Se acabó.
El amor, la convivencia, las cenas de viernes y los domingos en pijama. Ya no hay paseos de la mano, ni proyectos comunes. La pareja se rompe. Y con ella, todo lo que parecía inquebrantable.
Pero hay alguien que no lo entiende.
Alguien que no te juzga, no pregunta, no se aleja.
Alguien que simplemente se queda a tu lado sin hacer ruido: tu perro.
Mientras tú lloras, él apoya su cabeza en tus piernas. Mientras haces cajas, te mira con esa expresión que solo los que han amado a un perro pueden reconocer: lealtad absoluta.
Y ahora que todo se divide, que cada cosa tiene que repartirse… tú solo tienes una prioridad: proteger a tu perro.
Porque el amor se acabó.
Pero él sigue contigo.
En JR Abogados, con más de 25 años defendiendo lo que más importa en un divorcio, te explicamos cómo proteger el bienestar de tu perro durante la ruptura.
Tu perro no es un mueble. Y la ley lo sabe.
Durante muchos años, los tribunales trataban a los animales de compañía como simples bienes.
¿A nombre de quién estaba?
¿Quién lo pagó?
¿Quién lo inscribió?
Esa persona se lo quedaba.
Pero hoy todo ha cambiado.
Gracias a la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, los animales de compañía en España ya no son cosas, sino:
“Seres vivos dotados de sensibilidad”
Y eso significa que, en un divorcio o separación:
✅ No se pueden repartir como un objeto más.
✅ El juez debe tener en cuenta su bienestar.
✅ Se puede acordar custodia compartida, régimen de visitas o custodia exclusiva.
✅ Se pueden repartir los gastos veterinarios y de alimentación.
✅ Tu perro pasa a tener protección legal real.
¿Qué dice exactamente el Código Civil?
El artículo 94 bis del Código Civil regula lo que ocurre con las mascotas en procesos de separación y divorcio:
“La autoridad judicial encomendará el cuidado del animal de compañía a uno o ambos cónyuges, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, pudiendo acordar su reparto en los tiempos de convivencia y cuidado si fuera necesario, así como las cargas asociadas.”
Esto significa que tu perro:
🔹 Puede quedarse contigo en exclusiva.
🔹 Puede alternar entre ambos miembros de la pareja.
🔹 Puede tener visitas programadas.
🔹 Puede tener gastos compartidos y un régimen homologado.
Y, sobre todo, puede seguir viviendo feliz, con el menor cambio posible.
¿Qué puedes hacer si quieres quedarte con tu perro?
1. Demostrar tu vínculo real
No basta con decir que lo amas.
Hay que demostrarlo:
📸 Fotos y vídeos juntos.
🧾 Facturas de comida, vacunas, juguetes, higiene.
📂 Cartilla veterinaria donde figuras como contacto.
📱 Mensajes con tu pareja donde se hable del perro.
👥 Testigos que acrediten que tú eras quien lo cuidaba, paseaba o educaba.
2. Incluirlo en el convenio regulador
Uno de los errores más comunes es no mencionar al perro en el convenio de divorcio.
⚠️ Si no se pacta nada, cualquiera puede llevárselo después sin consecuencias.
En JR Abogados redactamos convenios donde se incluye a tu perro como parte esencial de la unidad familiar, con cláusulas claras sobre:
- Custodia.
- Visitas.
- Decisiones veterinarias.
- Reparto de gastos.
- Normas en caso de conflicto.
3. Solicitar custodia compartida (si es lo mejor para él)
No todas las parejas están enfrentadas.
A veces, ambos queréis al perro.
Y si el animal tiene apego por ambos, puede establecerse una custodia compartida, como sucede con los hijos menores.
Por ejemplo:
- Semanas alternas.
- Fines de semana con uno y semanas con otro.
- Periodos de vacaciones.
- Reparto exacto del calendario.

4. Pedir la custodia exclusiva si tu ex no lo cuidaba
Si tú te ocupabas del 90% de su bienestar:
✅ Lo paseabas.
✅ Le dabas de comer.
✅ Lo llevabas al veterinario.
✅ Lo educaste.
✅ Dormía contigo.
… entonces puedes pedir custodia exclusiva.
Y si tu ex intenta oponerse sin base, lo puedes defender legalmente con pruebas.
¿Y si tu ex amenaza con quitártelo?
Es más habitual de lo que parece.
Algunas personas, al ver que pierden la casa, el coche o el control emocional, usan al perro como herramienta de presión:
🗯️ “Si no firmas esto, me lo llevo.”
🗯️ “Lo tengo yo a mi nombre.”
🗯️ “Ya no lo verás más.”
🗯️ “Te lo regalo si haces lo que te digo.”
Este tipo de comportamiento es ilegal, abusivo y denunciable.
En JR Abogados hemos obtenido medidas cautelares urgentes para impedir traslados, cambios de titularidad o apropiaciones indebidas.
¿Qué pasa si hay hijos en común?
Si el perro ha convivido con los hijos, se considera parte del entorno afectivo del menor.
Por tanto:
🔹 Puede mantenerse con el progenitor custodio.
🔹 Puede alternar junto con los menores.
🔹 Puede formar parte del “régimen familiar” para no generar más rupturas emocionales.
Los jueces valoran esto muchísimo, sobre todo cuando el animal es parte esencial del equilibrio de los hijos.
Casos reales gestionados por JR Abogados
🐾 Cliente que obtuvo custodia exclusiva del perro tras demostrar que su ex solo lo quería como forma de presión.
🐾 Pareja que firmó convenio de custodia compartida con calendario y gastos acordados, homologado judicialmente.
🐾 Mujer que logró prohibición judicial de que su ex regalara al perro a un tercero, después de intentarlo sin su consentimiento.
¿Qué puede hacer JR Abogados por ti?
🔹 Defender tu vínculo con tu perro.
🔹 Redactar un convenio legal blindado.
🔹 Solicitar medidas urgentes si hay riesgo.
🔹 Pedir la custodia exclusiva o compartida.
🔹 Reclamar visitas y reparto de gastos.
🔹 Evitar que lo trasladen o regalen sin tu permiso.
Y, sobre todo, darte tranquilidad sabiendo que él no va a perderte.
Contacta ahora: tu perro te necesita más que nunca
El amor se acabó.
Pero tu perro sigue mirándote igual que el primer día.
Y si tú no luchas por él, puede que otro decida por ti.
📲 Solicita ya tu consulta urgente con JR Abogados:
👉 https://jrabogados.es/
👉 https://consultalegal.abogado/
Tu perro es familia. Y en JR Abogados, lo vamos a proteger como tal.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la custodia si el perro está a nombre de mi ex?
Sí. Lo importante es demostrar tu vínculo real, tu implicación en los cuidados y su bienestar contigo.
¿Qué pasa si no se incluye en el convenio?
No estará regulado legalmente y quedará expuesto a conflictos. Debes pactarlo y homologarlo judicialmente.
¿El juez puede darme visitas aunque no me lo quede?
Sí. Puedes solicitar régimen de visitas y el juez puede fijarlo si hay prueba del vínculo afectivo.
¿Y si mi ex amenaza con cambiarle el chip?
Se puede pedir al juez prohibición de cambio de titularidad y solicitar medidas cautelares para evitar apropiaciones.
¿Cuánto tarda el proceso?
Depende del juzgado, pero con pruebas sólidas y medidas urgentes, se puede actuar en pocas semanas.
En JR Abogados entendemos que un divorcio lo cambia todo… salvo el amor de tu perro.
Y ese amor, merece ser defendido con la ley en la mano y el corazón en su sitio.