Reclamaciones al Ayuntamiento: cómo obtener tu compensación por daños paso a paso

¿Has sufrido una caída en la vía pública? ¿Tu coche ha sido dañado por un bache o una obra mal señalizada?
Cuando un Ayuntamiento no mantiene adecuadamente los espacios públicos y eso provoca daños a los ciudadanos, tienes derecho a reclamar una indemnización.
En este artículo te explicamos cómo reclamar al Ayuntamiento paso a paso para conseguir tu compensación de forma eficaz.

¿Cuándo puedes reclamar al Ayuntamiento?

Puedes reclamar al Ayuntamiento cuando:

  • Sufres daños personales (caídas, lesiones) en aceras o parques mal conservados.
  • Tu vehículo sufre desperfectos por el mal estado de la calzada.
  • Tu vivienda o local resulta afectado por obras públicas o servicios municipales defectuosos.
  • Mobiliario urbano (farolas, bancos, columpios) defectuoso te causa un daño.

El fundamento legal está en el principio de responsabilidad patrimonial:
Si una actuación (o falta de actuación) de la Administración te causa un daño que no tienes obligación de soportar, debes ser indemnizado.

¿Tienes dudas si tu caso puede reclamarse? Consulta gratis con nuestros expertos en JR Abogados.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

Para reclamar una indemnización al Ayuntamiento, debes acreditar:

  • Existencia real del daño: lesiones, desperfectos materiales, pérdida económica…
  • Relación de causalidad: el daño debe ser consecuencia directa de una acción u omisión del Ayuntamiento.
  • Daño antijurídico: no debes tener el deber de soportarlo (por ejemplo, no haber actuado imprudentemente).

Sin prueba de estos elementos, la reclamación no prosperará. Por eso es esencial actuar correctamente desde el primer momento.

¿Cómo reclamar al Ayuntamiento? Guía paso a paso

1. Recopila todas las pruebas posibles

Desde el primer momento, asegúrate de:

  • Fotografiar el lugar del accidente o daño.
  • Conseguir un parte médico (en caso de lesiones) o informe de daños (vehículo, vivienda…).
  • Reunir presupuestos o facturas de reparación.
  • Recoger los datos de testigos que puedan acreditar los hechos.

Consejo: cuanto más inmediata sea la obtención de pruebas, mejor.

2. Redacta una reclamación administrativa

Deberás dirigir un escrito formal al Ayuntamiento responsable que contenga:

  • Tus datos personales.
  • Descripción detallada de lo sucedido.
  • Explicación de cómo el daño fue causado por una negligencia municipal.
  • Cuantificación económica del daño.
  • Anexos con todas las pruebas.

En Consulta Legal Abogado podemos ayudarte a preparar una reclamación eficaz, adaptada a tu caso.

3. Presenta la reclamación de forma segura

Puedes presentarla:

  • En el registro del Ayuntamiento.
  • A través de su sede electrónica.
  • O enviándola mediante burofax con acuse de recibo (opción más segura y rápida).

¿Necesitas enviar un burofax de manera profesional? Hazlo fácilmente desde Burofax Abogado.

4. El Ayuntamiento debe responder

Una vez presentada la reclamación:

  • El Ayuntamiento tiene seis meses para resolver.
  • Puede aceptar tu reclamación y ofrecerte una indemnización.
  • Puede desestimar tu reclamación.
  • Puede guardar silencio (lo que equivale a un rechazo implícito).

Importante: si no hay respuesta o es negativa, no te quedes de brazos cruzados.

5. Acude a los tribunales si es necesario

Si no obtienes respuesta satisfactoria, deberás acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Aquí necesitarás un abogado especializado en derecho administrativo.

En JR Abogados somos expertos en reclamaciones contra Ayuntamientos y lucharemos por tus derechos hasta conseguir tu indemnización.

¿Qué tipos de daños se pueden reclamar?

Puedes reclamar por:

  • Lesiones físicas: gastos médicos, secuelas, dolor y sufrimiento.
  • Daños materiales: reparación o sustitución de vehículos, viviendas, objetos personales…
  • Pérdidas económicas: lucro cesante o gastos derivados del daño sufrido.

Cada caso debe ser analizado cuidadosamente para valorar la compensación adecuada.

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar?

El plazo para reclamar es de un año desde:

  • El momento en que ocurrió el daño.
  • O desde que conociste su existencia y alcance (por ejemplo, si se manifiesta un daño oculto).

No dejes pasar el tiempo, o podrías perder tu derecho a indemnización.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si firmé un parte amistoso de accidente?
Si el daño fue causado por el mal estado de la vía pública, puedes reclamar al Ayuntamiento independientemente del parte amistoso.

¿Qué ocurre si no hay testigos?
Aunque los testigos ayudan, puedes acreditar el daño mediante fotos, informes médicos y técnicos.

¿Debo pagar abogado para la reclamación administrativa?
No es obligatorio, pero es muy recomendable. Un abogado especializado mejora notablemente tus opciones de éxito.


No dejes que te ignoren: reclama lo que te corresponde

Sufrir un daño por culpa del Ayuntamiento no debe salirte gratis.
En JR Abogados te acompañamos en todo el proceso para que no pierdas la oportunidad de ser indemnizado.

👉 Contacta con nosotros hoy y empieza a reclamar tu compensación con todas las garantías en JR Abogados o consulta en Consulta Legal Abogado.


¿Daños por culpa del Ayuntamiento? Descubre cómo reclamar y conseguir tu indemnización

¿Has sufrido un accidente por una acera en mal estado? ¿Tu coche se ha dañado por culpa de un bache? ¿Una obra municipal ha afectado a tu propiedad?
No estás solo.
Cada año, miles de ciudadanos sufren daños provocados por la falta de mantenimiento de calles, parques, mobiliario urbano o infraestructuras públicas.
Lo que muchos no saben es que pueden reclamar al Ayuntamiento una indemnización. Aquí te explicamos cómo hacerlo paso a paso y aumentar tus posibilidades de éxito.

¿Cuándo puedes reclamar al Ayuntamiento?

El Ayuntamiento tiene la obligación legal de indemnizar los daños causados por su mal funcionamiento o falta de conservación de los espacios públicos.
Puedes reclamar si:

  • Te caes por una acera rota o mal señalizada.
  • Tu vehículo sufre daños en un bache no reparado.
  • Una rama de un árbol municipal cae sobre ti o tu coche.
  • Una obra pública provoca filtraciones o daños en tu vivienda.
  • Un mobiliario urbano defectuoso te causa lesiones.

El principio clave es el de responsabilidad patrimonial de la Administración: si sufres un daño que no tienes obligación de soportar y que ha sido causado por el Ayuntamiento, tienes derecho a ser indemnizado.

¿Tienes dudas sobre si tu caso encaja? En JR Abogados te ayudamos a valorar tu situación gratuitamente.

Requisitos para reclamar una indemnización

Para que tu reclamación prospere, debes acreditar:

  • La existencia de un daño real, evaluable económicamente.
  • La relación directa de causa y efecto entre el mal estado o negligencia municipal y el daño sufrido.
  • Que el daño sea antijurídico, es decir, que no tengas el deber de soportarlo.

La prueba es fundamental. Por eso, el primer paso tras sufrir el daño es recopilar toda la evidencia posible.

¿Cómo reclamar una indemnización al Ayuntamiento? Paso a paso

Te explicamos el proceso de forma sencilla:

1. Recopila todas las pruebas

  • Fotografías claras del lugar y del daño.
  • Parte médico (si hay lesiones) o informes de daños materiales.
  • Facturas, presupuestos o informes de peritos.
  • Datos de testigos presenciales.

