Por qué la vía penal casi nunca es la primera solución (y cuándo sí lo es)
Cuando el inquilino deja de pagar y, además, no tiene bienes conocidos, es normal que el propietario piense en “ponerlo en lo penal”. Sin embargo, el impago de la renta es, por regla general, un incumplimiento civil, no un delito. La vía penal solo entra en escena en supuestos muy específicos (estafa con engaño bastante, daños dolosos cuantiosos, coacciones, usurpación tras la resolución, etc.). Antes de llegar ahí, existen vías efectivas, rápidas y seguras para recuperar la posesión y maximizar la posibilidad de cobro, aun cuando el arrendatario sea insolvente hoy.
El objetivo de esta guía es marcar una estrategia completa, desde el primer impago hasta el lanzamiento, incluyendo medidas cautelares, opciones extrajudiciales con fuerza ejecutiva, acciones contra garantes y técnicas de averiguación patrimonial que suelen pasarse por alto. Está escrita desde la perspectiva del propietario que quiere actuar con cabeza, rapidez y prueba sólida.
Mapa de decisiones: qué hacer desde el primer día
- Día 1–5 del impago
- Verifique qué dice el contrato (vencimiento, intereses, garantías adicionales, causas de resolución).
- Compruebe si hay fiador/avalista solidario y/o garantías adicionales (depósito, fianza adicional, seguro de impago).
- Revise si existen indicios de subarriendo o cesión no consentidos.
- Día 5–10
- Burofax de requerimiento de pago y advertencia de resolución de contrato.
- Ofrecimiento MASC/oferta vinculante confidencial con propuesta de pago y entrega de llaves en fecha.
- Día 10–30
- Si no hay pago ni acuerdo, demanda de desahucio por falta de pago con acumulación de rentas.
- Solicite medidas cautelares si concurren riesgos (embargo preventivo si hay bienes, anotaciones, etc.).
- Durante el proceso
- Active acciones frente al fiador/avalista.
- Reúna pruebas de subarriendo o uso inadecuado (refuerzan la resolución).
- Prepare inventario de daños (pericial si procede).
- Pida averiguación patrimonial tras la sentencia si no hay pago voluntario.
- Tras el lanzamiento
- Liquidación de daños y rentas pendientes, ejecución y vigilancia de cobro en el tiempo.
- Comunicación a ficheros de morosidad si procede y es útil como presión lícita.
- Acciones complementarias: cesión del crédito, acuerdo notarial de pago, o archivo estratégico sin renunciar al cobro futuro.
Alternativas reales antes de la vía penal
1) Estrategia extrajudicial escalonada: presión legal sin encallar el proceso
A. Burofax con requerimiento e intención resolutoria
El burofax con certificación de contenido es la pieza clave. Incluya:
- Identificación del contrato, rentas debidas y desglose actualizado (cuota, suministros si contractualmente son del inquilino, intereses devengados).
- Plazo breve y concreto para el pago (p. ej., 7 días hábiles).
- Advertencia clara de resolución contractual por incumplimiento y demanda de desahucio si no se atiende.
- Oferta de entrega de llaves con lectura de contadores y acta fotográfica para minimizar daños y acelerar la recuperación.
- Conservación de la fianza contractual conforme a contrato y LAU, con liquidación final cuando proceda.
B. Oferta MASC/oferta vinculante confidencial
Antes de demandar, plantee una propuesta estructurada:
- Calendario de pagos realista con vencimiento anticipado si incumple una sola cuota.
- Entrega pactada de llaves en fecha y estado, con inventario y renuncia a enervación (si legalmente procede y está bien articulado) a cambio de quita parcial de deuda.
- Reconocimiento de deuda con fuerza ejecutiva: priorice mecanismos que permitan ejecución directa si incumple (acuerdo de mediación elevado a ejecutivo, escritura pública, póliza intervenida, conciliación con avenencia).
- Cláusula de confidencialidad y no oposición al lanzamiento en su caso.
Esta escalada ordenada cierra puertas a defensas oportunistas y refuerza su posición si termina en juzgado.
