No recibes la pensión de tus hijos: así funciona el requerimiento formal para cobrarla

Cuando un juez fija una pensión de alimentos para tus hijos, lo hace pensando en garantizar su bienestar, no en que se convierta en una promesa vacía. La ley es clara: esa pensión es obligatoria y debe pagarse puntualmente cada mes, independientemente de los conflictos personales entre los progenitores.

Sin embargo, en JR Abogados vemos cada semana cómo muchos padres o madres dejan de cumplir con esta obligación, perjudicando directamente a los menores. Si este es tu caso, no tienes por qué esperar ni un mes más: un requerimiento formal puede ser el primer paso para recuperar lo que tus hijos necesitan y forzar al deudor a cumplir.


📌 La pensión de alimentos: un derecho irrenunciable de los hijos

Es importante dejar claro que la pensión de alimentos no es un favor ni una ayuda voluntaria, sino una obligación legal que:

  • Está fijada por sentencia judicial o convenio regulador aprobado por un juez.
  • Se destina exclusivamente a cubrir las necesidades de los hijos menores o mayores de edad que no sean independientes económicamente.
  • Incluye vivienda, alimentación, vestimenta, estudios, atención médica y otros gastos esenciales.

Fundamento legal:

  • Artículo 93 del Código Civil: Obliga al juez a establecer la contribución de cada progenitor a los gastos de los hijos.
  • Artículo 142 CC: Define los alimentos en sentido jurídico amplio.
  • Artículo 154 CC: Los padres tienen el deber de velar por sus hijos, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.

🚨 Qué hacer ante el primer impago

Muchos padres y madres esperan varios meses antes de actuar, con la esperanza de que el otro progenitor se ponga al día. Pero cada mes que pasa sin reclamar es un mes que se pierde en recursos para los hijos y un mes más de ventaja para el deudor.

En JR Abogados siempre recomendamos:

  1. Actuar desde el primer mes de impago.
  2. Documentar la falta de pago (extractos bancarios, recibos, etc.).
  3. Usar un requerimiento formal como primer paso antes de iniciar medidas judiciales.

📜 Qué es un requerimiento formal y por qué es tan efectivo

Un requerimiento formal es una comunicación fehaciente —normalmente un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo— en la que:

  • Se exige el pago de las mensualidades impagadas.
  • Se concede un plazo breve para pagar.
  • Se advierte de que, si no se cumple, se acudirá al juzgado para ejecutar la sentencia.

Ventajas clave:

  • Prueba legal sólida: Demuestra que el deudor fue informado de la deuda.
  • Interrupción de la prescripción: Evita que se pierda el derecho a reclamar pensiones atrasadas.
  • Efecto psicológico: Muchos deudores pagan para evitar un procedimiento judicial y posibles embargos.

⚖️ Base legal para el requerimiento

Aunque no es obligatorio enviar un requerimiento antes de demandar, está respaldado por:

  • Art. 581 LEC: La ejecución de sentencia dineraria se puede instar en cualquier momento mientras no haya prescrito la deuda.
  • Art. 570 LEC: La ejecución se mantiene abierta hasta el pago total.
  • Art. 1966 CC: Las pensiones periódicas prescriben a los 5 años.

🛠 Cómo lo preparamos en JR Abogados

Nuestra experiencia nos dice que un requerimiento genérico tiene poco impacto. Por eso, en JR Abogados:

  • Incluimos el detalle exacto de cada mensualidad impagada.
  • Calculamos intereses moratorios desde la fecha de impago.
  • Citamos expresamente la sentencia que obliga al pago.
  • Advertimos de medidas concretas como el embargo de nómina, cuentas bancarias o bienes.

Este enfoque directo y contundente consigue que muchos deudores paguen sin llegar a juicio.


📈 Qué pasa si no paga tras el requerimiento

Si el deudor ignora el requerimiento:

  1. Presentamos demanda de ejecución de sentencia.
  2. Solicitamos embargos simultáneos de todas las fuentes de ingresos y bienes localizados.
  3. Incluimos intereses y costas judiciales, que incrementan la deuda.
  4. En casos graves, podemos denunciar por delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal).

🏛 Jurisprudencia que respalda esta estrategia

  • TS, 14/06/2018: La pensión de alimentos es prioritaria frente a cualquier otra deuda del progenitor obligado.
  • AP Madrid, 21/05/2019: El burofax con certificación de contenido es prueba fehaciente de requerimiento previo.
  • AP Valencia, 02/03/2021: El requerimiento previo puede reducir la oposición del deudor en la ejecución.

⚠️ Errores que debes evitar

  1. Esperar meses para actuar: El tiempo juega a favor del deudor.
  2. Reclamar solo de palabra: Los mensajes o llamadas no tienen la misma fuerza probatoria que un burofax.
  3. No calcular intereses: Puedes perder dinero que te corresponde.
  4. Negociar sin respaldo legal: Un acuerdo verbal no es garantía de pago.

📊 Actuar solo vs. con JR Abogados

SituaciónActuando por tu cuentaCon JR Abogados
Eficacia del requerimientoBaja. Puede ignorarlo sin consecuencias inmediatas.Alta. Redactado con fundamento legal y amenaza real de ejecución.
Tiempo de reacciónLento.Rápido. Se envía en 24-48h.
Pruebas en juicioDébiles o informales.Sólidas y válidas para ejecución.
ResultadoIncierto.Alta probabilidad de pago voluntario o forzoso.

❓ Preguntas frecuentes

¿Sirve el requerimiento para reclamar pensiones atrasadas?
Sí, y además interrumpe la prescripción de 5 años.

¿Y si el deudor alega que no puede pagar?
Mientras no haya modificación judicial, la obligación sigue vigente.

¿Es obligatorio enviar un requerimiento antes de demandar?
No, pero es muy recomendable por su valor probatorio y efecto disuasorio.

¿Qué pasa si no tiene bienes?
Se mantiene la ejecución y se cobrará en cuanto disponga de ingresos o patrimonio.


📞 Cada mes de impago es un perjuicio directo para tus hijos.
No lo dejes pasar: contacta con JR Abogados para que redactemos y enviemos el requerimiento que puede cambiar la situación.

📱 Teléfono: 647 33 52 43
🌐 https://jrabogados.es/
🌐 https://consultalegal.abogado/

En JR Abogados transformamos la reclamación en una presión legal real que obliga al deudor a moverse… y pagar.

Bloquear no basta: cómo un abogado puede parar el acoso de un chico que no te deja tranquila

Lo bloqueaste por WhatsApp.
Luego en Instagram.
Después en TikTok, en Telegram, incluso en Facebook, aunque ni lo usas.
Y aún así, sigue apareciendo.

Te escribe desde perfiles nuevos.
Te llama con número oculto.
Le ha pedido a amigos que te hablen.
Te deja mensajes pasivo-agresivos en publicaciones públicas.
Incluso ha vuelto a aparecer por tu zona, “casualmente”.

Y tú piensas:
“¿Cómo puede alguien a quien le dije claramente que no quiero nada más seguir insistiendo como si tuviera derecho a molestarme?”

La respuesta es sencilla: porque cree que puede hacerlo impunemente.
Y por eso bloquear no basta.
Porque mientras él crea que no hay consecuencias, no va a parar.

En JR Abogados sabemos cómo enfrentamos esto legalmente cada semana.
Y aquí te explicamos cómo un abogado penalista puede hacer que desaparezca de tu vida.


El acoso digital no se detiene con un bloqueo

Mucha gente —incluidas muchas víctimas— cree que el bloqueo es suficiente.
Pero el acosador digital va más allá:

  • Cambia de número de teléfono.
  • Crea cuentas falsas en redes.
  • Utiliza apps de terceros para enviarte mensajes.
  • Busca nuevas formas de seguir tu rastro digital.
  • Usa otros contactos para acceder a ti.
  • Publica indirectas o comentarios para llamar tu atención.

Y cada vez que lo hace, te roba algo:
🟥 Tu calma
🟥 Tu tiempo
🟥 Tu derecho a estar tranquila

Y si no actúas con herramientas legales, puede llegar a escalar hasta formas de acoso más graves.


¿Qué dice la ley?

El artículo 172 ter del Código Penal regula el delito de acoso (stalking).

Este delito se aplica a cualquier persona que, sin autorización, y de forma insistente y reiterada, altere la vida cotidiana de otra mediante:

  • Llamadas, mensajes o contacto digital repetido
  • Persecución física o digital
  • Espionaje en redes sociales
  • Creación de perfiles falsos para evadir bloqueos
  • Presión emocional o amenazas encubiertas

👉 Pena: de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses.

Y no necesitas ser su ex.
No necesitas haber tenido una relación.
No necesitas esperar a que te insulte o amenace.
Basta con que no quieras más contacto y él no lo respete.


¿Cómo saber si necesitas apoyo legal para frenarle?