La solidez de tu reclamación dependerá de la calidad de estas pruebas.

2. Redacta una reclamación administrativa

Debes enviar un escrito al Ayuntamiento donde expliques:

  • Qué ocurrió, cuándo y dónde.
  • Qué daños has sufrido.
  • Cómo se relacionan esos daños con el estado del espacio público.
  • Qué cantidad reclamas como indemnización.

No olvides adjuntar todas las pruebas.

Si quieres asegurarte de que tu reclamación sea impecable, en Consulta Legal Abogado podemos ayudarte a redactarla correctamente.

3. Presenta tu reclamación de forma segura

Para que tu reclamación quede registrada y no haya problemas de plazos o extravíos, utiliza un medio fehaciente como:

  • Registro de entrada del Ayuntamiento.
  • Sede electrónica (si dispones de certificado digital).
  • Burofax certificado. Puedes enviarlo cómodamente a través de Burofax Abogado.

4. Espera la respuesta del Ayuntamiento

El Ayuntamiento tiene seis meses para responder:

  • Si acepta tu reclamación, te ofrecerá una indemnización.
  • Si la rechaza o no contesta (silencio administrativo), podrás acudir a los tribunales.

Importante: no dejes pasar los plazos para acudir a la vía judicial.

5. Acude al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

Si el Ayuntamiento no te indemniza voluntariamente, deberás presentar una demanda.
Aquí es obligatorio actuar con abogado. En JR Abogados somos especialistas en reclamaciones contra administraciones públicas y te guiaremos en todo el proceso para maximizar tus posibilidades de éxito.

¿Qué puedes reclamar?

La indemnización debe cubrir todos los daños sufridos, incluyendo:

  • Lesiones físicas: gastos médicos, rehabilitación, bajas laborales, secuelas…
  • Daños materiales: reparación o sustitución de vehículos, viviendas, objetos personales…
  • Daño moral: dolor, sufrimiento, pérdida de calidad de vida.
  • Pérdida económica: ingresos dejados de percibir.

Cada caso es único, por eso es importante hacer una valoración detallada del daño antes de reclamar.

¿Qué pasa si no reclamas?

Si no reclamas:

  • Pierdes tu derecho a ser indemnizado.
  • El Ayuntamiento no asumirá responsabilidad alguna.
  • Podrías asumir personalmente gastos médicos, reparaciones y pérdidas económicas.

Reclamar es tu derecho. No dejes pasar la oportunidad de exigir una compensación justa.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para reclamar al Ayuntamiento?
Tienes un año desde que ocurrió el daño o desde que conociste su alcance.

¿Necesito abogado para la reclamación administrativa?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable para preparar una reclamación sólida.

¿Qué ocurre si el Ayuntamiento niega su responsabilidad?
Puedes acudir a la vía judicial para reclamar tu indemnización ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

¿Cuánto tarda en resolverse una reclamación?
El procedimiento administrativo puede tardar entre 6 meses y un año. Si es necesario acudir a juicio, puede alargarse varios meses más.


No dejes que la burocracia te frene

Si has sufrido un daño por culpa del Ayuntamiento, no renuncies a tus derechos.
En JR Abogados somos especialistas en este tipo de reclamaciones y lucharemos para conseguir la máxima indemnización para ti.

👉 Contacta con nosotros ahora en JR Abogados o realiza tu consulta rápida en Consulta Legal Abogado.

Ley Mordaza y sanciones sin pruebas: cómo recurrir si solo está el testimonio del policía

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Recibes una carta de la Delegación del Gobierno y en unas pocas líneas te acusan de haber desobedecido a un agente, de haber faltado al respeto o de haber participado en una reunión no autorizada. Pero cuando lees el expediente, solo hay un testimonio: el del policía. No hay vídeos, no hay testigos, no hay fotos. Solo un relato escueto y general. Y aun así, te proponen una sanción de 601 euros, 1.500 o incluso más de 3.000.

¿Es esto legal? ¿Puede sancionarte el Estado sin pruebas, solo por la palabra de un agente?
Sí… pero con muchas condiciones. Y lo que nadie te dice es que la mayoría de esas multas se pueden recurrir y anular si se hace bien.

En JR Abogados llevamos más de 25 años recurriendo sanciones impuestas por la Ley Mordaza. Conocemos los errores que comete la Administración, los límites legales y las claves para desmontar estas multas arbitrarias. En este artículo te explicamos, paso a paso, cómo defenderte cuando todo se basa únicamente en la palabra de un policía.


La trampa de la “Ley Mordaza”: multas por decreto y sin defensa

La Ley Orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana, se aprobó en un contexto de conflictividad social y manifestaciones masivas. Desde su entrada en vigor, se ha convertido en una de las herramientas más criticadas por vulnerar derechos fundamentales. Y uno de los aspectos más preocupantes es la facilidad con la que se imponen sanciones sin necesidad de pruebas objetivas, amparadas únicamente en el testimonio de un agente.

Esto incluye infracciones como:

  • Desobediencia leve a la autoridad (art. 36.6)
  • Falta de respeto a agentes de policía (art. 37.4)
  • Reuniones o manifestaciones no comunicadas (art. 36.1)
  • Grabaciones a policías (art. 36.23)
  • Negativa a identificarse (art. 36.6)

¿El testimonio del policía vale como prueba suficiente?

Es cierto que el Tribunal Supremo ha señalado que el testimonio de un agente goza de presunción de veracidad. Pero eso no significa que sea infalible ni que esté por encima del derecho de defensa.

El artículo 137 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común exige que toda resolución sancionadora esté debidamente motivada y basada en hechos acreditados. Si no hay prueba más allá de la palabra del agente, el expediente debe ser analizado con lupa.


¿Cuándo puedes tumbar la multa?

En JR Abogados hemos conseguido anular decenas de sanciones similares, sobre todo en estos casos:

1. El atestado es genérico y sin hechos concretos

Multitud de propuestas de sanción se redactan con fórmulas tipo:
“El sancionado mostró una actitud desafiante y vociferante contra los agentes, negándose a colaborar con las instrucciones dadas”.

¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Qué instrucciones? ¿Qué dijo exactamente? Si no hay detalle, hay vulneración del principio de presunción de inocencia.

2. No hay grabaciones ni testigos

En la era del móvil, es llamativo que no se acompañen pruebas audiovisuales. Y muchos agentes llevan cámaras corporales, por lo que si no aportan vídeo, hay margen para exigirlo.

3. Incoherencias en el relato

Si en el expediente hay contradicciones (por ejemplo, entre la propuesta de sanción y el informe policial), es posible desmontar la sanción por falta de motivación suficiente.

4. Exceso de subjetividad

La sanción no puede basarse en valoraciones como “tenía una actitud chulesca” o “su tono era agresivo”. Las expresiones deben ser objetivas y detalladas, no impresiones personales.


Ejemplo real: multa anulada por falta de motivación

✅ Cliente de JR Abogados multado por desobediencia leve (601 €)
Supuestamente, durante una concentración no autorizada, se negó a identificarse. El informe policial solo decía: “Requerido en varias ocasiones para mostrar su documentación, hizo caso omiso y mostró actitud pasiva-agresiva”. Nada más. Presentamos recurso alegando:

  • Falta de concreción del lugar y hora exacta.
  • Ausencia de medios de prueba adicionales.
  • No se detallaron las órdenes dadas.
  • El lenguaje era valorativo, no descriptivo.

