Necesidad del arrendador de ocupar la vivienda: burofax clave para hacerlo legal

Cuando un propietario necesita ocupar su vivienda alquilada (para sí, para un hijo/a o por ruptura matrimonial), el margen de error es cero. La ley permite recuperar el piso antes de terminar la prórroga obligatoria, pero solo si cumples exactamente los requisitos legales y lo notificas por burofax con el contenido y los plazos correctos. Un paso mal dado (o un aviso “light” por WhatsApp) puede hacerte perder meses… y el caso.

A continuación, la guía práctica —directa y utilizable hoy— para enviar un burofax por necesidad del arrendador que blinde la prueba y te deje la puerta abierta a recuperar la vivienda sin sobresaltos.


Qué dice la ley (en claro)

Para ejercer la recuperación por necesidad deben cumplirse todas estas condiciones:

  1. Contrato con cláusula de necesidad.
    Debe constar expresamente en el contrato, desde el día de la firma, la posibilidad de que el arrendador recupere la vivienda por necesidad. Sin esa cláusula, no puedes activar este mecanismo durante la prórroga obligatoria.
  2. Arrendador persona física y al menos un año de contrato.
    La facultad solo opera si el arrendador es persona física y ha transcurrido al menos un año desde el inicio.
  3. Quién puede necesitarla.
    El uso debe ser vivienda permanente del propio arrendador, de familiares en primer grado por consanguinidad o adopción, o del cónyuge en supuestos de separación, divorcio o nulidad.
  4. Burofax con 2 meses de preaviso y causa concreta.
    Hay que comunicar por escrito al inquilino, con al menos 2 meses de antelación, la causa específica de necesidad y la fecha exacta a partir de la cual se precisa el uso.
  5. Ocupar en 3 meses.
    Tras la entrega/desalojo, el beneficiario debe ocupar efectivamente la vivienda en 3 meses. Si no, el inquilino podrá volver (y ser indemnizado por los gastos) o pedir una indemnización de una mensualidad por cada año que falte hasta completar 5 años, salvo fuerza mayor.

Por qué el burofax es tu “llave legal”

  • Prueba fehaciente de plazos y contenido. El burofax con acuse y certificación acredita día de recepción y literal del mensaje, incluida la causa de necesidad.
  • Evita prórrogas indeseadas. Notificar en tiempo y forma bloquea que el inquilino alegue falta de preaviso.
  • Ordena el expediente para un eventual juicio. Si hubiera negativa, entras con contrato + cláusula + burofax + calendario perfectamente armado.

Estructura ganadora del burofax por necesidad

  1. Encabezado y legitimación: remitente (propietario o JR Abogados) y destinatario(s).
  2. Anclaje legal y contractual: cita del contrato y la cláusula de necesidad.
  3. Causa de necesidad concreta: quién va a vivir (tú, tu hijo, cónyuge tras divorcio, etc.), desde cuándo y por qué.
  4. Fecha de recuperación y preaviso: fecha exacta en que debe entregarse la vivienda, con 2 meses como mínimo.
  5. Logística de salida: día, hora y lugar de entrega de llaves, acta de estado y liquidación de fianza.
  6. Advertencia final: obligación de ocupar en 3 meses y consecuencias de no hacerlo.
  7. Forma de envío y respuesta: burofax con acuse y certificación, respuesta por escrito.

Modelo orientativo de burofax

Remitente: JR Abogados, en nombre de D./D.ª [Propietario]
Destinatario: D./D.ª [Arrendatario/s]
Inmueble: [Dirección completa]
Contrato: de fecha [dd/mm/aaaa], cláusula [nº] (necesidad del arrendador)

ASUNTO: Comunicación de recuperación de la vivienda por necesidad — Preaviso 2 meses

Por medio del presente, y en virtud de lo pactado en el contrato, le comunicamos que el arrendador necesita ocupar la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente de [indicar: el propio arrendador / su hijo/a D./D.ª … / su cónyuge tras sentencia de divorcio/separación de fecha …].

Fecha de recuperación: la vivienda deberá entregarse libre de ocupantes y enseres el día [dd/mm/aaaa], cumpliendo el preaviso de 2 meses que exige la ley.

Entrega y acta: ese día, a las [hh:mm], se firmará acta de entrega de llaves y estado, con lectura de contadores y revisión de inventario. La fianza se liquidará conforme a ley tras la comprobación del estado y consumos.

Ocupación legal en 3 meses: el ocupante designado deberá ocupar efectivamente la vivienda en un plazo de 3 meses desde la entrega. De no producirse por causas no justificadas, el arrendatario podrá ejercitar los derechos que la ley le reconoce.

La presente comunicación se remite por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. Se ruega respuesta por escrito a este despacho.

Atentamente,
JR Abogados — [email protected] — 25 años defendiendo a propietarios.
JR Abogados · Consulta Legal Telefónica · Burofax con Abogado · Desahucio Exprés


Errores que anulan tu derecho

  • No tener la cláusula en el contrato.
  • Dar menos de 2 meses de preaviso o no concretar la causa.
  • No ocupar en 3 meses tras la entrega.
  • Confiar la notificación a WhatsApp o email no certificado.

¿Y si el inquilino no entrega las llaves?

La vía es la demanda de desahucio por resolución, con contrato, cláusula, burofax y calendario como pruebas. Esto acorta plazos y permite obtener lanzamiento con costas.


Estrategias de negociación útiles

  • Flexibilidad pactada en la mudanza, siempre por escrito.
  • Visita previa para planificar la entrada del nuevo ocupante.
  • Comunicación a la comunidad de propietarios del cambio de ocupante.

Checklist exprés

Antes de enviar:

  • Verificar contrato y cláusula.
  • Calcular aniversario +1 año.
  • Fijar fecha de recuperación con 2 meses.
  • Reunir prueba de la causa.

Durante el envío:

  • Burofax con acuse y certificación.
  • Texto claro y concreto.
  • Señalar lugar y hora de entrega.

Después:

  • Guardar resguardos.
  • Segundo burofax si hay silencio.
  • Preparar demanda si no entregan en fecha.

¿Quieres que lo dejemos listo y enviado hoy?

En JR Abogados nos encargamos de todo: estudio del caso, redacción y envío del burofax, coordinación de la entrega, acta de estado y fianza, y, si toca, demanda de desahucio.

Contacto directo: [email protected]
Atención inmediata en:

Con 25 años defendiendo a propietarios, sabemos qué poner y qué no en ese burofax que marca la diferencia entre un trámite limpio y un problema largo.


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