Estas son señales claras de que bloquear ya no es suficiente y necesitas ayuda legal:

✅ Has bloqueado varias veces, pero sigue insistiendo por otras vías
✅ Te sientes observada, perseguida o incómoda
✅ Tus rutinas se ven afectadas (dejas de publicar, sales menos, cambias trayectos)
✅ Te escribe o llama desde otras cuentas o números
✅ Te genera ansiedad, insomnio, miedo o angustia
✅ Has pedido claramente que cese el contacto, y no lo ha hecho

Si algo de esto te suena familiar, estás viviendo una forma de violencia psicológica y digital.
Y necesitas parar antes de que vaya a más.


¿Qué puede hacer un abogado penalista por ti?

Un abogado no solo te escucha: te defiende, actúa y te protege.
En JR Abogados, te guiamos en cada paso con eficacia y sin exponerte más de lo necesario.

✅ 1. Redactamos un burofax legal

Este es el primer paso disuasorio más potente.

Un burofax con requerimiento de cese de acoso:

  • Deja constancia fehaciente de tu negativa
  • Informa al acosador de que está incurriendo en un posible delito
  • Le advierte que, si no cesa, interpondremos denuncia penal
  • Se firma por abogado y se envía con acuse de recibo y contenido certificado
  • Es una prueba clave en caso de juicio

👉 Puedes solicitarlo en https://burofaxabogado.es

💥 En la mayoría de los casos, el acosador para en seco tras recibir este documento.

✅ 2. Presentamos denuncia penal

Si el burofax no detiene su comportamiento, te acompañamos en la denuncia ante:

  • Policía Nacional
  • Guardia Civil
  • Juzgado de Guardia

Y solicitamos medidas inmediatas:

🔐 Orden de alejamiento
📵 Prohibición de contacto por cualquier medio
🚫 Medidas cautelares para proteger tu domicilio o trabajo
📲 Eliminación de perfiles falsos o publicaciones ofensivas
👮‍♂️ Incluso prisión preventiva si hay reincidencia o riesgo


¿Y si no tengo todos sus datos?

Muchas mujeres dudan porque no tienen:

  • Su domicilio
  • Su apellido
  • Su número exacto
  • Su DNI

No te preocupes. Con el nombre o los datos de contacto digital, podemos identificarlo legalmente:

✅ A través de operadores de telefonía
✅ Mediante orden judicial a plataformas digitales
✅ Solicitando datos desde redes sociales si hay denuncia formal
✅ Vía notificación por edictos o requerimiento sustitutivo

En JR Abogados nos encargamos de localizarle legalmente si intenta esconderse.


¿Y si me da miedo denunciar?

Es normal.
Pero el miedo no se combate con silencio.
Se combate con acción legal contundente.

Y lo hacemos contigo:

  • Sin que tengas que enfrentarte a él
  • Con total confidencialidad
  • Protegiendo tu imagen y tus datos
  • Llevando tu caso con firmeza desde el primer minuto

¿Qué conseguimos en JR Abogados?

✅ Revisión urgente de tu caso
✅ Redacción de burofax en menos de 24 h
✅ Contacto directo con Fiscalía si hay riesgo
✅ Acompañamiento completo en comisaría o juzgado
✅ Representación penal integral hasta el final del proceso

📞 Escríbenos o llama hoy:
👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado


¿Qué pasa si no haces nada?

👉 Te vas a seguir sintiendo incómoda, ansiosa y atrapada.
👉 Él va a seguir creyendo que tiene derecho a insistir.
👉 La situación puede escalar (y mucho): de lo digital a lo físico.
👉 Podrías llegar a necesitar protección urgente… que podrías haber pedido antes.

No esperes a que sea más grave.
Actuar a tiempo es tu mejor escudo.


Preguntas frecuentes

¿Aunque solo quedamos una vez, puedo denunciar?

Sí. No necesitas una relación formal. Solo necesitas haberle dicho que no quieres más contacto y que él insista.

¿Es suficiente un burofax?

En muchos casos, sí. Pero si no lo es, sirve como prueba y base legal sólida para la denuncia penal.

¿Y si es menor de edad?

La Ley del Menor también contempla el delito de acoso. Y tú tienes derecho a pedir protección igual.

¿Qué pasa si usa cuentas falsas?

Las plataformas pueden ser obligadas judicialmente a revelar IP, correo y número vinculado.
Además, la insistencia a través de terceros o perfiles falsos suma agravantes al delito.


Conclusión: tu “no” tiene fuerza legal. Y nosotros lo hacemos valer.

Bloquear no basta.
Porque él sabe crear nuevos caminos digitales para molestarte.
Pero tú tienes una ventaja que él no espera:
✅ Un abogado.
✅ Un burofax.
✅ Una denuncia bien fundamentada.
✅ Y el Código Penal de tu lado.

Hoy puedes dejar de vivir con miedo.
Hoy puedes recuperar tu tranquilidad.
Hoy puedes actuar con ayuda legal firme y sin exponerte sola.

📩 Escríbenos ya:
👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado
👉 https://burofaxabogado.es

Burofax al inquilino moroso: por qué es clave antes del desahucio

burofax.abogado.legal

Tu inquilino ha dejado de pagar. Al principio fue un retraso, luego una excusa… y ahora ni paga, ni responde, ni se marcha. El miedo, la frustración y la impotencia empiezan a crecer. Lo que muchos propietarios desconocen es que enviar un burofax al inquilino moroso puede ser el primer paso decisivo para recuperar su vivienda, incluso antes de llegar a juicio.

En este artículo te explicamos qué es un burofax, por qué es clave legalmente, qué debe contener y cómo puede ayudarte a recuperar tu piso más rápido.


⚖️ ¿Qué es un burofax y por qué es importante?

El burofax es un medio de comunicación certificada y fehaciente que permite:

  • Dejar constancia legal de que has reclamado el pago
  • Acreditar que el inquilino ha recibido el aviso
  • Iniciar formalmente el proceso de desahucio por impago
  • Interrumpir la prescripción de la deuda
  • Evitar excusas posteriores del inquilino (“no sabía nada”, “no me avisó”)

🛡️ En términos legales, es tu primera línea de defensa ante el impago.


🧾 ¿Qué debe contener un buen burofax al inquilino moroso?

  1. Identificación clara del arrendador y del inquilino
  2. Datos del contrato de arrendamiento
  3. Enumeración de las mensualidades impagadas
  4. Requerimiento de pago urgente en un plazo (habitualmente 10 días)
  5. Advertencia de que, si no paga, se presentará demanda de desahucio
  6. Opción de resolver el contrato por incumplimiento
  7. Firma del remitente y fecha

👉 Este burofax puede ser redactado por ti mismo, pero lo ideal es que lo firme un abogado especializado, ya que eso añade peso legal y disuasorio.


⏳ ¿Cuándo es el mejor momento para enviarlo?

Tan pronto como se produzca el primer impago confirmado. No esperes meses.

La Ley de Arrendamientos Urbanos permite interponer demanda de desahucio desde el primer mes de impago. Pero el burofax previo demuestra:

✅ Que has actuado de buena fe
✅ Que has intentado resolver el problema sin ir a juicio
✅ Que el inquilino ha sido debidamente informado


🧠 ¿Qué pasa si el inquilino paga tras recibir el burofax?

Puede ocurrir, y de hecho sucede con frecuencia. El burofax bien redactado presiona legal y psicológicamente al inquilino, que sabe que, si no paga, lo siguiente es el desahucio judicial.

Ventaja: Recuperas las rentas y evitas un juicio largo y costoso.


❌ ¿Y si no responde ni paga?

Entonces el burofax actúa como prueba esencial para el procedimiento de desahucio. Es la herramienta que permite:

  • Acreditar el impago y la mora
  • Justificar la demanda judicial
  • Impedir al inquilino acogerse al “enervamiento” (esto es, pagar tarde y quedarse)

📌 Si no mandas el burofax, corres el riesgo de que el inquilino pague justo antes del juicio y siga en la vivienda.


🧨 ¿Y si el inquilino se niega a recoger el burofax?

No importa. Si no lo recoge o lo rechaza, Correos deja constancia del intento de entrega, y eso es prueba suficiente. Legalmente, se considera notificado.


🛡️ ¿Cómo actúa JR Abogados?

✔️ Redactamos un burofax legal, claro y contundente
✔️ Reclamamos las rentas impagadas con un plazo de pago
✔️ Ofrecemos opción de acuerdo o desalojo pactado
✔️ Si no hay respuesta, iniciamos desahucio exprés inmediato
✔️ Tramitamos todo el procedimiento hasta el lanzamiento

📞 Contacta ya al 647 33 52 43
🔗 https://jrabogados.es
🔗 https://burofaxabogado.es
🔗 https://consultalegal.abogado


💼 Casos reales que resolvimos con un solo burofax

  • 👩‍💼 Inquilino moroso de 3 meses. Tras recibir burofax redactado por JR Abogados, pagó en 72 horas y evitamos juicio.
  • 👨‍🦰 Vivienda ocupada por inquilino que ya ni respondía llamadas. El burofax legal surtió efecto: entregó llaves en 15 días tras asesoramiento legal.
  • 👩‍🦱 Inquilino con 5 meses de impago y negativa a salir. Tras burofax y demanda, recuperamos la vivienda en 4 meses con todos los pagos reclamados.