👉 Resultado: multa anulada por falta de motivación suficiente.


Qué dice la jurisprudencia: no basta con la palabra del agente

Los tribunales ya han dejado claro que la presunción de veracidad no es absoluta. Por ejemplo:

  • Sentencia TSJ Castilla-La Mancha, 23/02/2023:
    “La falta de prueba objetiva adicional convierte en insuficiente el único relato policial para sustentar una sanción administrativa grave”.
  • Sentencia del TSJ de Madrid, 15/06/2021:
    “El agente tiene presunción de veracidad, pero no de veracidad absoluta: si no hay corroboración, la sanción no se sostiene”.
  • Sentencia del Constitucional 176/2013:
    “La presunción de inocencia exige que cualquier sanción esté sustentada en prueba válida y suficiente”.

¿Qué puedes hacer si te sancionan?

1. Revisa el expediente completo

Solicita copia íntegra del procedimiento: informe policial, propuesta de resolución, notificaciones. Anota todo lo que esté redactado de forma vaga o contradictoria.

2. Comprueba si hay pruebas adicionales

¿Aportan vídeo? ¿Hay testigos? ¿Algún documento firmado por ti? Si no hay nada más allá del testimonio del agente, ya tienes base para recurrir.

3. Haz alegaciones bien fundamentadas

Tienes 10 días hábiles desde que te notifican la propuesta para presentar alegaciones. En JR Abogados redactamos por ti un escrito legal detallado, con base jurídica y referencia a sentencias que nos han dado la razón.

4. No pagues por pronto pago sin consultar

Si pagas la multa con el 50% de descuento, pierdes el derecho a recurrir. Es una decisión importante: consúltanos antes. Muchas veces, pagar rápido significa renunciar a tus derechos.


¿Y si ya me llegó la resolución final?

Aún puedes interponer:

  • Recurso de reposición (plazo de 1 mes).
  • Recurso contencioso-administrativo (plazo de 2 meses).

En algunos casos excepcionales, incluso puede solicitarse la revisión de oficio o la declaración de nulidad de pleno derecho, especialmente si se vulneraron derechos fundamentales.


El miedo, la prisa y el silencio: aliados de las sanciones injustas

Muchos ciudadanos pagan por miedo. Otros, por no saber cómo actuar. Y algunos, porque creen que no se puede hacer nada. Eso es justo lo que quiere el sistema.

En JR Abogados no aceptamos eso. Estamos aquí para darte voz, defensa y estrategia.


¿Por qué confiar en JR Abogados?

✅ Porque llevamos más de 25 años defendiendo a personas sancionadas por la Ley Mordaza.
✅ Porque conocemos los errores más habituales en estos expedientes.
✅ Porque presentamos recursos sólidos, con jurisprudencia y técnica legal.
✅ Porque no te cobramos por opinar: analizamos tu caso sin compromiso.

📞 Llama al 647 33 52 43 o envíanos tu expediente escaneado a [email protected]


Enlaces útiles


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿El testimonio de un agente es siempre suficiente para sancionar?
No. Debe ir acompañado de hechos concretos, motivación suficiente y, en muchos casos, otras pruebas.

¿Qué pasa si no hay vídeo, testigos ni pruebas físicas?
Se puede recurrir. Muchas sanciones se anulan por falta de pruebas objetivas o por informes mal redactados.

¿Puedo grabar yo la actuación del policía?
Sí, siempre que no interfieras ni uses la imagen para causar daño. Esa grabación puede ayudarte como prueba en tu defensa.

¿Puedo ir directamente a juicio si me imponen la multa?
Sí, mediante recurso contencioso-administrativo si la Administración desestima tus alegaciones.

¿Qué coste tiene recurrir con JR Abogados?
Analizamos gratis tu expediente y te damos un presupuesto cerrado, sin sorpresas. Luchamos hasta el final si hay base para anular la multa.

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No te calles. No te resignes. Defiéndete.

Recibir una multa sin pruebas no es justicia: es abuso. Pero el abuso solo prospera si te quedas de brazos cruzados. Da el primer paso.

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Carretera rota, vidas rotas: así puedes conseguir justicia si el Estado no hizo su trabajo

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Un día cualquiera. Conduces por una carretera que usas a diario. No vas rápido, no has bebido, no has hecho nada mal. De repente, un socavón. O un bache mal tapado. El coche se desvía, pierdes el control, y todo se oscurece. Minutos después, estás herido, tu vehículo destrozado y nadie responde.

Y lo peor: cuando llamas al seguro, cuando te llega el atestado, cuando hablas con la Policía… nadie te menciona que el Estado puede ser el responsable.

Pero lo es.
Si la carretera estaba mal y eso provocó el accidente, tienes derecho a reclamar.

Y ese derecho puede significar la diferencia entre el desastre y la justicia.


🚧 Carreteras que no aguantan… y vidas que se rompen

España cuenta con miles de kilómetros de vías públicas. Muchas están deterioradas, sin mantenimiento adecuado, con parcheos mal hechos, firme agrietado, señales caídas o directamente sin señalizar. Cuando ese abandono provoca un accidente, la víctima no puede ser quien cargue con las consecuencias.

Estas son algunas de las causas más comunes de accidentes por mal estado de la vía:

  • Baches profundos sin señalizar.
  • Asfalto deshecho o deslizante tras lluvias.
  • Falta de arcenes en carreteras secundarias.
  • Curvas peligrosas sin peralte ni advertencias.
  • Señales ocultas por vegetación.
  • Desniveles en puentes o pasos a nivel.
  • Mala iluminación en zonas negras.
  • Obras mal señalizadas.

¿Has tenido un accidente así? Entonces este artículo es para ti.


⚖️ ¿Qué dice la ley? ¿Realmente puedo reclamar?

Sí. Puedes y debes reclamar.

La base legal está en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que dice:

“Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.”

La conservación de carreteras es un servicio público. Si no funciona como debe, si se ha abandonado, si no se ha inspeccionado o reparado a tiempo, la Administración tiene que responder.


📍 ¿A quién se reclama?

Dependerá de la vía:

Tipo de carreteraResponsable
Autopistas y autovías nacionalesMinisterio de Transportes (DGT, Carreteras del Estado)
Carreteras autonómicasComunidad Autónoma correspondiente
Vías urbanas o caminos municipalesAyuntamiento
Caminos rurales o interurbanosDiputaciones provinciales o ayuntamientos

En JR Abogados identificamos por ti quién debe responder.

🌐 https://jrabogados.es/
📞 https://consultalegal.abogado/


🧾 ¿Qué puedes reclamar si se demuestra que fue por el mal estado de la vía?

  • Reparación del vehículo (incluso si no tienes todo riesgo).
  • Gastos médicos y farmacéuticos.
  • Lesiones personales.
  • Días de baja o incapacidad.
  • Daños morales y secuelas.
  • Lucro cesante (por pérdida de ingresos).
  • Indemnización por fallecimiento (para los herederos).

Hay casos donde las indemnizaciones superan los 60.000, 100.000 o más euros, dependiendo del daño.


🔍 ¿Qué debes demostrar para tener éxito?

No basta con alegar que la carretera estaba mal. Hay que probarlo. Y para ello necesitas:

1. Que hubo un daño real

No importa si es el coche, tu cuerpo o tu vida familiar. Todo perjuicio cuantificable puede reclamarse.

