


🧠 ¿Cómo saber si tu caso es estafa y no impago?

Estas son señales claras que indican que hubo intención de estafar desde el principio:

✅ El inquilino solo pagó el primer mes o ni eso
✅ Dio nóminas falsas o referencias laborales inexistentes
✅ Aportó documentación dudosa (DNI ilegible, contratos sin verificar…)
Cortó todo contacto nada más entrar
✅ Ya ha estado en otras viviendas con el mismo patrón
Cambió cerraduras sin avisar o impide el acceso a técnicos
✅ Alegó desde el inicio situaciones inventadas (enfermedad, niños vulnerables, etc.)
✅ Hay vecinos que confirman que nunca sale, que no vive allí, o que ha metido a más gente

Todo esto es lo que usamos en JR Abogados para construir una denuncia penal sólida.


🛑 ¿Qué pasa si solo sigues la vía civil?

Muchas víctimas de este tipo de fraude pierden meses (o años) intentando un desahucio por impago. ¿El resultado?

❌ Procedimiento lento, con vistas, plazos, recursos…
❌ Alegaciones de vulnerabilidad para paralizar la ejecución
❌ Gastos en suministros y comunidad durante el proceso
❌ Daños en la vivienda mientras no puedes entrar
Impotencia total ante un sistema que parece proteger al que no paga

Pero si acudes por la vía penal, puedes:

✅ Solicitar desalojo inmediato como medida cautelar
Evitar las excusas de vulnerabilidad
✅ Lograr una condena con antecedentes penales
Reclamar daños e impagos como responsabilidad civil


📂 ¿Qué pasos debes seguir?

1. Recopilar pruebas

Reúne toda la documentación posible:

  • Contrato de arrendamiento
  • Comprobantes de pago (si los hay)
  • Emails, WhatsApp o mensajes de antes y después de la firma
  • Datos falsos que el inquilino aportó (nóminas, contratos, etc.)
  • Testimonios de vecinos, portero, otros propietarios
  • Fotografías o vídeos si hay daños, ocupación indebida o realquiler
  • Certificados de empadronamiento (si lo tienes)
  • Denuncias anteriores (si ha estafado a otros)

2. Denunciar por la vía penal

En JR Abogados redactamos y presentamos una denuncia por delito de estafa, con petición expresa de:

  • Medidas cautelares
  • Desalojo urgente
  • Prohibición de entrada
  • Embargo de bienes si hay daños

🔗 https://jrabogados.es/
🔗 https://consultalegal.abogado/

no.es.impago.es.estafa.desahucio
no.es.impago.es.estafa.desahucio

🧑‍⚖️ ¿Qué tipo de condena puede recibir el inquilino?

  • De 6 meses a 3 años de prisión (dependiendo de la gravedad)
  • Antecedentes penales
  • Obligación de pagar lo que debe + indemnización
  • Posible responsabilidad por daños materiales

Y tú como propietario, recuperas:

✅ Tu vivienda
✅ Tu tranquilidad
✅ Tu posición legal fortalecida


📌 Jurisprudencia real que lo avala

AP de Madrid (2024): inquilino que firmó con contrato simulado y sin intención de pagar. Se ordenó desalojo penal en 32 días.

AP de Sevilla (2023): condenado a 9 meses por alquilar vivienda con documentación falsa y dejar de pagar al segundo mes.

Juzgado Instrucción de Valencia (2024): ordena medidas cautelares de desalojo en caso de engaño con contrato fraudulento y prueba del dolo inicial.


🛠️ ¿Cómo puede ayudarte JR Abogados?

En JR Abogados llevamos más de 25 años ayudando a propietarios como tú a recuperar su vivienda frente a inquilinos que nunca pensaron pagar.

Ofrecemos:

✅ Análisis rápido del caso y viabilidad penal
✅ Redacción profesional de denuncia o querella
✅ Representación legal completa ante el juez
✅ Solicitud de desalojo y medidas cautelares
✅ Gestión de todo el procedimiento hasta la recuperación

📞 647 33 52 43
📩 [email protected]


💬 Preguntas frecuentes

¿Y si el inquilino dice que es vulnerable?
Si el acceso fue fraudulento y había intención de no pagar, no se aplica la protección de vulnerabilidad. Lo que hay es un delito.