❓ Preguntas frecuentes

¿Puedo enviar un burofax yo mismo?
Sí, pero si lo redacta un abogado gana fuerza legal y disuasoria.

¿Qué cuesta enviar un burofax con abogado?
Desde 49 €. En JR Abogados te lo redactamos y gestionamos todo por ti.

¿Tengo que ir al juzgado después?
Solo si no paga. El burofax es el primer paso antes del juicio.


✅ Conclusión

El burofax es mucho más que una carta certificada. Es tu herramienta legal para forzar al inquilino moroso a pagar o marcharse, y el primer paso imprescindible antes de interponer demanda judicial.

No pierdas tiempo ni dinero. Actúa ya. En JR Abogados te ayudamos a recuperar tu vivienda con rapidez, legalidad y eficacia.

burofax.abogado.legal
burofax.abogado.legal

Préstamo sin papeles, problema seguro: cómo un abogado puede conseguir que te paguen

Cuando prestas dinero sin firmar un solo papel, lo haces porque confías. Un familiar, un amigo de toda la vida, un compañero de trabajo que te promete que “la semana que viene te lo devuelvo”. Y en ese momento, un contrato parece innecesario.

Pero la realidad es que la confianza sin respaldo escrito se convierte en terreno peligroso cuando la devolución no llega. Y, aunque muchos piensan que “sin papeles no hay nada que hacer”, en JR Abogados llevamos más de 25 años demostrando que sí se puede reclamar un préstamo sin contrato… y ganarlo.


El riesgo real de un préstamo sin contrato

Un préstamo sin documentos firmados es legal, pero tiene un problema: si el deudor decide no pagar, la carga de la prueba recae sobre ti. Y demostrar que el dinero era un préstamo y no un regalo requiere estrategia, pruebas y rapidez.

Puntos de riesgo más comunes:

  • El deudor niega que exista la deuda.
  • Afirma que el dinero fue un regalo o pago por otro motivo.
  • Pasa el tiempo y la deuda prescribe (plazo de 5 años según el art. 1964 del Código Civil).
  • El deudor se insolventa o esconde bienes.

Lo que dice la ley: no todo está perdido

El Código Civil español reconoce la validez de los contratos verbales. Esto significa que, aunque no haya un documento firmado:

  • El préstamo es válido si hubo acuerdo entre las partes.
  • Puedes reclamarlo judicialmente si lo pruebas.
  • No es obligatorio que exista un testigo o un contrato escrito, aunque ayuda mucho.

Artículos clave:

  • Art. 1254 CC: El contrato existe desde que hay acuerdo.
  • Art. 1278 CC: Los contratos son obligatorios cualquiera que sea su forma.
  • Art. 1753 CC: El préstamo obliga a devolver la cantidad entregada.
  • Art. 1964 CC: Plazo de prescripción de 5 años para reclamar.

Cómo un abogado puede convertir tu palabra en una reclamación ganadora

En JR Abogados seguimos un plan de acción probado para reclamar deudas sin papeles. Nuestro objetivo no es solo ganar el caso, sino recuperar tu dinero lo antes posible.


1️⃣ Localizar y reforzar las pruebas

Incluso sin contrato, puedes tener evidencias como:

  • Transferencias bancarias con concepto “préstamo” o similar.
  • Mensajes de WhatsApp, SMS o correos donde el deudor reconoce la deuda.
  • Testigos que puedan declarar que fue un préstamo.
  • Grabaciones legales donde el deudor admite la obligación de pago.
  • Movimientos bancarios coincidentes con la entrega del dinero.

🔹 En JR Abogados sabemos dar valor probatorio a documentos que el cliente pensaba que “no servían para nada”.


2️⃣ Dar el primer golpe: requerimiento fehaciente

El burofax con certificación de contenido es el paso que cambia el juego:

  • Interrumpe el plazo de prescripción.
  • Genera presión psicológica en el deudor.
  • Sirve como prueba de que reclamaste formalmente.

En muchos casos, este simple paso ha hecho que el deudor pague para evitar llegar a juicio.


3️⃣ Procedimiento monitorio: rápido y eficaz

Si tenemos prueba documental mínima, iniciamos un procedimiento monitorio:

  • El juez notifica al deudor y le da 20 días para pagar.
  • Si no contesta, pedimos ejecución y embargo directo.
  • Si se opone, pasamos a juicio con toda la artillería probatoria.

4️⃣ Juicio verbal u ordinario

Cuando el deudor intenta defenderse alegando que fue un regalo, entramos en juicio:

  • Presentamos pruebas y testigos.
  • Usamos jurisprudencia que respalda que un préstamo verbal es reclamable.
  • Buscamos sentencia favorable con condena en costas.

5️⃣ Embargo y cobro

Si el deudor no paga voluntariamente:

  • Embargamos cuentas, nóminas, pensiones, coches o inmuebles.
  • Investigamos bienes ocultos mediante herramientas legales.
  • Solicitamos medidas cautelares si hay riesgo de que se deshaga de su patrimonio.

El impacto psicológico: la gran ventaja

El deudor suele pensar que, al no haber contrato, está a salvo. Por eso:

  • Baja la guardia.
  • Deja rastros en mensajes o conversaciones.
  • No espera recibir una demanda formal.

Cuando recibe un requerimiento o notificación judicial sólida, la reacción más común es negociar y pagar para evitar consecuencias mayores.


Casos reales de JR Abogados

  • 8.000 € a un sobrino: Solo había WhatsApps y un ingreso bancario. Pagó tras recibir nuestro burofax.
  • 12.500 € a un amigo de infancia: Alegó que era un regalo. Ganamos el juicio con testigos y extractos bancarios.
  • 3.200 € a un compañero de trabajo: Pagó tras iniciar el monitorio y antes de la vista.

Preguntas frecuentes

¿Se puede reclamar aunque hayan pasado años?
Sí, mientras no hayan pasado más de 5 años desde que venció el plazo de pago.

¿Y si el deudor vive en otra provincia?
Podemos reclamar igual, adaptando el procedimiento al partido judicial correspondiente.

¿Sirven solo los mensajes como prueba?
Sí, pueden ser válidos si reconocen claramente la deuda.

¿Cuánto tarda el proceso?
Depende del caso, pero muchos se resuelven en meses.


Jurisprudencia que nos respalda

  • TS, 14 de julio de 2016: Reconoce validez de transferencias y testigos como prueba de préstamo verbal.
  • AP Madrid, 26 de abril de 2019: WhatsApp admitido como prueba de reconocimiento de deuda.
  • AP Barcelona, 18 de febrero de 2021: Procede reclamación de préstamo sin contrato con pruebas indirectas.

Por qué elegir JR Abogados

  • 25 años recuperando deudas sin papeles.
  • Alta tasa de éxito incluso en casos complejos.
  • Estrategia adaptada para cada deudor.
  • Comunicación clara y acompañamiento legal de principio a fin.

📞 Si has prestado dinero sin contrato y no te lo devuelven, cada día que pasa es un día a favor del deudor.
Llámanos ahora al 647 33 52 43 o escríbenos:
🌐 https://jrabogados.es/
🌐 https://consultalegal.abogado/

En JR Abogados, convertimos la aparente debilidad de un préstamo sin papeles en la fuerza legal que hará que te paguen.

Actuar por tu cuenta vs. Reclamar con JR Abogados

SituaciónActuando soloCon JR Abogados
Probabilidad de recuperar el dineroBaja. El deudor sabe que no tienes conocimientos legales y puede ignorarte.Alta. Estrategia probada en más de 25 años de experiencia en reclamaciones sin contrato.
PruebasUsas solo lo que crees válido, sin criterio jurídico, y puedes dejar escapar pruebas clave.Analizamos cada detalle: transferencias, mensajes, testigos, grabaciones… y las convertimos en prueba sólida ante el juez.
Tiempo de resoluciónLento. El deudor gana tiempo y la deuda puede prescribir.Rápido. Usamos burofax y procedimientos judiciales que acortan plazos y frenan la prescripción.
Presión sobre el deudorMínima. Puede ignorarte sin consecuencias inmediatas.Máxima. Un burofax o una notificación judicial de JR Abogados cambia por completo su actitud.
Coste emocionalAlto. Estrés, llamadas ignoradas, promesas incumplidas.Bajo. Nos encargamos de todo y tú recibes información actualizada sin desgastarte.
ResultadosInciertos. Muchos casos acaban en pérdida total del dinero.Con alta probabilidad de cobro, incluso con embargo de bienes si no paga voluntariamente.

Actuar solo es dejar que el deudor siga ganando tiempo. Reclamar con JR Abogados es ponerle contra las cuerdas desde el primer día.