2. Que el mal estado de la vía causó el accidente

Hay que demostrar un nexo directo entre el defecto y el siniestro.

3. Que hubo culpa o negligencia de la Administración

Por no mantener, reparar o señalizar adecuadamente.


📸 ¿Qué pruebas necesito?

Aquí está el punto clave. Tu caso puede depender de las pruebas. Lo ideal es que consigas:

  • Fotos del lugar (bache, socavón, señal caída…).
  • Atestado o informe de tráfico donde conste el estado de la vía.
  • Testigos presenciales.
  • Informe pericial técnico.
  • Facturas de reparación.
  • Informes médicos.
  • Quejas previas registradas por vecinos (si las hay).
  • Datos históricos del tramo (accidentes similares, obras pendientes, etc).

En JR Abogados recopilamos todas estas pruebas por ti.
📧 Contacto: [email protected]


⏳ Plazo para reclamar: cuidado con esto

Tienes 1 año desde la fecha del accidente o desde que se estabilizan las lesiones (por ejemplo, tras una operación) para presentar la reclamación por responsabilidad patrimonial.

Este plazo es preclusivo: si lo dejas pasar, pierdes el derecho para siempre.

Actúa ahora:
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✍️ ¿Cómo se hace la reclamación?

El procedimiento es administrativo, y si no se acepta, puedes ir a juicio contencioso-administrativo.

Paso a paso:

  1. Presentamos un escrito de reclamación ante el órgano competente.
  2. Adjuntamos todas las pruebas.
  3. Solicitamos una cuantía indemnizatoria concreta.
  4. La Administración tiene 6 meses para responder.
  5. Si no responde, o desestima, podemos demandar ante el juzgado contencioso-administrativo.

⚠️ Errores que debes evitar

  • No tomar fotos del lugar.
  • No pedir atestado si hay lesiones o daños.
  • Asumir que el seguro lo cubre todo.
  • Esperar demasiado.
  • No contactar con un abogado especialista.

Muchos casos se pierden porque la víctima actúa tarde o mal asesorada.


🧑‍⚖️ Casos reales: la carretera se cobra vidas… pero también hay justicia

🛻 Caso 1: fallecimiento por socavón en vía secundaria

Matrimonio joven se estrella al salir de curva con asfalto hundido.
El bache no estaba señalizado.
El Ayuntamiento alegó que “no había constancia del defecto”.
Pero con fotos, informes y vecinos que ya lo habían denunciado antes, se probó la negligencia municipal.
📌 Indemnización a los herederos: 132.000 €

🏍️ Caso 2: motorista cae por gravilla mal retirada

Tramo recién asfaltado. El operario olvidó limpiar tras la obra.
La moto derrapó. El joven sufrió rotura de cadera y rodilla.
Demostramos omisión de limpieza y falta de advertencia.
📌 Indemnización: 28.000 € + 4.500 € por lucro cesante.

🚶 Caso 3: peatón atropellado en paso de cebra mal iluminado

Conductor no vio al peatón de noche. El Ayuntamiento no había repuesto farolas.
A pesar de que el conductor fue culpable, se acreditó que la falta de iluminación contribuyó.
📌 Indemnización compartida: 60.000 € a la víctima.

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🧑‍💼 ¿Por qué JR Abogados?

  • Llevamos más de 25 años ayudando a víctimas de accidentes por culpa de la Administración.
  • Hemos ganado reclamaciones contra ayuntamientos, comunidades autónomas y ministerios.
  • Contamos con peritos, médicos forenses y técnicos para reforzar tu caso.
  • Si no vemos posibilidades reales de éxito, no iniciamos el proceso.

📧 Escríbenos: [email protected]
📞 Consulta legal inmediata: https://consultalegal.abogado/


❓ Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el atestado no menciona el bache?

No es definitivo. Podemos aportar fotos, informes y peritos. Incluso pedir responsabilidad subsidiaria por omisión.

¿El seguro cubre algo?

Solo si tienes todo riesgo. Pero la Administración debe pagar el resto si se demuestra su culpa.

¿Y si fue un familiar quien falleció?

Los herederos legales tienen derecho a indemnización, incluso si no iban en el vehículo.

¿Qué pasa si la vía es rural o comarcal?

No importa: todas las vías públicas tienen un titular responsable que debe mantenerlas.


💥 No dejes que el Estado se lave las manos

Si tú fallas como conductor, te multan.
Si ellos fallan como responsables de la vía… ¿deben quedar impunes?

La justicia no funciona si solo se exige a uno de los lados.
Tú tienes derecho. Y nosotros podemos ayudarte a ejercerlo.


🛑 Carretera rota, vidas rotas. Pero aún puedes repararlo

No hablamos solo de dinero.
Hablamos de dignidad, de justicia, de tu vida y la de los tuyos.

Y si el Estado no hizo su trabajo, nosotros sí haremos el nuestro.

📍 Escríbenos hoy mismo:
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Porque cada vida rota merece una reparación. Y cada carretera abandonada, una reclamación firme.

Indemnización contra el Ayuntamiento: derechos, trámites y claves para ganar tu reclamación

¿Sabías que si sufres daños por culpa del Ayuntamiento puedes reclamar una indemnización?
Cada año miles de ciudadanos son víctimas de caídas, accidentes o daños materiales causados por el mal estado de calles, aceras, instalaciones públicas u obras municipales.
Lo que muchos desconocen es que el Ayuntamiento tiene la obligación legal de indemnizar en estos casos.
En este artículo te contamos tus derechos, el proceso de reclamación y las claves para aumentar tus posibilidades de éxito.

¿Cuándo puedes reclamar una indemnización al Ayuntamiento?

El principio de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas establece que el Ayuntamiento debe responder de los daños causados a los ciudadanos, siempre que se cumplan estos requisitos:

  • Existencia de un daño real: físico, moral o material, cuantificable económicamente.
  • Causalidad directa entre la acción u omisión del Ayuntamiento y el daño sufrido.
  • Daño antijurídico: es decir, que no tengas el deber de soportarlo legalmente.

Ejemplos frecuentes de reclamaciones:

  • Caídas por aceras en mal estado o baldosas sueltas.
  • Accidentes de tráfico causados por baches o señalización defectuosa.
  • Daños por obras públicas mal ejecutadas.
  • Lesiones por mobiliario urbano roto (bancos, farolas, parques infantiles).
  • Árboles municipales caídos sobre vehículos o personas.

Importante: no todas las situaciones generan derecho a indemnización. La clave es probar la culpa o negligencia del Ayuntamiento.

¿Quieres saber si tu caso puede reclamarse? Consulta a nuestros expertos en JR Abogados.

¿Cómo reclamar una indemnización al Ayuntamiento? Trámite paso a paso

Te explicamos de forma clara los pasos que debes seguir:

1. Recopilar todas las pruebas

Nada es más importante que demostrar lo ocurrido.
Debes conseguir:

  • Fotografías del lugar del accidente y del daño sufrido.
  • Parte médico o informes de lesiones (en caso de daños personales).
  • Presupuestos o facturas de reparación (daños materiales).
  • Datos de testigos, si los hubiera.
  • Informes periciales (en daños complejos).

Consejo: actúa rápido. A medida que pasa el tiempo, las pruebas pueden perderse.

2. Redactar la reclamación administrativa

La reclamación debe incluir:

  • Tus datos personales completos.
  • Descripción detallada del hecho y del daño sufrido.
  • Relación de causalidad entre el mal estado o negligencia municipal y tu daño.
  • Cuantificación económica de la indemnización que solicitas.
  • Toda la documentación de prueba.