¿Puede alegar que firmó de buena fe?
El juez valorará las pruebas: si hay indicios claros de que ya entró con intención de incumplir, la palabra del inquilino no bastará.

¿Cuánto tarda todo el proceso?
Podemos lograr medidas urgentes en menos de un mes, dependiendo del juzgado y la calidad de la denuncia.

¿Se puede seguir el proceso aunque haya contrato firmado?
Sí. El contrato solo protege si se firmó de buena fe. Si se firmó como parte de un engaño, se anula su protección.


🏠 Casos reales gestionados por JR Abogados

🎯 Dueño de local en Valencia: arrendamiento fraudulento por un falso autónomo. Denunciamos por estafa. Recuperó el inmueble en 27 días.

🎯 Propietaria en Torrevieja: inquilino con contrato falso. Pagó el primer mes y cortó toda comunicación. Conseguimos orden de desalojo penal.

🎯 Chalet en Elche: alquiler de temporada encubierto. Nunca hubo intención de pagar. En menos de 40 días recuperamos la vivienda por vía penal.


✅ Conclusión

No te han dejado de pagar.
Te han engañado para no pagar.

Y eso no es impago.
Eso es una estafa.

Si no actúas a tiempo, perderás meses, dinero y salud.
Pero si das el paso correcto, puedes recuperarlo todo.

En JR Abogados sabemos cómo demostrar el engaño, presentar la denuncia y recuperar tu vivienda.

Y lo hacemos rápido. Legal. Sin rodeos.


📞 Contáctanos hoy:

🔗 https://jrabogados.es/
🔗 https://consultalegal.abogado/

647 33 52 43

JR Abogados.
Defendiendo propietarios de inquilinos estafadores desde hace 25 años.
Si entró para no pagar, no es arrendatario.
Es delincuente. Y lo vamos a demostrar.

Financiación con TAE usuraria: cuándo puedes recuperar hasta miles de euros por abusos en el concesionario

reclama.financiacion.coche.intereses.abusivos

Te ofrecen un coche nuevo. Buen precio, entrega rápida, garantía… y, sobre todo, “una financiación a medida”. No lo dudas. Firmas. Años después, cuando ya llevas pagados miles de euros en cuotas, descubres que la TAE del contrato era del 9, 10 o incluso 12%. Mucho más de lo que ofrecía tu banco o el mercado en ese momento.

Y entonces te preguntas:
¿Fue legal esa financiación?
¿Me timaron sin darme cuenta?
¿Puedo recuperar el dinero que pagué de más?

La respuesta, en muchos casos, es un sí rotundo.


🚨 ¿Qué es una TAE usuraria?

TAE significa Tasa Anual Equivalente, y refleja el coste real del préstamo incluyendo intereses, comisiones, seguros y otros gastos.

Cuando la TAE es notablemente superior al interés medio del mercado, y además el consumidor no tuvo posibilidad de negociar o comparar, puede considerarse usuraria según la Ley de Represión de la Usura de 1908 (aún vigente) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

📌 ¿Qué se considera usurario?
👉 Todo préstamo que tenga un interés “notablemente superior al normal del dinero” y que se haya impuesto al consumidor en condiciones desequilibradas.


⚖️ ¿Qué dice el Tribunal Supremo?

“Es nulo todo contrato de crédito que imponga un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.”
(STS 628/2015 y doctrina reiterada en 2020 y 2022)

Esto ha sido aplicado no solo a tarjetas revolving, sino también a créditos al consumo como los que se firman en los concesionarios de coches.


🚗 ¿Cómo operan los concesionarios?

Muchos concesionarios tienen acuerdos con financieras como:

  • Santander Consumer
  • BBVA Consumer Finance
  • Cetelem
  • CaixaBank Payments & Consumer
  • PSA Finance (Peugeot, Citroën, Opel)
  • Volkswagen Finance
  • Renault RCI Bank, etc.

Cuando compras un coche, te dicen:
👉 “Este descuento solo si financias con nosotros.”
👉 “Te gestionamos todo, no te preocupes.”
👉 “TAE del 10% pero puedes cancelar cuando quieras.”