📞 No esperes a que la deuda prescriba o el deudor desaparezca.
Llámanos ahora al 647 33 52 43 o escríbenos:
🌐 https://jrabogados.es/
🌐 https://consultalegal.abogado/

3 errores que cometen el 90% de las personas al reclamar un préstamo sin papeles

1️⃣ Esperar “a ver si paga”

Cada semana que pasa sin reclamar formalmente es tiempo ganado para el deudor. El plazo de prescripción (5 años) corre desde el momento en que debía devolverte el dinero. Si lo dejas pasar, puedes perder el derecho a cobrar para siempre.


2️⃣ Confiar solo en la palabra del deudor

Frases como “no te preocupes, ya te pagaré” o “ahora no puedo, pero te lo doy el mes que viene” son las que más escuchamos… y que más clientes han lamentado creer.
Sin un requerimiento legal, esas promesas no valen nada.


3️⃣ Reclamar de forma incorrecta

Mandar mensajes improvisados, llamar insistentemente o amenazar puede volverse en tu contra.
El deudor podría usarlos en juicio para desacreditarte o incluso denunciarte.
En JR Abogados, cada paso que damos está pensado para sumar presión legal sin ponerte en riesgo.


💡 Conclusión:
Si quieres que el deudor te pague, necesitas combinar pruebas, estrategia y rapidez. Y eso se consigue con un abogado experto que sepa cómo sorprenderlo legalmente.


📞 Actúa hoy.
Cuanto antes nos llames, antes podremos frenar la prescripción y aumentar tus opciones de cobro.
Teléfono: 647 33 52 43
🌐 https://jrabogados.es/
🌐 https://consultalegal.abogado/

¿De verdad vas a ir solo al juicio? Lo que pasa cuando no llevas abogado… y el juez no perdona

Muchos piensan: «No necesito abogado, yo me explico bien» o «para lo que es, mejor me ahorro el dinero». Sin embargo, la realidad es que acudir a un juicio sin abogado puede costarte muy caro, tanto en dinero como en derechos perdidos.

En JR Abogados hemos visto casos donde el resultado del juicio fue devastador simplemente porque la persona decidió defenderse sola. El juez no está para ayudarte: el juez no perdona errores legales.


1. No conocer el procedimiento te deja en desventaja

Un juicio no es una conversación informal:

  • Hay plazos estrictos para presentar pruebas o alegaciones
  • Existen formalismos obligatorios que, si no cumples, pueden invalidar tu defensa
  • Debes conocer normas de admisibilidad de documentos y testigos

Ir sin abogado significa jugar un partido sin conocer las reglas.


2. El juez no puede ayudarte

Muchos creen que el juez va a ser comprensivo, pero la ley es clara:

  • El juez debe ser imparcial. No puede darte consejos ni corregirte
  • Si cometes un error procesal, no se va a subsanar por buena fe
  • Tu desconocimiento no paraliza el juicio ni te exime de consecuencias

3. Consecuencias reales de ir sin abogado

  • Pierdes el juicio por no oponerte correctamente
  • Admites sin querer hechos clave por desconocer cómo responder
  • Tus pruebas no se valoran por presentarlas fuera de plazo
  • Te condenan en costas (pagas al abogado de la otra parte)

Un error procesal puede hacerte perder incluso teniendo razón.


4. «Es solo un juicio pequeño…» Hasta que te condenan

Ya sea un juicio por:

  • Un desahucio
  • Una reclamación de cantidad
  • Una separación o custodia
  • Una acusación penal leve

No hay juicios sin consecuencias. Incluso un juicio «pequeño» puede generar:

  • Antecedentes penales
  • Embargos
  • Pérdida de derechos de visita
  • Manchas en tu historial de solvencia

5. Ir con abogado cambia todo

Un abogado:

  • Prepara la estrategia legal adecuada
  • Revisa que las pruebas sean válidas
  • Defiende tus derechos con conocimiento
  • Evita errores irreversibles

En JR Abogados luchamos cada día por personas que necesitan que su verdad no se pierda por un fallo técnico.

Consulta hoy mismo en jrabogados.es, o haz tu consulta inmediata en consultalegal.abogado. Si necesitas enviar una advertencia previa, usa nuestro servicio desde burofaxabogado.es.


Conclusión: sin abogado no estás defendido, estás desarmado

Un juicio no es lugar para improvisar. Ir solo puede salirte más caro que contratar ayuda legal.

Tu caso merece ser defendido con toda la fuerza de la ley. Y eso empieza con un buen abogado. JR Abogados está para protegerte.

No acepta que no quieres nada más: defensa legal para mujeres acosadas por redes o teléfono

Te fue simpático. Le diste una oportunidad. Quizá hablaste un par de veces por Instagram o incluso quedasteis una vez para tomar algo. Pero después tú tuviste claro que no querías seguir. Se lo dijiste educadamente, le dejaste claro que no había conexión o interés.

Y aún así…

  • Te sigue escribiendo.
  • Comenta tus publicaciones.
  • Te llama desde otros números cuando le bloqueas.
  • Se crea cuentas falsas para seguir viendo tus fotos o reaccionando a tus historias.
  • Te insiste por WhatsApp, Telegram, Facebook, incluso por email.

No entiende un «no».
Y tú, que solo querías pasar página, te encuentras con ansiedad, incomodidad y un miedo creciente.

En JR Abogados sabemos lo que se siente. Y lo más importante: sabemos cómo frenarlo legalmente antes de que te afecte más de lo que ya lo hace.


Acoso digital: la violencia que muchas mujeres normalizan sin querer

Lo más peligroso del acoso por redes o teléfono es que empieza con formas que parecen inofensivas:

  • Un mensaje “Hola, ¿cómo estás?”
  • Un “He visto que subiste una historia”
  • Un “¿De verdad no quieres volver a hablar?”
  • Un “Perdona, pero necesito que me escuches”

Pero cuando ese contacto se repite cada día, incluso después de que hayas dicho que no quieres seguir hablando, se convierte en una forma de violencia psicológica y emocional.

Y lo peor es que muchas mujeres no lo identifican como tal.
Sienten que exageran. Que no es para tanto. Que no ha hecho “nada malo”.

Hasta que el móvil se convierte en un enemigo.
Hasta que revisar tus redes te genera ansiedad.
Hasta que te ves obligada a cerrar perfiles o cambiar de número.

Y ahí es cuando ya es tarde.


¿Es delito que te acose por redes sociales o teléfono?

Sí. Y la ley te protege aunque nunca haya existido una relación de pareja ni una agresión física.

El Código Penal español regula el delito de acoso o “stalking” en su artículo 172 ter, castigando a quien, sin autorización, persiste en comunicarse contigo, seguirte o espiarte a través de cualquier medio, incluso redes sociales o mensajería.

👉 Pena: de 3 meses a 2 años de prisión, o multa de 6 a 24 meses.

No es necesario que haya insultos ni amenazas.
Basta con que su conducta sea reiterada, no deseada y altere tu vida normal.


Conductas típicas que constituyen acoso digital o telefónico

A continuación, te mostramos situaciones reales que pueden ser denunciadas:

  • Te escribe a diario por múltiples canales después de que le hayas dicho que no quieres hablar.
  • Te llama repetidamente, incluso desde números ocultos o nuevos.
  • Se crea perfiles falsos para ver tus redes o escribirte.
  • Comenta o reacciona a cada cosa que publicas aunque esté bloqueado.
  • Te manda audios, videos o fotos insistiendo en que habléis.
  • Publica cosas sobre ti o amenazas veladas en redes.
  • Te manda regalos no deseados a casa, a tu trabajo o a tu entorno.

Este tipo de acoso no solo es ilegal, sino que tiene efectos psicológicos profundos: ansiedad, miedo, insomnio, sensación de estar vigilada, y pérdida de libertad personal.


¿Qué puedes hacer legalmente si no deja de molestarte?

✅ 1. Guarda absolutamente todas las pruebas

Aunque te incomoden o quieras eliminarlas, no borres nada.

Guarda:

  • Capturas de pantalla de todos los mensajes
  • Registro de llamadas entrantes, aunque no contestes
  • Evidencia de perfiles falsos
  • Comentarios, reacciones, historias cruzadas
  • Correos electrónicos o intentos de contacto indirectos
  • Testimonios de amigas o familiares que lo hayan visto o sufrido contigo

Toda esta documentación será clave si decides denunciar o tomar medidas legales.

✅ 2. No respondas

Sabemos que es difícil. A veces quieres dejar las cosas claras o intentar que pare.

Pero cada vez que contestas, le das combustible para seguir.
Y si vas a denunciar, será importante demostrar que no estás fomentando la conversación.

Por eso, lo mejor que puedes hacer es guardar silencio absoluto y centrarte en protegerte y actuar legalmente.

✅ 3. Solicita un burofax legal redactado por abogado

Una de las herramientas más efectivas y rápidas para frenar esta situación es enviar un burofax de advertencia legal.

Este documento:

  • Tiene valor jurídico y probatorio
  • Deja constancia legal de que le pides cesar el contacto
  • Es redactado con lenguaje firme y claro
  • Puede intimidar y disuadir inmediatamente al acosador
  • Sirve como prueba esencial ante el juez si reincide

En JR Abogados redactamos burofaxes específicos para situaciones de acoso digital, con referencia al Código Penal y advertencia de consecuencias penales si no cesa el contacto.