En Consulta Legal Abogado te ayudamos a preparar tu reclamación con todas las garantías jurídicas.

3. Presentar la reclamación correctamente

Debes presentarla en el Ayuntamiento o a través de medios oficiales (registro electrónico, sede electrónica).
El plazo es de un año desde que se produjo el daño o desde que se conocieron sus efectos.

Muy importante: utiliza un medio que garantice la constancia de la entrega.
Recomendamos enviar un burofax con acuse de recibo. Puedes tramitarlo fácilmente en Burofax Abogado.

4. Esperar la respuesta del Ayuntamiento

El Ayuntamiento tiene seis meses para contestar:

  • Puede aceptar la reclamación y ofrecer una indemnización.
  • Puede rechazar la reclamación.
  • Puede no contestar (silencio administrativo), lo que equivale a un rechazo.

5. Acudir a la vía judicial si es necesario

Si el Ayuntamiento no te indemniza o no estás conforme con la cuantía ofrecida, deberás acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Aquí es imprescindible actuar con un abogado especializado en reclamaciones contra administraciones públicas.
En JR Abogados ponemos toda nuestra experiencia a tu servicio para luchar por tu indemnización.

Claves para ganar tu reclamación contra el Ayuntamiento

1. Acredita bien el daño y el nexo causal.
Sin pruebas sólidas, tu reclamación será desestimada.

2. Actúa dentro de los plazos.
No dejes pasar el año desde el daño o desde su manifestación.

3. Redacta una reclamación jurídica impecable.
Debe argumentar bien la responsabilidad patrimonial.

4. Usa medios fehacientes para comunicarte.
Burofax con acuse de recibo o presentación en sede electrónica.

5. Busca ayuda de abogados expertos.
Los procedimientos administrativos y judiciales requieren conocimiento técnico.

En JR Abogados somos especialistas en reclamar indemnizaciones contra Ayuntamientos y tenemos una alta tasa de éxito en este tipo de casos.

Preguntas frecuentes sobre reclamar al Ayuntamiento

¿Cuánto tiempo tarda una reclamación de indemnización?
El procedimiento administrativo puede durar entre 6 y 12 meses. Si hay que acudir a juicio, el proceso puede alargarse otro año más.

¿Puedo reclamar si firmé un parte amistoso de accidente?
Depende. Si reconociste tu culpa, será más difícil reclamar. Pero si el daño proviene de un defecto del Ayuntamiento, aún puedes reclamar.

¿Qué pasa si no presento pruebas?
Sin pruebas suficientes, tu reclamación será probablemente desestimada.

¿Es caro reclamar al Ayuntamiento?
No necesariamente. Muchos despachos ofrecen tarifas ajustadas o acuerdos de cuota litis (cobro solo si se gana). Además, puedes recuperar parte de los costes si ganas el juicio.


¿Has sufrido daños por culpa del Ayuntamiento? Cómo reclamar tu indemnización paso a paso

¿Te has caído en una acera en mal estado? ¿Tu coche ha sufrido daños por un bache en la calzada? ¿Una obra municipal ha provocado daños en tu vivienda o negocio?
Cuando el Ayuntamiento incumple su obligación de mantener en buen estado las vías públicas y servicios municipales, tienes derecho a reclamar una indemnización. Te explicamos paso a paso cómo hacerlo para que no pierdas tu oportunidad.

¿Cuándo puedes reclamar al Ayuntamiento una indemnización?

El Ayuntamiento, como cualquier administración pública, responde de los daños causados a los ciudadanos siempre que se cumplan estos requisitos:

  • Existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado.
  • Relación de causalidad directa entre la actuación u omisión municipal y el daño sufrido.
  • Que el daño no tengas el deber jurídico de soportarlo.

Por ejemplo, puedes reclamar si:

  • Sufres una caída por una acera rota, sin señalizar.
  • Tu coche sufre daños al pasar por un socavón sin reparar.
  • Una rama de un árbol municipal cae sobre tu vehículo.
  • Una obra pública causa filtraciones en tu vivienda.

Si tienes dudas sobre si tu caso encaja, te recomendamos contactar con abogados expertos en reclamaciones administrativas como los de JR Abogados.

Pasos para reclamar tu indemnización al Ayuntamiento

Reclamar una indemnización al Ayuntamiento requiere seguir un proceso administrativo muy concreto. Te lo explicamos de manera sencilla:

1. Recopila pruebas desde el primer momento

  • Fotografías del lugar del accidente.
  • Parte médico o informe de daños materiales.
  • Facturas o presupuestos de reparación.
  • Testigos, si los hubiera.

Cuantas más pruebas tengas, más sólida será tu reclamación.

2. Redacta y presenta tu reclamación administrativa

Debes presentar un escrito de reclamación dirigido al Ayuntamiento responsable. En él debes:

  • Identificarte correctamente.
  • Describir detalladamente los hechos y el daño sufrido.
  • Adjuntar las pruebas.
  • Solicitar una cuantía concreta de indemnización.

Este trámite debe realizarse dentro del plazo de un año desde que se produjo el daño o desde que se manifiestan sus efectos.

¿No sabes cómo redactarlo correctamente? No te arriesgues: desde Consulta Legal Abogado podemos ayudarte a plantearlo de forma impecable para maximizar tus opciones de éxito.

3. Envía tu reclamación de forma fehaciente

Es fundamental que puedas acreditar el envío y recepción de tu reclamación.
Te aconsejamos utilizar el burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, el medio más seguro para este tipo de trámites.

Puedes gestionar tu burofax online de manera fácil y económica en Burofax Abogado.

4. Espera la respuesta del Ayuntamiento

El Ayuntamiento tiene un plazo de seis meses para responder. Puede:

  • Aceptar tu reclamación y ofrecer una indemnización.
  • Desestimar tu reclamación.
  • No contestar (en cuyo caso se entenderá desestimada por silencio administrativo).

5. ¿El Ayuntamiento rechaza pagar? ¡Recurre a los tribunales!

Si tu reclamación es desestimada o no te indemnizan de manera justa, puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
En este punto, contar con un buen abogado especializado en responsabilidad patrimonial de la Administración es fundamental.

En JR Abogados somos expertos en defender a particulares y empresas frente a los daños causados por Ayuntamientos y otras administraciones públicas.

¿Qué indemnización puedes conseguir?

La cuantía de la indemnización dependerá del daño sufrido:

  • Lesiones personales: gastos médicos, baja laboral, daños morales…
  • Daños materiales: reparación o sustitución de bienes dañados.
  • Pérdidas económicas: lucro cesante, gastos extraordinarios…

Cada caso es único. Un abogado especializado te ayudará a valorar correctamente el daño y reclamar la máxima indemnización posible.

¿Merece la pena reclamar al Ayuntamiento?

¡Por supuesto! Muchas personas no reclaman pensando que «no merece la pena» o que «el Ayuntamiento nunca paga», pero no es así:

  • Tienes derecho a ser resarcido por los daños sufridos.
  • Los Ayuntamientos tienen seguros que cubren estas responsabilidades.
  • Con la reclamación adecuada, las probabilidades de éxito son altas.

No dejes que el miedo o la burocracia te paralicen. En JR Abogados te acompañamos en todo el proceso para que obtengas lo que legítimamente te corresponde.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si ya ha pasado más de un año desde el accidente?
No, en principio el derecho caduca al año, salvo excepciones muy concretas (por ejemplo, daños ocultos que se manifiestan más tarde).