Y lo que no te explican es que:

  • Ese TAE es muy superior al del mercado (que ronda el 6–7% en préstamos personales normales).
  • Te imponen seguros innecesarios (vida, GAP, protección de pagos).
  • Te cargan comisiones de apertura del 2–3%.

Y lo peor: en muchos casos, ni siquiera te informan claramente del coste total ni te permiten comparar.


📉 ¿Cuánto dinero se puede recuperar?

Dependerá del caso, pero los importes más comunes recuperables incluyen:

ConceptoCuantía orientativa
Intereses usurarios abonados1.500 € – 4.000 €
Comisiones de apertura injustificadas200 € – 800 €
Seguros incluidos sin consentimiento claro800 € – 2.500 €
Penalizaciones por cancelación anticipada abusivas100 € – 600 €

En muchos casos, el total supera los 5.000 €.


📂 ¿Qué contratos pueden ser reclamados?

  • Financiaciones de vehículos nuevos o de ocasión
  • TAE superior al 8–9%
  • Seguros incluidos sin explicación ni opción
  • Contratos firmados en el concesionario sin posibilidad de negociación
  • Comisión de apertura desproporcionada o no justificada
  • No se ofreció simulación comparativa con otras entidades

🔎 No importa si ya has terminado de pagar. Puedes reclamar si no han pasado más de 10 años desde la firma o el último pago.


🧾 Casos reales ganados en juzgados españoles

Audiencia Provincial de Zaragoza (2023): se declara nulo un contrato con TAE del 10,2% con BBVA Consumer. El cliente recupera 3.400 €.

Juzgado de 1ª Instancia de Madrid (2022): anulan la comisión de apertura del 2,5% en financiación de un coche Peugeot. Devuelven 740 € al comprador.

Audiencia Provincial de Valencia: revoca sentencia previa y declara nulo por usura un préstamo firmado en concesionario Renault con un TAE del 11,9%.

Audiencia Provincial de Sevilla: condena a la financiera a devolver todo el interés cobrado al declararse nulo por usura un contrato de 2019 con Cetelem.

reclama.financiacion.coche.intereses.abusivos
reclama.financiacion.coche.intereses.abusivos

👩‍⚖️ ¿Cómo saber si tu financiación fue abusiva?

Hazte estas preguntas:

  • ¿Tu TAE superaba el 8%?
  • ¿Te obligaron a contratar un seguro para que te aprobaran el préstamo?
  • ¿Te dijeron que solo tendrías el descuento si financiabas con ellos?
  • ¿Firmaste sin tiempo para comparar con tu banco?
  • ¿Te cobraron una comisión de apertura sin explicar para qué era?

Si respondes “sí” a dos o más, tienes muchas opciones de recuperar dinero.


🛠️ ¿Qué hace JR Abogados por ti?

En JR Abogados llevamos años luchando contra cláusulas abusivas en productos financieros, y ahora hemos abierto una línea especial para financiación de coches.

Te ofrecemos:

✅ Estudio gratuito de tu contrato de financiación
✅ Cálculo del dinero que podrías recuperar
✅ Reclamación extrajudicial a la financiera
✅ Presentación de demanda judicial si no responden
✅ Posibilidad de trabajar a éxito total o parcial (nos adaptamos a tu caso)


📎 ¿Qué documentación necesitas?

  • Contrato de financiación (o copia)
  • Tabla de cuotas pagadas (normalmente está en el contrato o te la da la financiera)
  • Justificante del seguro si lo incluyeron
  • Oferta del coche o factura proforma

¿No tienes todo? No pasa nada. Te ayudamos a solicitarlo a la financiera.


💬 Preguntas frecuentes

¿Y si ya he terminado de pagar el préstamo?
Puedes reclamar si no han pasado más de 10 años.

¿Y si cancelé anticipadamente?
También puedes reclamar, especialmente si te cobraron penalización o si el interés era abusivo.

¿Tengo que ir a juicio?
Solo si la financiera no responde. Nosotros nos encargamos de todo.

¿Puede perjudicarme ante bancos o listas de morosos?
No. Es una acción legítima de defensa de tus derechos.

¿Puedo reclamar si era un coche de segunda mano?
Sí, si lo financiaron a través del concesionario con una entidad colaboradora.