📨 Solicítalo ahora: https://burofaxabogado.es

✅ 4. Contacta con un abogado penalista experto en acoso

Desde JR Abogados, te asesoramos paso a paso:

  • Estudiamos la situación y valoramos la gravedad legal
  • Redactamos el burofax personalizado
  • Te preparamos para denunciar si fuera necesario
  • Solicitamos orden de alejamiento o incomunicación judicial
  • Te protegemos en todo el proceso, sin exposición pública

📞 https://jrabogados.es | https://consultalegal.abogado

✅ 5. Denuncia formal si persiste

Si después del burofax sigue escribiendo, llamando o molestándote, entonces es momento de denunciar:

  • En comisaría de Policía Nacional
  • En Guardia Civil
  • O directamente en el juzgado de guardia

Con el burofax como prueba y todas tus capturas, el juez podrá ordenar medidas inmediatas como prohibición de comunicación, alejamiento, o incluso prisión si hay reincidencia.


¿Y si solo fue un ligue o una conversación de redes?

No importa.
No necesitas haber sido su pareja. Ni haber tenido relaciones. Ni haber convivido.

Lo importante es que tú le has dicho que no quieres más contacto.
Y él no lo respeta.

La ley no te exige justificar por qué no quieres hablar con alguien.
Tu «no» es suficiente.


¿Qué consecuencias puede tener para él?

Si se le juzga y condena, el acosador puede enfrentarse a:

✅ Penas de prisión (de 3 meses a 2 años)
✅ Multa económica importante
✅ Antecedentes penales
✅ Prohibición de comunicarse contigo
✅ Prohibición de acercarse a ti en persona o por medios digitales
✅ En casos graves, prisión preventiva

Además, si su comportamiento incluye insultos, amenazas o divulgación de imágenes tuyas, puede cometer otros delitos adicionales.


¿Y si me dice que va a hacerse daño?

Muchos acosadores usan la culpa emocional como forma de manipular:

  • “Me quiero quitar la vida”
  • “Me haces daño ignorándome”
  • “Si no me hablas, me mato”

Esto no es tu responsabilidad.
Y suele ser parte del mismo ciclo de control.
No te dejes atrapar.
Habla con un abogado inmediatamente.


¿Qué diferencia hay entre acoso puntual e insistente?

El acoso penal exige que la conducta sea:

✅ Insistente (repetida en el tiempo)
✅ No deseada (has pedido que cese)
✅ Invasiva o perturbadora
✅ Generadora de angustia, miedo, alteración de tu vida normal

Si cumple esos elementos, ya puedes actuar legalmente.

Y si no se detiene tras advertencia legal, su responsabilidad penal se agrava.


¿Puede el juez actuar rápido?

Sí.
Con un abogado especializado, se pueden pedir medidas cautelares inmediatas como:

  • Orden de alejamiento
  • Prohibición de llamadas, mensajes o contacto digital
  • Suspensión de redes sociales
  • Control telemático o vigilancia
  • Prohibición de residir o trabajar en lugares próximos

Todo esto se puede solicitar incluso antes del juicio, si el acoso es grave y persistente.


¿Por qué JR Abogados?

Llevamos más de 25 años ayudando a mujeres a defenderse del acoso, en todas sus formas.
Y sabemos cómo actuar con rapidez, firmeza y protección total a tu intimidad.

Con nosotros tendrás:

✅ Trato confidencial
✅ Empatía y comprensión real
✅ Abogados expertos en derecho penal y violencia contra la mujer
✅ Redacción profesional de burofax
✅ Representación en denuncia, juicio o solicitud de medidas urgentes


Preguntas frecuentes

¿Y si lo conozco del trabajo o estudio?

Eso puede agravar su responsabilidad penal. El juez puede ordenar cambio de puesto, centro o restricciones específicas.

¿Puedo proteger mis redes sin cerrarlas?

Sí. Hay formas de blindar tus redes y presentar pruebas al juez sin eliminar nada.
Te asesoramos paso a paso.

¿Y si es menor de edad?

También puede ser juzgado conforme a la Ley del Menor. Y tú puedes obtener protección igual.

¿Se puede denunciar sin ir a juicio?

Sí. A veces, el burofax y la advertencia legal son suficientes. Pero si hay denuncia, el proceso judicial puede gestionarse con discreción, sin que tengas que revivir todo.


Tu libertad no se mendiga. Se defiende.

No tienes que aguantarlo porque «solo escribe».
No tienes que justificarte.
No tienes que sentir miedo al abrir tu móvil.

Tienes derecho a vivir tranquila. A estar en redes sin temor.
A decir “no quiero nada más” y que eso sea el final.

Y si él no lo acepta, JR Abogados sí lo hará por ti.

📩 Actúa hoy. Protégete legalmente.
👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado
👉 https://burofaxabogado.es

Publican un vídeo de tu hijo en TikTok sin permiso: cómo borrarlo hoy mismo

publican.video.tu.hijo.tiktok.sin.permiso.jrabogados

El corazón se te acelera. Estás navegando en TikTok —o alguien te avisa— y de repente aparece la cara de tu hijo.
Un vídeo donde habla, baila, grita o simplemente aparece grabado sin que tú lo supieras.
Quizás fue en el colegio, en un cumpleaños, en la calle, en el parque.
Y, lo peor: tú no diste tu consentimiento.

El vídeo se ha hecho viral. Tiene decenas, cientos o incluso miles de visualizaciones.
Y tú te preguntas:
“¿Pueden hacer esto?”
“¿Cómo lo borro?”
“¿Qué daño puede causarle a mi hijo?”

La respuesta es clara: no solo puedes exigir que se elimine inmediatamente, sino que puedes iniciar acciones legales si no lo hacen.

En JR Abogados defendemos con firmeza los derechos de tu hijo y te explicamos paso a paso cómo lograr que ese vídeo desaparezca HOY MISMO.


📌 ¿Es legal publicar la imagen de un menor sin permiso?

NO. Y especialmente en redes sociales como TikTok, Instagram o YouTube.

Según la legislación española, la imagen de un menor está especialmente protegida, y su publicación requiere el consentimiento expreso de los padres o tutores legales.

Artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor:

“Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”

Artículo 18.1 de la Constitución Española:

“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”

👉 Difundir vídeos o imágenes de tu hijo sin tu consentimiento es una infracción grave de sus derechos fundamentales.


🛑 ¿Qué consecuencias puede tener para el menor?

  • Burlas, acoso escolar o ciberbullying.
  • Pérdida de privacidad.
  • Daño psicológico.
  • Uso malintencionado de su imagen.
  • Difusión sin control en otras plataformas.

Tu hijo no es contenido viral.
Y tú, como padre, madre o tutor, puedes y debes actuar con urgencia.


🧠 ¿Quién puede haber subido ese vídeo?

  1. Otro menor o compañero del colegio.
  2. Un adulto (profesor, cuidador, monitor, vecino…).
  3. Un desconocido que lo grabó en un lugar público.
  4. Incluso tú mismo si tu hijo tiene dos progenitores y el otro no dio permiso.

👉 Da igual quién lo haya subido: si no hay consentimiento expreso, puedes exigir su retirada.


⚖️ ¿Qué dice la ley sobre imágenes de menores?

1. Se necesita consentimiento expreso de los dos progenitores

  • Aunque estén separados o divorciados.
  • Salvo que exista privación de patria potestad.
  • Si uno de los padres sube el vídeo sin permiso del otro, está vulnerando la ley.

2. Los centros educativos deben extremar el cuidado

  • Ningún profesor o responsable del colegio puede subir imágenes del menor sin autorización escrita.
  • Las grabaciones en actividades escolares no pueden difundirse en redes.

3. Las plataformas están obligadas a actuar

  • TikTok, Instagram, YouTube… deben eliminar cualquier contenido que vulnere los derechos del menor.
  • No hacerlo puede acarrear sanciones y responsabilidad.

🧩 ¿Cómo lograr que el vídeo se borre hoy mismo?

✅ Paso 1: Haz captura del vídeo

  • Incluye nombre de usuario, fecha, número de visualizaciones.
  • Guarda enlaces, capturas de pantalla y comentarios.

Esto es importante como prueba si hay que actuar judicialmente.


✅ Paso 2: Solicita su retirada a través de TikTok

TikTok tiene un formulario específico para denunciar vulneración de derechos de menores:

  1. Entra en el vídeo y pulsa “Denunciar”.
  2. Elige “Infringe mis derechos” > “Imagen de menor sin consentimiento”.
  3. Describe brevemente el caso y adjunta prueba si puedes.
  4. Añade correo electrónico para contacto.

También puedes usar el formulario externo:
https://www.tiktok.com/legal/report/feedback


✅ Paso 3: Envía requerimiento formal al usuario

Si conoces al usuario que subió el vídeo, puedes:

📩 Enviar un burofax legal solicitando retirada inmediata y cese de difusión.