¿Es obligatorio contratar un abogado para reclamar?
Para la reclamación administrativa inicial no, pero para la fase judicial sí será imprescindible. Además, contar con abogado desde el principio aumenta mucho tus posibilidades de éxito.

¿Qué pasa si no tengo testigos?
No es imprescindible, aunque contar con testigos refuerza tu caso. Una buena prueba documental (fotos, informes médicos) puede ser suficiente.


La Comunidad de Madrid te exige licencia municipal para tu VUT: cómo defender tu actividad legalmente

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Si has recibido una carta o notificación de la Comunidad de Madrid o del Ayuntamiento exigiéndote una licencia urbanística o municipal para tu Vivienda de Uso Turístico (VUT), estás ante una situación delicada. Y si estás leyendo esto, seguramente tengas miedo de perder tu derecho a alquilar legalmente, a recibir una multa o incluso a que te clausuren la vivienda.

En JR Abogados, con más de 25 años de experiencia, defendemos cada semana a propietarios que se enfrentan a esta presión normativa creciente. Sabemos cómo se mueve la Administración y qué pasos debes dar (y cuáles evitar) para salvar tu actividad legalmente. Si no actúas bien, puedes perder todo lo invertido en tu vivienda turística.


¿Qué está ocurriendo con las VUT en la Comunidad de Madrid?

Desde hace unos años, la Comunidad de Madrid y, especialmente, el Ayuntamiento de Madrid están llevando a cabo una campaña intensiva de inspección, fiscalización y control sobre las viviendas de uso turístico.

No basta con tener tu VUT registrada.
Ahora también te exigen demostrar que cumples la normativa urbanística municipal.

Esto significa que muchos propietarios, a pesar de haber actuado con buena fe, están recibiendo requerimientos, sanciones y propuestas de clausura, simplemente por no haber solicitado una licencia municipal de cambio de uso o por no contar con cédula urbanística favorable.


¿Es obligatoria la licencia municipal para explotar una VUT en Madrid?

Sí. Aunque muchas personas desconocen este detalle, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la normativa del Plan General de Ordenación Urbana y las ordenanzas municipales establecen claramente que:

El uso turístico de una vivienda en régimen de alojamiento turístico está sujeto a licencia urbanística.

Esto implica que si tu VUT:

  • Está en un edificio de uso exclusivo residencial,
  • No tiene acceso independiente desde la calle,
  • No ha obtenido licencia previa de cambio de uso a «hospedaje»,
  • O no ha superado los criterios urbanísticos de compatibilidad,

puedes estar incurriendo en una infracción grave.


¿Qué es la licencia urbanística de uso terciario/hospedaje?

Es una autorización que transforma legalmente el uso del inmueble de «residencial» a «terciario en su clase de hospedaje», lo cual permite su utilización como vivienda turística conforme a la normativa urbanística de Madrid.

Obtener esta licencia no es sencillo. Requiere:

  • Cédula urbanística favorable.
  • Planos visados por técnico competente.
  • Cumplimiento de normativa de incendios, accesibilidad y salubridad.
  • Informe favorable del Ayuntamiento.
  • Posible tramitación de licencia de obra.

¿Y si ya tienes el número de registro de la Dirección General de Turismo?

No es suficiente.
El registro autonómico es necesario, pero no sustituye la legalización urbanística municipal.

Muchos propietarios creían que con solo inscribirse en el Registro de Turismo bastaba. Pero la ley ha cambiado y se ha endurecido. Ahora, en la mayoría de los casos, te exigen demostrar que tu uso turístico es compatible con el planeamiento urbanístico.


¿Qué pasa si no presentas la licencia cuando te la exigen?

La consecuencia inmediata es que la Comunidad o el Ayuntamiento pueden iniciar un expediente sancionador o darte de baja en el registro de VUT. Y si el expediente prospera, se pueden imponer:

  • Multas de hasta 30.000 € o más en caso de reincidencia.
  • Clausura de la actividad turística.
  • Orden de cese del uso de hospedaje.
  • Prohibición futura de registrar la vivienda como VUT.

Además, pueden bloquearte en las plataformas de alquiler turístico si se inicia un expediente oficial.


¿Y si mi VUT no puede obtener esa licencia?

Aquí está el mayor problema.
Miles de VUT en Madrid están funcionando en edificios donde no es legalizable su actividad. Algunos de los obstáculos más frecuentes son:

  • El inmueble no permite usos terciarios por planeamiento.
  • No hay acceso independiente desde la calle.
  • La comunidad de propietarios lo ha prohibido expresamente.
  • Está ubicado en zonas tensionadas o protegidas.

Pero incluso en estos casos, hay defensa posible. En JR Abogados hemos salvado muchas situaciones aparentemente perdidas, gracias a:

  • Uso consolidado anterior al cambio normativo.
  • Falta de notificación previa válida.
  • Errores en el procedimiento administrativo.
  • Jurisprudencia favorable en vía contenciosa.

¿Qué pasos debes seguir si te exigen la licencia?


1. NO ACTÚES SOLO NI A CIEGAS

Muchos propietarios entregan documentos que ni sabían que les perjudicaban. Otros ignoran la carta, pensando que al no responder, no pasará nada.

Ambos caminos son un error que puede costarte tu VUT para siempre.


2. Revisa la carta: fechas, plazos y tipo de requerimiento

  • ¿Es un requerimiento de documentación?
  • ¿Te están notificando una propuesta de sanción?
  • ¿Se trata de una orden de cese de actividad?

Cada situación requiere una estrategia distinta.
En JR Abogados analizamos gratuitamente la carta que hayas recibido.


3. Solicita la cédula urbanística del inmueble

Este documento indica qué usos están permitidos por el planeamiento para tu vivienda. Si no permite el uso de hospedaje, la VUT es ilegal a nivel urbanístico.

Pero cuidado: no todo está perdido. Incluso en estos casos podemos recurrir o presentar argumentaciones jurídicas y técnicas para evitar el cierre.


4. Verifica si tienes acceso independiente

Una de las exigencias más polémicas del Ayuntamiento de Madrid es que las VUT deben contar con acceso diferenciado desde la calle, lo cual no es posible en la mayoría de edificios residenciales.

Hay recursos judiciales en marcha contra esta exigencia, y no siempre es aplicable. Lo importante es presentar tu defensa bien fundamentada.


5. Contacta ya con un abogado urbanista

Cada palabra que digas, cada documento que presentes, puede ser usado en tu contra si no está bien planteado. En JR Abogados redactamos por ti:

  • Alegaciones jurídicas.
  • Escritos de recurso.
  • Contestaciones al requerimiento.
  • Revisión técnica de la legalidad urbanística.
  • Defensa en vía contencioso-administrativa.

Casos reales: cómo hemos salvado VUTs en riesgo


📍 Caso 1 – Centro de Madrid (Gran Vía)
El cliente recibió una notificación de propuesta de sanción por falta de licencia. Su edificio no permitía uso terciario. Gracias a una alegación por uso consolidado previo y error en el procedimiento, evitamos la sanción y el cierre.


📍 Caso 2 – Lavapiés
VUT con acceso no independiente. La Administración pretendía clausurarla. Aportamos documentación técnica alternativa, jurisprudencia del TSJM y paralizamos el expediente.


📍 Caso 3 – Retiro
Expediente de cese y multa de 21.000 €. En JR Abogados recurrimos en vía contenciosa, y conseguimos que el juez suspendiera la ejecución hasta resolver el fondo del asunto. El cliente sigue alquilando legalmente.