📝 ¿Qué pide la demanda?

Dependiendo del caso:

  • La nulidad del contrato de préstamo por usura
  • La devolución de todos los intereses y comisiones
  • Subsidiariamente, la anulación de las cláusulas abusivas concretas
  • El pago de intereses legales desde que se hicieron los pagos

🕒 ¿Cuánto tiempo tarda?

  • Reclamación extrajudicial: 1–3 meses
  • Si va a juicio: 6–12 meses, dependiendo del juzgado

🔐 No fuiste imprudente. Fuiste manipulado.

Te hicieron creer que era “lo normal”. Que no había otra opción. Que todo estaba claro.
Pero no era así. Era una práctica diseñada para maximizar el beneficio del concesionario y la financiera, no para protegerte a ti.

Hoy, con jurisprudencia clara, puedes luchar y recuperar lo que es tuyo.

Y no estás solo.


📞 Contacta con JR Abogados ahora:

👉 https://jrabogados.es/
👉 https://consultalegal.abogado/

📩 Envíanos tu contrato. En 48h sabrás si puedes reclamar.

Miles de euros te están esperando.
Haz que te los devuelvan.

Vendiste tu parte de la empresa… y ahora te ignoran: lo que la ley te permite hacer ya mismo

vendiste.empresa.y.ahora.te.ignoran

Vendiste tus participaciones. Cediste tu parte. Cerraste un capítulo profesional creyendo que lo hacías con elegancia, madurez y respeto. Firmaste ante notario. Pactaste un precio. Y te marchaste pensando que todo estaba en orden.

Pero no. Desde entonces, silencio. No te pagan lo pactado, no responden tus llamadas, no cumplen con los acuerdos. Te ignoran. Y lo peor: sientes que no sabes por dónde empezar.

Si estás en esta situación, la ley está de tu lado. Pero no puedes quedarte quieto. En JR Abogados llevamos más de 25 años ayudando a personas como tú a recuperar hasta el último euro tras una venta de participaciones frustrada o incumplida. Y aquí te explicamos, paso a paso, qué puedes hacer ya mismo.


¿Qué pasa legalmente cuando vendes tu parte de la empresa?

Cuando cedes participaciones sociales o acciones:

  • Se produce una transmisión contractual: tú entregas tu parte, y el comprador debe pagarte el precio acordado.
  • Si se firma ante notario, se refuerza el valor probatorio del acuerdo (aunque también es válido un contrato privado).
  • Una vez firmada la venta y hecha la entrega, el comprador está obligado a pagar en los términos pactados.

💥 Si no lo hace, estamos ante un claro incumplimiento contractual.


¿Qué hacer si el comprador no te paga?

1. Recopila toda la documentación disponible

Para reclamar con eficacia necesitas pruebas:

  • Escritura pública o contrato de venta.
  • Justificante del acuerdo (correos, mensajes, actas).
  • Cualquier documento donde se indique el precio pactado.
  • Datos de contacto del comprador.

Ojo: aunque no se haya pactado un plazo exacto de pago, la ley presume que debe realizarse en un tiempo razonable.


2. Reclama el pago mediante un burofax fehaciente

No sirve una llamada o un WhatsApp. Necesitas dejar constancia jurídica de que:

  • Exiges el cumplimiento del acuerdo.
  • Adviertes de las consecuencias legales.
  • Das un plazo claro para el pago (por ejemplo, 7 días).

👉 En JR Abogados redactamos por ti este burofax, de forma estratégica, incluyendo todos los elementos legales y de presión necesarios.

📌 Enlaces útiles para actuar ya:


3. Demanda civil por incumplimiento contractual

Si no responden a tu burofax o directamente te ignoran, puedes presentar una demanda judicial para:

  • Reclamar el importe íntegro pactado.
  • Exigir intereses legales desde la fecha del incumplimiento.
  • Solicitar daños y perjuicios si puedes demostrar perjuicio económico derivado.
  • Recuperar costas procesales, que pagará el demandado si pierdes el juicio.

Esta vía es especialmente poderosa si firmaste ante notario, ya que eso aporta fuerza probatoria a tu favor.


¿Y si no tienes contrato escrito?