Incluye:

  • Datos del menor.
  • Ausencia de consentimiento.
  • Solicitud de retirada urgente.
  • Advertencia de acciones legales.

Puedes gestionarlo en:
🔗 https://burofaxabogado.es/


✅ Paso 4: Contacta con JR Abogados para actuaciones legales

Si el vídeo no se elimina en 24-48 horas:

  • Podemos interponer denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
  • Iniciar medidas cautelares judiciales para retirada inmediata.
  • Demandar por vulneración del derecho a la imagen y exigir indemnización.

💬 Caso real: “Subieron un vídeo de mi hija bailando en el colegio sin mi permiso”

Ana descubrió que un vídeo de su hija de 7 años había sido subido por una monitora del colegio a su cuenta de TikTok.
El vídeo mostraba a varios niños bailando, sin filtro, sin consentimiento.
Se hizo viral en menos de 48 horas.

Con JR Abogados:

✅ Se envió burofax a la monitora y al colegio.
✅ Se denunció a TikTok y a la AEPD.
✅ El vídeo fue retirado en 36 horas.
✅ Se logró indemnización por daños morales de 4.000 €.


❌ ¿Qué errores debes evitar?

  • Pensar que “no pasa nada”.
  • Esperar a que lo borren solos.
  • Enviar mensajes improvisados sin respaldo legal.
  • No guardar pruebas.
  • Actuar con agresividad (puede volverse en tu contra).

👉 Lo más efectivo es actuar legalmente, rápido y con estrategia.


✅ ¿Por qué elegir a JR Abogados?

Porque llevamos más de 25 años defendiendo los derechos de menores.
Porque sabemos cómo hacer que una plataforma actúe hoy mismo.
Porque hemos eliminado vídeos, bloqueado cuentas y logrado indemnizaciones.
Y porque tu hijo no es contenido de nadie. Es tu responsabilidad. Y es nuestro trabajo protegerle.


📞 ¿Qué puedes hacer ahora mismo?

  1. Haz captura y copia del vídeo.
  2. Intenta contactar con el usuario.
  3. Rellena el formulario de TikTok.
  4. Contacta con JR Abogados.

Nosotros:

✅ Reclamamos legalmente la retirada inmediata.
✅ Solicitamos indemnización si hay daños.
✅ Te asesoramos para evitar que vuelva a ocurrir.

📩 https://consultalegal.abogado/
📞 647 33 52 43
🌐 https://jrabogados.es/


❓ Preguntas frecuentes

¿Y si el vídeo fue grabado en la calle o parque?
Aunque sea en lugar público, la difusión sin consentimiento sigue siendo ilegal.

¿Y si lo grabó otro menor?
La responsabilidad recae en sus padres o tutores legales.

¿Cuánto tarda TikTok en borrar el vídeo?
Normalmente entre 24 y 72 horas, si el reclamo es claro.

¿Puedo pedir daños y perjuicios?
Sí. Si se demuestra perjuicio al menor o difusión masiva, puede reclamarse indemnización.

¿Y si lo sube un profesor o colegio?
Se puede denunciar directamente al centro, a la Consejería de Educación y a la AEPD.

publican.video.tu.hijo.tiktok.sin.permiso.jrabogados
publican.video.tu.hijo.tiktok.sin.permiso.jrabogados

🔐 No dejes que internet robe la infancia de tu hijo

Tu hijo no necesita “likes”. Necesita protección.
Y cuando su imagen se publica sin permiso, su seguridad está en riesgo.
Hoy puedes actuar. Y hacerlo bien.

📞 Contacta ahora con JR Abogados y borra ese vídeo para siempre.
🔗 https://jrabogados.es/
🔗 https://consultalegal.abogado/
📧 [email protected]
📲 647 33 52 43

Fuego, humo y silencio: cómo actuar si el inquilino causó un siniestro y no quiere marcharse

vivienda.inhabitable.desahucio.jrabogados

La vivienda huele a quemado, las paredes ennegrecidas aún conservan las marcas del incendio, los vecinos están asustados… y el inquilino sigue dentro, como si nada hubiera pasado. No pide perdón, no repara los daños, no se marcha. Solo guarda silencio, quizá esperando que el tiempo borre su imprudencia. Pero el propietario no puede ni debe quedarse de brazos cruzados.

Porque cuando un inquilino causa un siniestro, ya no se trata solo de impagos o cláusulas contractuales: estás frente a una situación de peligro, perjuicio y responsabilidad. Y la ley te ampara para recuperar tu propiedad antes de que la tragedia se repita.


Un incendio no es un accidente cualquiera

Muchos arrendadores creen que, si el inquilino no ha dejado de pagar, no hay motivos para desahuciarlo. Pero eso es rotundamente falso. Un incendio, aunque haya sido accidental, cambia completamente el escenario legal:

  • Pone en riesgo la seguridad del inmueble.
  • Puede afectar a vecinos o zonas comunes.
  • Causa daños materiales cuantificables.
  • Rompe la relación de confianza entre las partes.

Y lo más grave: si el inquilino oculta lo sucedido o no colabora para reparar o desalojar, está agravando aún más su incumplimiento.


¿Qué puedes hacer legalmente si el inquilino causó un incendio?

La vía jurídica es clara: si el arrendatario provoca un siniestro y no abandona el inmueble, puedes iniciar un procedimiento de resolución del contrato y desahucio.

Fundamento legal:

  • Artículo 27.2.e y f de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): permite resolver el contrato por:
    • Daños dolosos en la finca.
    • Realización de actividades peligrosas.
  • Artículo 1555 del Código Civil: obliga al arrendatario a usar la vivienda como un buen padre de familia. Cualquier imprudencia grave (como dejar velas encendidas o manipular aparatos eléctricos) vulnera este deber.
  • Artículo 1563 del Código Civil: obliga al arrendatario a responder por los daños causados por él o por las personas que viven con él.

Si se demuestra que el inquilino es responsable del fuego, se refuerza enormemente tu posición como propietario.


¿Y si el inquilino alega que fue un accidente?

Incluso en caso de accidente, puede existir imprudencia grave, especialmente si:

  • Había velas encendidas sin vigilancia.
  • Se dejó una sartén al fuego.
  • Se manipuló el cuadro eléctrico.
  • Se usaron estufas o braseros sin protección.
  • Se descuidaron instalaciones de gas.

La jurisprudencia ha considerado estas situaciones como negligencia grave, suficiente para resolver el contrato y reclamar daños.


¿Qué pruebas necesitas?

Para tener éxito legal, es esencial acreditar lo sucedido:

Parte de bomberos: fundamental para probar el origen y alcance del incendio.
Informe pericial del seguro: suele incluir análisis de causas.
Actas de la comunidad: pueden reflejar quejas de vecinos o daños comunes.
Fotografías y vídeos: documenta visualmente los daños.
Comunicación escrita del inquilino, si reconoce su responsabilidad.
Testigos: vecinos que vieron o escucharon lo ocurrido.

Con estas pruebas, puedes sustentar la resolución del contrato y acudir al juzgado.


¿Y si el inquilino no se va? Silencio, resistencia o negación

En muchos casos, el arrendatario se limita a guardar silencio, evita hablar del tema o niega su responsabilidad. Pero no puedes esperar indefinidamente.

Aquí tienes las opciones legales para actuar:

1. Requerimiento previo (por burofax)

Envíale un burofax con acuse de recibo exigiendo:

  • La entrega de llaves.
  • La resolución del contrato.
  • La indemnización por daños si procede.

👉 Puedes gestionarlo a través de: https://burofaxabogado.es

2. Demanda de desahucio y resolución de contrato

Si no responde ni se marcha, presenta demanda en el juzgado. Puedes pedir:

  • Desahucio por incumplimiento.
  • Daños y perjuicios por el siniestro.
  • Gastos judiciales y costas del procedimiento.

3. Reclamación paralela al seguro

Si tienes póliza de hogar, reclama los daños. Pero recuerda: el seguro puede rechazar la cobertura si hubo negligencia grave del inquilino. En ese caso, la reclamación debe ir directamente contra él.


¿Qué pasa con la fianza?

Tienes derecho a retener total o parcialmente la fianza si:

  • Hay daños materiales.
  • No ha entregado llaves.
  • Has tenido que hacer reparaciones.

Incluso si la fianza no cubre el total, puedes reclamar la diferencia judicialmente.


Casos reales que te pueden inspirar

  • Valencia: el juez dio la razón a un propietario que desahució a un inquilino tras provocar un incendio con un brasero mal colocado. Aunque no hubo dolo, la imprudencia fue evidente.
  • Madrid: desahucio exitoso tras que el inquilino quemara la cocina por dejar una sartén al fuego. El silencio posterior fue interpretado como negativa a colaborar.
  • Barcelona: la Audiencia confirmó la resolución de contrato por daño grave tras un incendio que afectó al sistema eléctrico. El inquilino se negó a marcharse y fue finalmente desalojado por orden judicial.