2) Desahucio por falta de pago con acumulación de rentas: recuperar la posesión sin dilación
Cuando el inquilino no paga y no hay margen real de acuerdo, la vía principal es el desahucio por falta de pago. Puntos clave:
- Acumulación de rentas vencidas y, si la ley vigente lo permite, liquidación de rentas futuras hasta la entrega efectiva.
- Control de la enervación: si ya enervó antes o si el requerimiento fehaciente concedió plazo suficiente, la enervación no procede.
- Solicite señalamiento de lanzamiento en el primer decreto y oposición limitada del demandado (evita dilaciones).
- Aporte cuadro de rentas con cálculo de intereses pactados o legales y prueba de suministros impagados cuando sean de su cargo contractual.
Ventaja decisiva: recupera la vivienda, que es lo que detiene la sangría. El cobro total puede no ser inmediato, pero cada mes que pase sin recuperar la posesión multiplica el daño económico.
3) Medidas cautelares civiles: proteger lo cobrable
Aunque el arrendatario se declare “insolvente”, no lo dé por hecho. Solicite, si hay indicios:
- Embargo preventivo de saldos, vehículos o derechos, cuando se identifiquen activos.
- Anotación preventiva en registros si procede (p. ej., si hay constancia de un derecho inscribible).
- Retención de la fianza contractual de forma justificada y documentada (daños, rentas, suministros).
- Prueba anticipada (acta de estado del inmueble) si sospecha daños relevantes.
Estas medidas no siempre son viables (exigen apariencia de buen derecho y peligro en la demora), pero si se conceden, cambian el tablero.
4) Acción inmediata contra el fiador o avalista solidario
Si su contrato prevé fiador/avalista solidario, active ya la reclamación:
- La solidaridad permite ir directamente contra el garante sin agotar la vía frente al arrendatario.
- Requiera por burofax al fiador con desglose de deuda y plazo breve.
- Demande conjuntamente (arrendatario + fiador) o solo al fiador si su objetivo es cobrar sin esperar a la recuperación de la posesión.
- Si el fiador tiene nómina, el embargo de salarios (con límites legales) funciona.
Muchos propietarios no activan al fiador por desconocimiento o por “pena”. Es un error: el fiador firmó para esto.
5) Investigación patrimonial y ejecución inteligente: hoy insolvente, mañana quizá no
La insolvencia es fotografía, no película. Puede cambiar. Tras sentencia o acuerdo ejecutivo:
- Solicite averiguación patrimonial judicial (información de cuentas, vehículos, empleador, prestaciones).
- Embargo de salarios con los límites legales: sobre el exceso del SMI y por tramos crecientes.
- Embargo periódico: si hoy no hay saldo, el mandamiento sigue vivo; mañana sí puede haberlo.
- Embargo de devoluciones tributarias y créditos frente a terceros (p. ej., plataformas si hay actividad autónoma).
- Control de prescripción: no deje morir el título; renueve actuaciones para mantener viva la ejecución.
La ejecución sostenida en el tiempo consigue cobro diferido cuando la situación económica del deudor mejora.
6) Acuerdos con fuerza ejecutiva: cobre sin pleitear dos veces
Si el inquilino está dispuesto a entregar llaves y reconocer deuda, convierta ese reconocimiento en un título ejecutivo:
- Escritura pública de reconocimiento de deuda y plan de pagos.
- Acta de conciliación con avenencia.
- Acuerdo de mediación que permita ejecución directa si incumple.
- Póliza intervenida por corredor de comercio colegiado cuando proceda.
Añada:
- Cláusula de vencimiento anticipado por un solo impago.
- Domiciliación y autorización de cargo.
- Cláusula penal moderada para desincentivar el incumplimiento.
- Entrega inmediata de llaves con acta, inventario y lectura de contadores.
Con esto, si falla el plan de pagos, no re-litigará la deuda: irá a ejecución.
7) Seguro de impago, cesión de crédito y otras palancas
- Seguro de impago de alquiler: revise póliza, plazos de comunicación y documentación exigida (actas, burofax, demanda). Puede salvar una mala situación.
- Cesión del crédito: si el tiempo y la ansiedad le cuestan dinero, ceda la deuda a un tercero (con o sin recurso). No recuperará el 100%, pero monetiza ya.
- Acuerdo con empresa de recobro: a éxito o mixto. Útil cuando no quiere gestionar la ejecución a largo plazo.