Aunque no haya escritura pública, puedes reclamar igualmente. La clave está en demostrar:

  • Que hubo un acuerdo.
  • Que entregaste tu parte.
  • Que la contraparte no ha cumplido.

Pruebas válidas:

  • Mensajes, correos, actas de junta.
  • Testigos que estuvieron presentes.
  • Documentos internos de la empresa.

La jurisprudencia reconoce la validez de acuerdos verbales o tácitos cuando hay indicios razonables de que se celebraron.


¿Qué puedes conseguir legalmente?

✅ El cobro total del precio pactado.
✅ Intereses legales desde el incumplimiento (art. 1108 CC).
✅ Indemnización por perjuicios (si demuestras pérdidas reales).
✅ Costas procesales del juicio.
✅ Posibilidad de embargo de bienes si no te pagan voluntariamente.

En JR Abogados actuamos con rapidez, estudiamos tu caso, y planteamos la demanda en menos de 48 horas si el caso lo permite.


¿Qué ocurre si el comprador alega que no hubo venta?

Lo hemos visto muchas veces. Personas que:

  • Dicen que «nunca se cerró la operación».
  • Alegan que «el pago era simbólico».
  • Dicen que «la otra parte no cumplió con su entrega».

Ahí es donde entra nuestro trabajo. Desde JR Abogados:

  • Demostramos la realidad del acuerdo con pruebas sólidas.
  • Analizamos si hay simulación contractual o mala fe.
  • Y, si es necesario, pedimos medidas cautelares, como el embargo preventivo.

¿Y si se ha apropiado de tu parte y ni siquiera te notificaron?

Puede pasar: te han quitado del Registro de Socios, no te avisan de juntas, usan tu nombre sin autorización… En ese caso:

  • Podríamos estar ante un delito de apropiación indebida (art. 253 del Código Penal).
  • O ante una vulneración grave de tus derechos societarios.

En estos casos, además de la vía civil, abrimos la vía penal, presentando una querella contra el comprador si se demuestra dolo o engaño.


¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

El plazo general para reclamar una deuda por incumplimiento contractual es de 5 años (art. 1964 CC).

Pero cada día que pasa el deudor puede ocultar patrimonio, disolver la sociedad o desaparecer.

Actuar ya te protege. Retrasarte puede costarte tu dinero y tu tranquilidad.


Casos reales que resolvemos en JR Abogados

🔹 Venta de participaciones sin pago del precio pactado.
🔹 Ex socio que firma pero no transfiere el dinero.
🔹 Deudas entre empresas del grupo tras la salida de uno de los socios.
🔹 Reclamaciones con simulación de venta o abuso de confianza.
🔹 Conflictos donde uno de los socios se queda con todo y el otro no cobra.


Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el comprador dice que no tiene dinero?
Puedes solicitar embargo preventivo y ejecución de bienes. Incluso sueldos, coches, cuentas…

¿Y si me ignoró después de meses?
El tiempo no elimina tu derecho a reclamar. Mientras no hayan pasado 5 años, puedes demandar. Pero cuanto antes, mejor.

¿Puedo reclamar si el comprador es una sociedad?
Sí. Las empresas también están obligadas a cumplir. Y si hay fraude, se puede reclamar incluso a los administradores personalmente.

¿Qué ocurre si el notario no incluyó todo en la escritura?
La escritura es una prueba más, pero puedes aportar documentación adicional para reforzar tu reclamación.

¿Y si el comprador ha vendido mi parte sin pagarme antes?
Podríamos hablar de doble venta, simulación o incluso estafa. Se analiza caso a caso.


No dejes que el silencio destruya tus derechos

Has sido prudente. Cediste tu parte. Actuaste legalmente. No puedes permitir que tu ex socio o comprador te deje atrás.

La ley está de tu lado. Y en JR Abogados te ofrecemos la experiencia, la fuerza legal y el compromiso necesarios para recuperar lo que te pertenece.

📞 Actúa ya. No dejes pasar ni un día más:

vendiste.empresa.y.ahora.te.ignoran
vendiste.empresa.y.ahora.te.ignoran

Vendiste tu parte. Cumpliste.
Ahora es momento de reclamar lo que te deben.
Con un abogado experto, sí puedes recuperar tu dinero.