¿Y si el inquilino inicia una estrategia para alargar el proceso?

Debes prepararte. Algunos inquilinos optan por:

  • No recoger el burofax.
  • Presentar escritos alegando vulnerabilidad.
  • Solicitar justicia gratuita para retrasar.

Pero un abogado experto puede:

🔷 Aportar pruebas contundentes.
🔷 Solicitar medidas cautelares.
🔷 Activar mecanismos para evitar dilaciones.

En JR Abogados hemos gestionado cientos de desahucios complejos, incluyendo los derivados de siniestros, y sabemos cómo neutralizar las tácticas dilatorias de inquilinos que no colaboran.


¿Cuándo es el momento de actuar?

En cuanto tengas conocimiento del siniestro y el inquilino no asuma su responsabilidad o no colabore. Cuanto más tardes:

❌ Mayor será el deterioro del inmueble.
❌ Menor la posibilidad de reclamar daños.
❌ Peores serán las condiciones de prueba.

Y recuerda: si vuelve a suceder, puede haber consecuencias penales, especialmente si se produce un nuevo incendio o daño a terceros.

vivienda.inhabitable.desahucio.jrabogados
vivienda.inhabitable.desahucio.jrabogados

El camino hacia la recuperación legal de tu vivienda

✅ Paso 1: Recoge pruebas del siniestro.
✅ Paso 2: Redacta y envía burofax de resolución.
✅ Paso 3: Prepara demanda judicial si no responde.
✅ Paso 4: Evalúa daños e inicia reclamación.
✅ Paso 5: Recupera tu propiedad con base jurídica sólida.

Todo esto puede hacerlo por ti un abogado especializado, sin que tengas que enfrentarte directamente al inquilino ni al sistema judicial.


En JR Abogados te ayudamos desde el primer minuto

🚨 ¿Tu inquilino causó un incendio y no se va?
🚨 ¿Tienes miedo de actuar mal y que la justicia se te vuelva en contra?
🚨 ¿Te han dicho que “no puedes echarlo si no deja de pagar”?

No estás solo. Y no es verdad que no puedas hacer nada.

Con JR Abogados puedes:

🔹 Resolver el contrato por vía legal.
🔹 Reunir las pruebas necesarias.
🔹 Enviar un burofax con redacción profesional.
🔹 Recuperar tu inmueble cuanto antes.
🔹 Reclamar daños e incluso denunciar si hubo imprudencia grave.

📞 Contacta ahora mismo con nosotros. El primer paso te lo damos gratis:

👉 https://jrabogados.es
👉 https://consultalegal.abogado
👉 https://burofaxabogado.es


Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar la cerradura si el piso ha quedado inhabitable?
No sin autorización judicial. Podrías incurrir en delito si el inquilino sigue con acceso.

¿Puede el inquilino alegar que no tiene dónde ir?
No exime de su responsabilidad. Y si causó el siniestro, pierde cualquier privilegio moral o legal.

¿Qué plazo hay para actuar?
Lo antes posible. Si no haces nada, puede interpretarse que aceptas la situación.

¿Y si el seguro me indemniza? ¿Aún puedo desahuciar?
Sí. La indemnización no anula el derecho a resolver el contrato si el inmueble quedó dañado o si hay riesgo para terceros.

¿Puedo denunciar penalmente al inquilino?
En casos graves de imprudencia, sí. Especialmente si hubo peligro para otros.


No permitas que el silencio del inquilino se convierta en tu condena.

Actúa con firmeza, con pruebas y con un equipo legal detrás.

JR Abogados. Protección jurídica total para tu propiedad.

desarrolla: ¿Te acusan de un delito leve? Esto es lo que debes hacer

acusado.delito.leve.abogado

⚖️ Evita condenas y antecedentes

Un día cualquiera, recibes una llamada de la policía o una citación del juzgado: estás acusado de un delito leve. Puede parecer algo sin importancia, pero cuidado: puede acabar con una condena, antecedentes penales y consecuencias reales si no actúas correctamente.

En este artículo te explicamos qué es un delito leve, qué consecuencias tiene y qué hacer paso a paso si te ves en esta situación. En JR Abogados, te ayudamos a evitar errores que pueden salir muy caros.


📌 ¿Qué es un delito leve?

Los delitos leves son infracciones penales menos graves que antes se llamaban “faltas”. Aunque no conllevan prisión, sí pueden acabar en una condena judicial y quedar registrados en el sistema penal.

🔎 Ejemplos comunes:

  • Insultos o amenazas sin gravedad
  • Pequeños hurtos (menos de 400 €)
  • Daños leves a bienes ajenos
  • Peleas sin lesiones importantes
  • Ocupación leve de inmuebles

🚨 ¿Qué consecuencias puede tener un delito leve?

Aunque mucha gente los subestime, un delito leve puede tener consecuencias serias:

  • Multas económicas (hasta 3.000 € o más)
  • Antecedentes penales computables, que pueden perjudicarte si cometes otro delito
  • Prohibición de acercamiento o comunicación (en casos de amenazas o conflictos familiares)
  • Dificultades laborales (funcionarios, opositores, profesionales colegiados)
  • Problemas de extranjería o renovación de permisos

⚠️ No te fíes del término «leve»: una mala defensa puede dejarte marcado para siempre.


🧾 ¿Qué hacer si te acusan de un delito leve?

✅ 1. No ignores la citación

Recibirás una citación judicial para un juicio rápido (normalmente en el Juzgado de Guardia) o una notificación con fecha y hora.

NO asistir o acudir sin preparación es uno de los mayores errores.


✅ 2. Consulta con un abogado penalista cuanto antes

Aunque en muchos delitos leves no es obligatorio ir con abogado, lo recomendable es no acudir solo. En JR Abogados:

  • Analizamos la denuncia o atestado policial
  • Valoramos si hay pruebas suficientes
  • Estudiamos si puedes ser absuelto o llegar a un acuerdo

Una mala defensa puede salir más cara que contratar un abogado.


✅ 3. No declares sin asesoramiento

En el juicio rápido te preguntarán si reconoces los hechos o no. Si aceptas la acusación, se dictará sentencia en el mismo momento.

En muchos casos, puedes quedar absuelto si sabes cómo defenderte o si el denunciante no aporta pruebas válidas.


✅ 4. Explora la posibilidad de acuerdo o archivo

En ciertos casos:

  • Puedes reparar el daño causado (pagar los daños, pedir disculpas, devolver lo sustraído)
  • Si el perjudicado se da por satisfecho, el juez puede archivar o imponer una sanción simbólica

Esto requiere saber cómo presentar la oferta correctamente y en el momento adecuado.


✅ 5. Solicita la cancelación de antecedentes, si eres condenado

Si finalmente eres condenado, puedes cancelar los antecedentes a los 6 meses, siempre que no reincidas.

En JR Abogados tramitamos este procedimiento para que no te perjudique en el futuro.


⚖️ ¿Qué pasa si el denunciante no comparece?

Si el denunciante no va al juicio, puede quedar archivado el caso por incomparecencia, especialmente en delitos privados como injurias o amenazas leves.

Tu abogado puede pedir el archivo inmediato.


📌 Casos reales que atendemos en JR Abogados

  • Persona denunciada por insultos en una discusión vecinal: absuelto por falta de pruebas.
  • Hombre acusado de hurto en tienda: se demostró que fue un malentendido y se archivó.
  • Padre separado denunciado por amenazas leves: conseguimos suspensión de condena y cancelación rápida.
  • Mujer acusada de dañar un coche con las llaves: indemnizó al perjudicado y se evitó juicio.

🛡️ ¿Cómo puede ayudarte JR Abogados?

✔️ Analizamos tu caso sin compromiso
✔️ Defendemos tu inocencia o minimizamos las consecuencias
✔️ Negociamos acuerdos antes del juicio
✔️ Tramitamos la cancelación de antecedentes
✔️ Actuamos en toda España por videollamada o presencialmente en Madrid

📞 Llama al 647 33 52 43
🔗 https://jrabogados.es
🔗 https://consultalegal.abogado


❓ Preguntas frecuentes

¿Me pueden condenar sin abogado en un juicio leve?
Sí, si no lo llevas. Pero es un riesgo. Sin abogado, no sabrás si las pruebas son válidas, si puedes pedir archivo o si el denunciante actuó con mala fe.

¿Puedo evitar los antecedentes penales?
Sí, si eres absuelto o si logras una sanción sin responsabilidad penal. También puedes cancelarlos tras 6 meses si no reincides.

¿Y si el denunciante miente?
Debemos demostrarlo con testigos, grabaciones u otras pruebas. Si se prueba la falsedad, puedes denunciar por denuncia falsa.

acusado.delito.leve.abogado
acusado.delito.leve.abogado

✅ Conclusión

Que te acusen de un delito leve no significa que no debas preocuparte. El sistema penal es serio, y una mala decisión puede tener consecuencias duraderas.

No acudas al juicio sin defensa. En JR Abogados te ayudamos a cerrar el caso de la mejor forma posible.