- Crédito litigioso: también se puede vender mientras está en curso (con las cautelas legales).
8) Subarriendo, cesión y ocupación de hecho: cortar fugas legales
Si además del impago detecta terceros en la vivienda:
- Subarriendo no consentido/cesión: refuerza la resolución. Recopile prueba digital (anuncios, mensajes, reservas) y testifical de vecinos.
- Ocupación de hecho tras la resolución: en ese punto, la posesión deviene ilegítima; acelere lanzamiento y, si concurren elementos, valore vía penal por usurpación o coacciones.
- Daños intencionales o enganche ilegal de suministros: documente con pericial, actas notariales, fotografías y partes de la compañía. Aquí la vía penal puede ser procedente, con cautelas probatorias.
9) Impago de suministros: cómo documentar y reclamar
Cuando el contrato asigna suministros al inquilino:
- Aporte contratos/recibos y facturas.
- Haga lectura de contadores a la entrada y a la salida (acta o fotografías con fecha).
- Incluya estos importes en su reclamación civil (y en ejecución), junto con intereses.
Evite cortar suministros por su cuenta: puede situarle en riesgo de acciones por el inquilino. Hágalo legal y trazable.
10) ¿Cuándo sí valorar la vía penal?
No por el mero impago. Sí puede tener encaje penal cuando:
- Estafa: hubo engaño bastante desde el inicio para obtener la posesión (identidad falsa, nóminas manipuladas, referencias inexistentes con artificio, etc.).
- Daños dolosos de entidad (no el mero desgaste), con intencionalidad y valoración pericial.
- Coacciones: impedir al propietario el uso legítimo de su inmueble mediante violencia o intimidación.
- Usurpación: permanencia sin título tras la resolución/desahucio en supuestos que encajen penalmente.
Aun así, la vía penal no le devuelve la vivienda más deprisa que el desahucio; úsela como complemento cuando haya verdaderos hechos delictivos y prueba bastante.
Tácticas que acortan plazos (y las que los alargan)
Lo que sí acelera
- Burofax temprano, claro y completo.
- Oferta MASC con salida ordenada: entrega de llaves + reconocimiento de deuda ejecutivo.
- Demanda de desahucio con acumulación de rentas e inclusión de cuadro detallado.
- Señalamiento de lanzamiento desde el inicio.
- Acción paralela contra el fiador.
- Acta de estado del inmueble para evitar discusiones posteriores.
- Gestión proactiva de la ejecución (embargos selectivos, seguimiento de variación patrimonial).
Lo que ralentiza (evítelo)
- Esperar meses antes del primer requerimiento.
- Negociaciones informales por WhatsApp sin rastro legal.
- Demandas incompletas o sin prueba básica (contrato, burofaxes, cuadro de rentas).
- Confiar en promesas de pago indefinidas.
- No activar al fiador por “no molestar”.
- No documentar daños ni suministros.
Guion práctico de documentos (checklist)
- Contrato y anexos (garantías, inventario, cláusulas especiales).
- Justificante de entregas de llaves/estado inicial, fotos/acta.
- Cuadro de rentas y suministros (Excel): fechas, importes, intereses.
- Burofax de requerimiento con certificación de contenido.
- Oferta MASC/oferta vinculante con calendario y fuerza ejecutiva (si hay avenencia).
- Demanda de desahucio con acumulación de rentas.
- Acta de estado de salida (si hay entrega voluntaria) o inventario para daños tras lanzamiento.
- Liquidación final: fianza, suministros, daños, limpieza, cerrajería, etc.
- Ejecución: embargos, averiguación patrimonial, seguimiento.
El papel del fiador: errores frecuentes que cuestan el cobro
- Creer que solo “respalda moralmente”: No. En fiador solidario, responde igual que el deudor.
- No requerirle por escrito: Requiera ya y documente recepción.
- Pactar quitas sin incluirle: Involúcrelo en cualquier acuerdo o se resentirá la ejecutabilidad contra él.
- No investigar su patrimonio: Nómina, bienes, vehículos. A veces el fiador sí es solvente.
¿Y si el inquilino es realmente insolvente?
Aun así, actúe:
- Recupere la posesión lo antes posible (desahucio).