¿Puedo regularizar mi VUT ahora mismo?

Depende del caso.
Hay situaciones en las que aún puedes solicitar la licencia municipal, pero en otras ya no es posible. Por eso es vital:

✅ Consultar la cédula urbanística.
✅ Comprobar el uso permitido del edificio.
✅ Verificar si existe oposición comunitaria.
✅ Consultar si hay zonas de restricción turística.

En JR Abogados te hacemos todo este estudio de forma completa.


¿Qué pasa si decido cerrar la VUT?

También puede ser una estrategia válida si ya existe expediente abierto, para intentar evitar la sanción. Pero debe hacerse con cuidado, y en ocasiones hay que presentar alegaciones antes o durante el cierre.

Cerrar sin defensa legal puede interpretarse como reconocimiento de infracción.


¿Qué puede hacer JR Abogados por ti?

🔹 Revisamos GRATIS el requerimiento recibido.
🔹 Analizamos la legalidad urbanística de tu inmueble.
🔹 Tramitamos licencias o certificados si es viable.
🔹 Redactamos escritos de defensa y recursos.
🔹 Paramos sanciones y cierres injustificados.
🔹 Te defendemos en vía contenciosa si es necesario.


🧷 En JR Abogados protegemos tu inversión, tu tranquilidad y tu derecho a alquilar legalmente. No estás solo ante la Administración.


Llama ya. El tiempo corre en tu contra.

Cada hora que pasa, se agotan tus opciones. Una defensa jurídica a tiempo puede evitarte meses de problemas y miles de euros en sanciones.

📞 647 33 52 43
🌐 https://jrabogados.es
💬 Cita online: https://consultalegal.abogado

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Preguntas frecuentes

¿Es legal alquilar como VUT sin licencia municipal?
No, si el Ayuntamiento la exige. Puedes estar inscrito en turismo pero infringir la normativa urbanística.

¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en tramitar una licencia?
Depende, pero puede superar los 3-6 meses. Hay que presentar documentación técnica y legal completa.

¿Qué pasa si la Comunidad me da de baja del registro?
Podemos recurrir en vía administrativa o judicial y paralizar el procedimiento.

¿Me pueden sancionar aunque ya haya cerrado la VUT?
Sí, si consideran que hubo actividad ilegal previa. Por eso es importante cerrar con asesoramiento legal.


No pongas en riesgo tu vivienda, tu economía y tu futuro.
Responde con estrategia, con abogados expertos y con la fuerza legal que te da JR Abogados.

Accidentes por aceras en mal estado: pasos legales para pedir indemnización al Ayuntamiento

¿Has sufrido una caída o accidente por culpa de una acera rota, hundida o resbaladiza?
No estás solo.
Miles de personas sufren daños cada año en vías públicas mal mantenidas.

Si tu accidente se debió al mal estado de la acera, el Ayuntamiento puede ser responsable y debes saber que tienes derecho a reclamar una indemnización.

Te explicamos paso a paso cómo hacerlo.


⚖️ ¿Cuándo responde el Ayuntamiento?

El Ayuntamiento tiene el deber legal de conservar en buen estado las calles, aceras y demás espacios públicos.

✅ Es responsable si:

  • Hay baldosas rotas, hundidas o sueltas.
  • Existen desniveles peligrosos sin señalizar.
  • La acera está en mal estado debido a raíces de árboles, baches o hundimientos.
  • Falta mantenimiento ordinario de la vía pública.

✅ Para reclamar, debes demostrar que:

  • El accidente ocurrió por culpa del defecto en la acera.
  • El daño que sufriste fue real y cuantificable.
  • Hubo negligencia en el mantenimiento.

🛠️ Pasos legales para reclamar la indemnización

1. Recopila todas las pruebas posibles

Tras el accidente:

✅ Haz fotografías claras:

  • De la acera defectuosa.
  • De tus lesiones inmediatas.
  • De la falta de señalización, si aplica.

✅ Busca testigos:

  • Pide sus datos de contacto.

✅ Guarda todos los informes médicos:

  • Urgencias, partes de lesiones, tratamientos posteriores.

✅ Conserva facturas:

  • Medicamentos, rehabilitación, transporte, etc.

2. Da parte del accidente a la autoridad

✅ Llama a la Policía Local o acude al Ayuntamiento para dejar constancia de la caída.

  • Pide un atestado policial si es posible.
  • Solicita un informe de incidencia en el Ayuntamiento.

Esta prueba oficial puede ser crucial en tu reclamación.


3. Presenta reclamación de responsabilidad patrimonial

Debes presentar una reclamación administrativa ante el Ayuntamiento responsable.

✅ ¿Qué incluir en la reclamación?

  • Datos personales completos.
  • Descripción detallada del accidente: fecha, hora, lugar exacto.
  • Daños sufridos y documentación que los acredite.
  • Pruebas del mal estado de la acera (fotos, informes, testigos).
  • Cuantía de la indemnización reclamada, bien justificada.

👉 Se recomienda que esta reclamación sea redactada por un abogado especializado.


4. ¿Qué plazo tienes para reclamar?

⏳ El plazo para reclamar al Ayuntamiento es de 1 año desde la fecha del accidente.

Pasado este tiempo, perderías tu derecho a solicitar la indemnización.


5. ¿Qué ocurre si el Ayuntamiento no responde?

✅ Si en 6 meses no contestan (silencio administrativo), o si deniegan la reclamación:

  • Podrás interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.

Aquí sí será obligatorio contar con abogado y procurador.


📈 ¿Qué indemnización puedes reclamar?

Puedes reclamar:

ConceptoEjemplo
Daño corporalLesiones, fracturas, esguinces, secuelas.
Daño moralDolor, ansiedad, perjuicio estético.
Daños materialesRotura de ropa, gafas, móviles.
Lucro cesantePérdidas salariales o de ingresos.
Gastos médicosRehabilitación, medicamentos, desplazamientos.

La cuantía dependerá de la gravedad del daño y su impacto en tu vida diaria.


🛡️ Conclusión: Defiende tus derechos

Si has sufrido una caída por una acera en mal estado:

✅ No dejes pasar el tiempo.
✅ Recopila pruebas cuanto antes.
✅ Reclama tu indemnización.
✅ Ponte en manos de especialistas.

📞 Contacta con JR Abogados y te ayudaremos a reclamar lo que legalmente te corresponde.
Recupera tu bienestar y tu tranquilidad.


Te piden la licencia urbanística de tu apartamento turístico en Madrid: cómo evitar sanciones y cerrar el expediente a tu favor

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Tu apartamento turístico en Madrid lleva años funcionando. Lo diste de alta legalmente, obtuviste tu número de VUT, lo anunciaste en plataformas como Airbnb o Booking y jamás tuviste un problema. Hasta ahora.

Has recibido una carta de la Comunidad de Madrid y no entiendes muy bien qué pasa. Hablan de requerimiento, de licencia urbanística, de un plazo de 10 días y de posibles consecuencias si no contestas. ¿Cómo es posible, si tú hiciste todo legalmente?

No estás solo. Miles de propietarios en Madrid están en tu misma situación. Y la amenaza es real: si no actúas a tiempo, puedes perder el derecho a alquilar tu vivienda como uso turístico y enfrentarte a sanciones administrativas muy importantes.

Desde JR Abogados, con 25 años de experiencia en derecho urbanístico y defensa frente a procedimientos sancionadores, te explicamos cómo responder correctamente al requerimiento y cerrar el expediente sin sanciones ni baja en el registro de VUT.


