El contrato de alquiler llegó a su fin. La fecha de vencimiento ha pasado y, sin embargo, el inquilino sigue en tu casa. No entrega las llaves, no firma nada nuevo y, para colmo, puede incluso que ya no esté pagando. Esta situación, conocida legalmente como ocupación sin título, requiere una actuación rápida, precisa y legal si quieres recuperar tu propiedad sin errores ni más demoras.
En JR Abogados te explicamos paso a paso qué hacer cuando el contrato de arrendamiento ha expirado y el inquilino no quiere marcharse. No caigas en trampas ni en promesas vacías: hay una vía legal y efectiva para que recuperes tu casa cuanto antes.
¿Qué ocurre cuando el contrato de alquiler expira?
Cuando termina el plazo pactado (incluidas prórrogas legales si las hay), el contrato deja de tener validez. El inquilino ya no tiene derecho a permanecer en la vivienda. Pero si no se marcha ni entrega las llaves, la posesión sigue siendo suya hasta que se produzca una devolución formal o un lanzamiento judicial.
¿Por qué no puedes actuar por tu cuenta?
Porque aunque el contrato haya expirado, mientras el inquilino conserve la posesión (física o jurídica), necesitas una orden judicial para recuperar tu vivienda.
Cambiar la cerradura, entrar sin permiso o retirar pertenencias del inquilino podría suponer un delito de coacciones o allanamiento.
Paso 1: Revisa el contrato con detalle
- Fecha de inicio y duración.
- Cláusulas de prórroga.
- Renovaciones expresas (si las hubiera).
- Comunicaciones previas entre las partes.
Confirma que no hay ninguna obligación vigente de mantener el arrendamiento.
Paso 2: Comunica tu voluntad de recuperar la vivienda
Envía un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido al inquilino, en el que:
- Dejes constancia de que el contrato ha finalizado.
- Exijas la entrega inmediata de llaves y posesión.
- Adviertas de la interposición de demanda judicial si no lo hace.
Este paso es fundamental para interrumpir posibles prórrogas tácitas y dejar clara tu posición legal.
Paso 3: Presenta demanda de desahucio
Si el inquilino no responde o se niega a abandonar la vivienda, debes presentar una demanda de desahucio por expiración del plazo contractual.
Este procedimiento se tramita por juicio verbal e incluye:
- Solicitud de recuperación de la posesión.
- Posibilidad de reclamar rentas o indemnización por ocupación ilegítima.
Paso 4: Notificación y plazos
El juzgado notifica al inquilino, que tendrá 10 días para oponerse.
- Si no lo hace, se dicta auto de desahucio y lanzamiento.
- Si se opone, se fija fecha de juicio.
En ambos casos, el objetivo final es la recuperación efectiva de la vivienda.
Paso 5: Lanzamiento judicial
Si el inquilino no se va voluntariamente, el juzgado fija fecha para el lanzamiento, en el que intervendrá un funcionario judicial (y cerrajero si es necesario).
En ese momento se recupera la posesión de la vivienda y se deja constancia oficial de la entrega.
¿Puedo reclamar los daños económicos?
Sí. Desde la fecha de vencimiento del contrato puedes reclamar:
- Rentas impagadas.
- Indemnización por ocupación ilegítima.
- Daños o desperfectos si los hubiera.
Casos comunes que atendemos en JR Abogados
- Inquilinos que se niegan a marcharse tras el fin del contrato.
- Viviendas heredadas con contratos caducados.
- Arrendamientos de temporada que se convierten en ocupaciones.
- Contratos verbales que generan confusión sobre duración.
Cuánto se tarda en recuperar la vivienda
Dependerá del juzgado, pero en JR Abogados tramitamos desahucios por fin de contrato en plazos que oscilan entre 3 y 6 meses. Cuanto antes se actúe, antes se recupera la vivienda.
Lo que hacemos por ti en JR Abogados
- Revisión detallada del contrato y comunicación previa.
- Enviamos burofax legal urgente.
- Preparamos y presentamos la demanda de desahucio.
- Reclamamos rentas, daños e indemnizaciones.
- Seguimos el procedimiento judicial hasta el lanzamiento.

Actúa ahora: no pierdas ni un día más
Cada día que pasa sin iniciar acciones legales es un día perdido. No esperes más excusas ni promesas: recuperar tu vivienda es tu derecho.
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Preguntas frecuentes
¿Y si sigo cobrando el alquiler?
Podría interpretarse como renovación tácita. Es clave dejar claro que no hay nuevo contrato.
¿Es necesario abogado y procurador?
Sí. Es obligatorio para presentar la demanda de desahucio.
¿Puedo pedir ayuda a la policía para que se vaya?
Solo con orden judicial. Antes no pueden intervenir.
¿Y si el inquilino ha dejado cosas dentro?
Técnicamente no ha abandonado la vivienda. Se requiere lanzamiento judicial.
JR Abogados: actuamos con rapidez, firmeza y total respaldo legal para que recuperes tu vivienda sin errores.