- Tenga un título ejecutivo de la deuda (sentencia, acuerdo con fuerza ejecutiva).
- Embargos periódicos a futuro (nómina, cuentas, devoluciones de Hacienda).
- Valoración de cesión del crédito si prefiere liquidez rápida.
- Comunicación a ficheros de morosidad (cumpliendo la normativa de protección de datos y requisitos de veracidad/notificación).
La clave es cerrar la sangría hoy y mantener viva la opción de cobro mañana.
Impago + subarriendo: multiplicador de fuerza resolutoria
Si hay impago y al mismo tiempo subarriendo o cesión no consentida:
- Refuerza causa de resolución.
- Puede abrir otras vías (responsabilidad frente a terceros que han ocupado sin título válido).
- Incrementa la presión negociadora: entrega de llaves inmediata a cambio de quita moderada como única salida.
Documente con capturas, reservas, testimonios, y solicite al juzgado que incorpore estas pruebas.
Daños y desperfectos: no lo deje para “después”
- Haga un inventario fotográfico de entrada y salida.
- Si prevé conflicto, pericial o acta notarial.
- En la demanda, acumule reclamación de rentas y daños si están cuantificados; o resérvese la acción de daños para una liquidación posterior en pieza separada o procedimiento específico.
- Guarde facturas de cerrajería, limpieza, pintura, reposición de electrodomésticos, etc.
Errores que cometen muchos propietarios (y cómo evitarlos)
- Tolerar tres o cuatro meses de impago antes de moverse.
- Solución: Burofax al primer impago y cronograma firme.
- Negociar por WhatsApp sin rastro legal.
- Solución: Tras cada conversación, documento formal (email/burofax) confirmando lo hablado.
- No reservarse la acción de daños o no cuantificarlos.
- Solución: Documente, perite si hace falta y reclame.
- Desconocer que el fiador responde solidariamente.
- Solución: Acción directa contra fiador desde el inicio.
- No pensar en la ejecución hasta que llega la sentencia.
- Solución: Prepare matriz de embargos y vigilancia futura.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cortar suministros para forzar la salida?
No. Es arriesgado y puede volverse en su contra. Siga la vía legal.
¿Qué pasa si el inquilino ofrece ir pagando “cuando pueda”?
Concreción o nada: calendario, reconocimiento de deuda y fuerza ejecutiva. Si no, es pérdida de tiempo.
¿La vía penal me saca al inquilino antes?
No necesariamente. Lo que le devuelve la vivienda es el desahucio. La penal solo tiene sentido cuando hay delito real y prueba sólida.
¿Sirve de algo demandar si no tiene nada a su nombre?
Sí: hoy puede ser insolvente, mañana no. Un título ejecutivo le permite cobrar con el tiempo y embargar cuando haya ingresos o bienes.
¿Puedo pedir medidas cautelares si “creo” que tiene dinero?
Necesita indicios y justificar peligro en la demora. Cuando proceden, son muy útiles.
¿Cómo funciona la enervación del desahucio?
Si ya enervó antes o si cumplió los requisitos del requerimiento fehaciente previo, no cabe. Cuide ese requerimiento para cerrar la puerta.
Guía de actuación en 30 días (paso a paso)
Día 1–3
- Revisión contractual integral y verificación de garantías.
- Preparación del cuadro de deuda (rentas, suministros, intereses).
- Borrador de burofax y oferta MASC.
Día 4–7
- Envío de burofax con certificación de contenido.
- Envío de oferta MASC: calendario + entrega de llaves + reconocimiento con fuerza ejecutiva.
Día 8–15
- Si no hay respuesta útil: demanda de desahucio con acumulación de rentas.
- Valoración de medidas cautelares (si hay bienes o riesgo).
Día 16–30
- Acción contra fiador en paralelo.
- Preparación de pruebas de daños y, si aplica, subarriendo.
- Estrategia de ejecución preconfigurada (embargos, averiguación patrimonial).
Modelo orientativo de burofax (esqueleto)
Asunto: Requerimiento de pago y advertencia de resolución contractual
Contrato: Arrendamiento de vivienda/local suscrito en fecha []
Deuda actualizada a [fecha]:
– Rentas: [mes/importe]
– Suministros: [detalle/importe]
– Intereses conforme a cláusula []/interés legal
Total: [___] €Plazo de pago: 7 días hábiles desde recepción.