¿Qué está pasando con los apartamentos turísticos en Madrid?

Durante muchos años, bastaba con presentar una declaración responsable ante la Comunidad de Madrid para registrar una vivienda como VUT. El proceso era simple, rápido y sin intervención del Ayuntamiento.

Pero a raíz de los cambios normativos introducidos por:

  • El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOU),
  • La Ordenanza 6/2022 del Ayuntamiento de Madrid sobre licencias urbanísticas,
  • Y el acuerdo del Consejo de Gobierno de noviembre de 2023,

…se ha introducido un nuevo requisito que está afectando a todos los propietarios de apartamentos turísticos: la obligación de aportar la licencia urbanística municipal de uso turístico.


¿Qué dice exactamente el requerimiento?

Si has recibido esta carta, probablemente contiene párrafos como los siguientes:

«Se requiere, en el plazo de diez días hábiles, la licencia urbanística municipal del alojamiento denominado Vivienda de Uso Turístico…»

«La no presentación de dicha documentación podrá determinar la ineficacia de la declaración responsable, la baja en el Registro de Empresas Turísticas de la Comunidad de Madrid, y la imposibilidad de continuar la actividad.»

Esto quiere decir que tu número de VUT ya no es suficiente por sí solo. Si no puedes demostrar que el Ayuntamiento de Madrid te concedió licencia urbanística para actividad turística, estás en riesgo.


¿Por qué ahora exigen esta licencia urbanística?

Porque se ha endurecido el control urbanístico y turístico sobre las viviendas de uso turístico. El objetivo político y técnico de estas reformas es reducir el número de VUTs en zonas saturadas (como Centro, Chamberí, Salamanca o Retiro) y recuperar viviendas para alquiler residencial.

Hasta 2022, muchas VUT funcionaban sin licencia urbanística municipal porque no era exigida al presentar la declaración responsable ante la Comunidad. Pero con la entrada en vigor de las nuevas normativas, se exige comprobar que la vivienda tiene autorización urbanística específica para ser alquilada a turistas.


¿Qué pasa si no tienes esa licencia?

Aquí es donde se complica la situación para la mayoría de propietarios.

La mayoría NO tiene licencia urbanística, y no por negligencia, sino por una razón sencilla: el Ayuntamiento de Madrid ha impedido durante años que las viviendas residenciales obtengan licencias de uso turístico, sobre todo en zonas saturadas.

Si este es tu caso, aún puedes defenderte. De hecho, desde JR Abogados te explicamos qué hacer para evitar sanciones y cerrar el expediente sin consecuencias graves.


¿Qué puedes hacer si no tienes licencia urbanística?

1. No ignores el requerimiento

El primer paso para perderlo todo es no contestar. Si no presentas ninguna respuesta dentro del plazo (normalmente 10 días hábiles), el expediente se resolverá en tu contra:

  • Te darán de baja del Registro de Viviendas Turísticas.
  • Te prohibirán continuar con la actividad.
  • Y puede que inicien un expediente sancionador posterior.

2. Presenta alegaciones fundamentadas

Aunque no tengas licencia urbanística, puedes presentar una contestación jurídica sólida que:

  • Demuestre que actuaste legalmente en su momento (con declaración responsable válida).
  • Argumente por qué no puedes obtener la licencia (limitaciones técnicas, zonas saturadas, etc.).
  • Solicite el archivo del expediente o la suspensión del procedimiento.

En JR Abogados elaboramos alegaciones ajustadas a tu caso específico, incluyendo:

  • Argumentos de confianza legítima y actos propios.
  • Imposibilidad sobrevenida de cumplir el nuevo requisito.
  • Proporcionalidad y ausencia de impacto negativo en el entorno.

3. Presenta documentación alternativa

Aunque no tengas la licencia, puedes aportar:

  • Copia de la declaración responsable presentada en su día.
  • Documento de asignación de número VT.
  • Certificado de cumplimiento parcial (ITE, planos, informe de arquitecto).
  • Acreditación de uso previo y continuado sin incidencias.

Todo suma. La clave es demostrar que tu actividad no ha causado perjuicios, y que siempre has actuado conforme a la normativa vigente en el momento de registrarte.


4. Solicita reconversión o adaptación de la actividad

Si finalmente no es viable continuar como VUT por motivos urbanísticos, desde JR Abogados te ayudamos a:

  • Reconducir la actividad a alquiler por temporada (más de 30 días sin servicios turísticos), que sí es legal en casi todas las zonas.
  • Tramitar nuevas formas de uso compatibles con el planeamiento urbanístico.
  • Solicitar un cambio de uso autorizado por técnicos y arquitectos colaboradores.

¿Qué pasa si me dan de baja en el registro?

Si no consigues convencer a la Administración y te notifican la baja de tu VUT, tienes derecho a defenderte. Podemos ayudarte a:

  • Presentar recurso de alzada contra la resolución de baja.
  • Solicitar suspensión cautelar de los efectos de la baja.
  • Iniciar procedimiento contencioso-administrativo ante el TSJ de Madrid.

En muchos casos, conseguimos que no se impongan sanciones y que se mantenga la posibilidad de seguir alquilando legalmente con otra modalidad.


¿Me pueden multar?

Sí. Si sigues alquilando como VUT tras una baja oficial, o si el expediente concluye que has ejercido la actividad sin licencia urbanística, pueden imponerte multas de hasta 30.000 €.

Evitar esa sanción depende de cómo respondas al requerimiento y de si te asesoras correctamente con un abogado especializado.


¿Qué ofrecemos en JR Abogados?

🛡️ Contestación completa al requerimiento.
🛡️ Revisión de tu caso en menos de 24h.
🛡️ Presentación electrónica segura y en plazo.
🛡️ Defensa ante resolución negativa o baja del registro.
🛡️ Asesoramiento para reconversión legal.
🛡️ Colaboración con técnicos y arquitectos urbanistas si es necesario.


¿Y si tengo más de una vivienda turística?

Gestionamos expedientes múltiples y ofrecemos:
📂 Descuentos por volumen.
📄 Contestaciones personalizadas vivienda por vivienda.
📞 Un único interlocutor para todo el procedimiento.


Casos reales resueltos

🟢 VUT en zona saturada sin licencia: conseguimos el archivo del expediente gracias a informes técnicos y prueba de buena fe.
🟢 Familia con 3 VUTs en Tetuán: conseguimos mantener dos como temporada y cerrar favorablemente el expediente de la tercera.
🟢 Persona jurídica con VUT registrada en 2018: suspensión del procedimiento en curso por error de forma y defecto de notificación.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Tengo que responder aunque no alquile ahora mismo?
Sí. Mientras tu número VT esté activo, estás obligado a cumplir los nuevos requisitos.

¿Qué pasa si no entiendo bien qué documentación piden?
Te ayudamos a interpretarla y preparar la respuesta. No te preocupes.

¿La carta es definitiva o puedo recurrir?
El requerimiento no es definitivo, pero si no lo respondes, sí puede haber consecuencias irreversibles.

¿Puedo obtener la licencia ahora si la solicito?
Solo si tu vivienda está en zona no saturada y cumple los requisitos. Te lo valoramos gratis.

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¿Qué debes hacer ahora?

📆 Actuar ya. El plazo es breve y si no respondes a tiempo, la Administración resolverá contra ti.

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📩 Puedes hacerlo por teléfono, WhatsApp o desde nuestra web:
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En JR Abogados lo hacemos por ti.

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