Te paran sin beber, pero das positivo: lo que nunca te cuentan sobre los etilómetros

errores.etilometro.delito.alcoholemia

¿Error del etilómetro o pesadilla judicial?

Vas tranquilo al volante, sin una gota de alcohol en el cuerpo. Te paran en un control de la Guardia Civil. Soplas. Y de repente… ¡positivo en alcoholemia!
El agente te mira serio. Tú intentas explicar. No has bebido. No lo entiendes. Pero la máquina no perdona: el etilómetro dice que has superado la tasa permitida.

¿Y ahora qué? ¿Cómo te defiendes de algo que no has hecho?
Este tipo de situaciones, más comunes de lo que imaginas, pueden acabar con tu carnet retirado, antecedentes penales, multa, trabajo en riesgo y una mancha en tu historial.

En JR Abogados llevamos más de 25 años luchando contra este tipo de injusticias. Si estás en esta situación, no estás solo. Este artículo es para ti.


¿Es posible dar positivo sin haber bebido?

Sí. Y no es un mito urbano. Hay múltiples causas que pueden provocar falsos positivos en los etilómetros y arruinarle la vida a una persona inocente.

Vamos a explicarte, punto por punto, lo que la mayoría no sabe (ni te cuentan):

1. Errores del etilómetro: ¿hasta qué punto son fiables?

El etilómetro es un instrumento electrónico que mide la concentración de alcohol en aire espirado. Pero no es infalible. Los errores pueden deberse a:

  • Falta de calibración o mantenimiento del aparato.
  • Desajustes térmicos o problemas electrónicos.
  • Condiciones ambientales (temperatura, humedad, polvo).
  • Contaminación de la boquilla por residuos de pruebas anteriores.
  • Errores humanos al manejar el dispositivo.

Según la normativa española, los etilómetros deben pasar una verificación periódica obligatoria en laboratorios autorizados. Pero en la práctica, no siempre ocurre o se hace con retraso.

2. Enfermedades o sustancias que alteran el resultado

Existen condiciones médicas o productos cotidianos que pueden generar un falso positivo:

  • Acetona en aliento de personas con diabetes.
  • Enjuagues bucales, sprays o caramelos con alcohol.
  • Fermentaciones intestinales o reflujo gástrico.
  • Medicamentos como el metronidazol, antihistamínicos o antigripales.
  • Productos de limpieza, perfumes o cosméticos con etanol inhalado.

Incluso algo tan simple como lavarse la boca con Listerine minutos antes de soplar puede marcar un 0,30.


El procedimiento legal: ¿qué debe hacer la policía (y qué derechos tienes)?

Cuando te detienen en un control, los agentes deben seguir un protocolo estricto. Si no lo hacen, cualquier prueba puede ser nula.

Toma nota de tus derechos clave:

➤ Tienes derecho a realizar una segunda prueba de contraste

Debe realizarse al menos 10 minutos después de la primera y con otro etilómetro.

➤ Puedes pedir un análisis de sangre

Si dudas de la fiabilidad del etilómetro, puedes solicitar una prueba de sangre (aunque te digan que no).

➤ Tienes derecho a guardar silencio y a un abogado desde el primer momento

No estás obligado a declarar ni a firmar ningún documento sin tu letrado.

➤ Deben entregarte el resultado por escrito, firmado y con todos los datos del aparato

Número de serie, fecha de verificación, agente interviniente, hora de la prueba…


¿Qué puede pasarte si no haces nada?

Muchos inocentes caen en la trampa de la conformidad rápida, pensando que no tienen escapatoria. El problema es que aceptar el resultado sin recurrir ni pelearlo puede costarte muy caro.

Estas son las consecuencias reales:

✅ Si superas 0,25 mg/l (0,50 g/l en sangre):

Multa administrativa de 500 o 1.000 €, retirada de puntos y carnet.

✅ Si superas 0,60 mg/l (1,2 g/l en sangre):

Delito penal (artículo 379.2 del Código Penal).

  • Pena de prisión de 3 a 6 meses, o multa, o trabajos en beneficio de la comunidad.
  • Privación del permiso de conducir de 1 a 4 años.
  • Antecedentes penales.
  • Afectación laboral (si trabajas conduciendo, puedes perder tu empleo).
  • Pérdida del seguro del coche, si ocurre un accidente.

¿Qué puede hacer un abogado penalista experto?

Si has dado positivo sin haber bebido, lo primero es contactar urgentemente con un abogado especialista en delitos contra la seguridad vial. No cualquier abogado. Un penalista que domine al detalle los etilómetros, el procedimiento policial y las vulneraciones de derechos fundamentales.

En JR Abogados hemos ganado docenas de casos por:

  • Anulación del resultado por etilómetro no calibrado.
  • Falta de segunda prueba reglamentaria.
  • No informar del derecho a análisis de sangre.
  • Contaminación cruzada en las boquillas.
  • Enfermedades que provocan alteraciones bioquímicas.
  • Interpretación errónea del resultado por parte del juez.

Casos reales ganados por JR Abogados

Caso 1 – Policía no ofreció análisis de sangre:
Nuestro cliente, comercial, dio 0,61 en etilómetro. Nunca bebía. Demostró con testigos que venía de una comida sin alcohol. La Guardia Civil no ofreció análisis alternativo. Resultado: absolución total por nulidad de prueba.

Caso 2 – Etilómetro fuera de plazo de revisión:
Un transportista profesional dio 0,67. Investigamos el número de serie del aparato: no había sido calibrado en el plazo reglamentario. Resultado: prueba anulada y archivo de causa penal.

Caso 3 – Enfermedad metabólica:
Cliente con cetoacidosis diabética. Sopló 0,58. Presentamos informe médico y pericial. Juez admitió que la acetona fue la causa. Sentencia: no culpable.


Cómo defenderte si te ocurre: pasos legales urgentes

  1. No firmes nada sin asesoramiento legal.
  2. Solicita la segunda prueba.
  3. Pide siempre análisis de sangre.
  4. Haz fotos, vídeos o audios de cómo se hizo la prueba.
  5. Llama a JR Abogados en cuanto salgas del control.

¿Qué argumentos podemos utilizar para defenderte?

Cuando nos contratas, analizamos milimétricamente tu caso. Algunos puntos clave que usamos para dejarte limpio:

✅ Verificamos si el etilómetro está homologado y en plazo.

✅ Solicitamos copia del acta completa del control.

✅ Investigamos si otros conductores dieron también positivo ese día (sospecha de error en el aparato).

✅ Pedimos peritos especializados en bioquímica o gases espirados.

✅ Argumentamos vulneración de derechos si no se ofreció prueba alternativa.

✅ Exigimos que se respete el principio de presunción de inocencia.


Lo que nunca te cuentan… pero debes saber

  • Puedes enfrentarte a un juicio rápido en solo 48 horas tras el positivo.
  • Si te conformas, quedas condenado penalmente y el error se vuelve irreversible.
  • Muchos jueces absuelven si hay duda razonable sobre el resultado.
  • Las multas no siempre son proporcionales, y puedes acabar embargado si no recurres.
  • Algunos seguros se niegan a cubrir accidentes si figura un positivo… incluso erróneo.
  • Un falso positivo puede arruinarte el carnet profesional, tu empleo y tu tranquilidad.

Llamada a la acción: defiéndete con los mejores

¿Te has visto envuelto en una pesadilla tras soplar y dar positivo sin haber bebido?
No estás solo. No estás perdido. No estás condenado.

🔴 En JR Abogados, somos especialistas en:

  • Juicios rápidos por alcoholemia.
  • Recursos por falsos positivos.
  • Nulidad de pruebas por mala praxis.
  • Defensa técnica y contundente ante jueces y fiscales.
  • Restablecimiento del permiso y limpieza de antecedentes.

📞 Llámanos ahora al 647 33 52 43
🌐 https://jrabogados.es
📲 https://consultalegal.abogado/

Actúa ya. Cada minuto cuenta. Tu libertad, tu empleo y tu nombre están en juego.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué pasa si no hago la segunda prueba?

Pierdes la única opción de corregir un posible error del etilómetro. Siempre debes solicitarla.

¿Me pueden obligar a un análisis de sangre?

No. Solo tú puedes pedirlo. Y es tu mejor baza para demostrar que no habías bebido.

¿Cuánto cuesta una defensa completa por JR Abogados?

Ofrecemos tarifas claras y ajustadas, y podemos estudiar tu caso de forma urgente. Consulta sin compromiso.

¿Qué hago si ya firmé el acta?

Llámanos igualmente. Aún se puede pelear el caso si hay fallos de forma o fondo.

¿Puedo recuperar mi carnet antes?

Sí, si conseguimos la suspensión provisional de la pena o una sentencia absolutoria.

errores.etilometro.delito.alcoholemia
errores.etilometro.delito.alcoholemia

¿Soplaste sin beber y diste positivo? Que no te arruine la vida una máquina.
Contacta con JR Abogados. Estamos listos para defenderte con fuerza, precisión y experiencia.