Medios de pago: Transferencia a [IBAN], indicando concepto.Advertencia: De persistir el impago, se tendrá por resuelto el contrato por incumplimiento, iniciando desahucio por falta de pago con acumulación de rentas y cuantas acciones correspondan, incluidas frente a fiador/avalista.
Salida ordenada (opción alternativa):
Proponemos entrega de llaves en fecha [___], con lectura de contadores, y plan de pagos adjunto. De aceptarse, se formalizará reconocimiento de deuda con fuerza ejecutiva.Firma y fecha.
(Ajuste el texto a su contrato y circunstancia. Lo esencial es la claridad, el plazo y la advertencia de resolución).
Medidas cautelares: cuándo y cómo pedirlas
- Embargo preventivo: procede si hay apariencia de buen derecho (contrato, impago claro) y riesgo de que se frustre la ejecución (por ejemplo, movimientos de bienes).
- Anotación preventiva: útil cuando hay derechos inscribibles vinculados al deudor.
- Prohibición de disponer: excepcional, pero contemplable en escenarios de fraude.
Consejo: No pida cautelares “por pedir”. Argumente y documente el peligro en la demora; aumenta mucho las opciones de concesión.
Protección probatoria: lo que no se ve, no existe
- Fotos y vídeos con fecha del estado del inmueble.
- Correos de lectura de contadores y actas al entregar/recibir llaves.
- Facturas de todo gasto que quiera reclamar.
- Capturas de subarriendo (conservadas con herramientas de evidencia digital cuando sea posible).
- Registro de comunicaciones (burofaxes, emails).
Esta capa probatoria, bien ordenada, evita “su palabra contra la mía” y abre la puerta a costas a su favor.
Escenarios especiales
Inquilino vulnerable
La vulnerabilidad puede afectar plazos y exigir comunicación con servicios sociales. Cumpla los trámites, sin frenar su acción: el objetivo sigue siendo recuperar la posesión.
Alquiler de temporada o de habitación
En estos contratos, el incumplimiento suele ser más rápido de acreditar. Documente el uso real (no vivienda habitual) y exija entrega de llaves en fecha.
Vivienda heredada con inquilino moroso
Notifique subrogación o adquisición de la propiedad con documentos y reclame lo debido desde su adquisición, sin renunciar a lo anterior si procede conforme a derecho. Si decide no renovar, comuníquelo en plazo y por burofax.
Estrategia emocional y de negociación: firmeza con puerta de salida
- Tone of voice: sereno, jurídico, sin amenazas vacías.
- Ofrezca siempre una “salida”: entrega de llaves + plan de pagos.
- Sea coherente: lo que ofrece en MASC debe poder convertirse en ejecutivo.
- Cierre ventanas a dilaciones: plazos cortos y consecuencias claras.
La experiencia demuestra que muchos inquilinos aceptan entregar llaves si ven un camino honorable y posible para no cargar con una deuda eterna.
Cronología del desahucio bien planteado
- Requerimiento fehaciente + MASC (10–15 días).
- Demanda con acumulación de rentas y petición de lanzamiento.
- Decreto de admisión con fecha de audiencia y lanzamiento.
- Oposición limitada (si la hay) y sentencia/decreto.
- Lanzamiento y acta de estado.
- Ejecución por cantidades y seguimiento de embargos.
Cada juzgado tiene sus tiempos, pero una demanda sólida y una gestión proactiva evitan meses de retraso.
Conclusión: cómo ganar tiempo, recuperar la vivienda y no renunciar al cobro
Ante un inquilino insolvente, el camino más inteligente no es correr a lo penal:
- Requerir y ofrecer una salida ejecutiva,
- Desahuciar con acumulación de rentas,
- Activar al fiador y cautelares cuando proceda,
- Ejecución sostenida en el tiempo,
- Opciones de monetización (seguro, cesión de crédito) si prefiere liquidez.
Actúe rápido, documente todo, y construya una posición de fuerza jurídica desde el primer impago. Esa es la diferencia entre perder meses y recuperar el control de su inmueble con el menor daño posible.
