No tienes contrato. No hay ingresos. Tampoco hay una orden judicial. Solo hay personas dentro de tu casa —tu propiedad— que no pagan, no se van y no te dejan actuar. Y lo peor: quizá alguna vez les dejaste entrar tú mismo, con la confianza de que sería temporal.
Hoy ocupan la vivienda como si fuera suya. Y tú estás al límite. No puedes alquilarla, no puedes venderla, no puedes vivir en ella. Ni siquiera puedes entrar.
Te han dicho que no es ocupación ilegal, porque tú se la dejaste. Te han dicho que no puedes hacer nada sin juicio. Te han dicho que si hay menores, estás perdido. Te han dicho tantas cosas que ya no sabes qué creer.
Pues bien: lo que no te han contado es que tienes una herramienta legal muy poderosa, y se llama desahucio por precario.
En JR Abogados llevamos 25 años ayudando a propietarios que se sienten como tú: atrapados en su propia vivienda. Aquí te explicamos, paso a paso, cómo puedes recuperar el control legal de tu casa, aunque ahora parezca imposible.
¿Qué es un precarista y cómo ha llegado a tu propiedad?
El precario es una figura legal muy concreta: una persona que ocupa un inmueble sin pagar renta y sin título que lo justifique. Es decir, está dentro porque tú se lo permitiste o porque no lo impediste, pero ahora no quiere marcharse.
Y lo más habitual es que el precarista sea:
- Un familiar (hijo, hermano, madre, sobrino…).
- Una expareja.
- Un amigo o conocido al que ayudaste.
- Un antiguo inquilino con contrato vencido.
- Alguien que se metió en una vivienda vacía sin contrato ni alquiler.
Si el ocupante no paga, no tiene contrato y tú ya no consientes que siga allí, estás ante un caso de precario. Y eso tiene solución jurídica.
El gran problema: no son ocupas, pero tampoco inquilinos
Este es el mayor error que cometen muchos propietarios: creer que, como no hay contrato, no pueden actuar. O al revés, pensar que como no son ocupas de calle, tampoco pueden echarlos.
En realidad, estás ante una zona gris que la ley sí contempla perfectamente. Y la solución es:
📌 El desahucio por precario, regulado en el artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Esta vía legal sirve para recuperar la posesión de tu propiedad cuando:
- El ocupante no tiene contrato ni paga renta.
- Tú ya no quieres que siga allí.
- No hay título legal que justifique su uso.
- No está en situación de usufructo, herencia, ni alquiler.
Casos reales que defendemos en JR Abogados
✅ Un padre que dejó su casa a su hijo tras el divorcio. El hijo ya es mayor de edad, no trabaja ni estudia, y se niega a marcharse. El padre quiere vender el piso y no puede.
✅ Una mujer que dejó su vivienda a su hermana tras quedarse en paro. Han pasado cuatro años. La hermana vive gratis con su familia, y se niega a firmar ningún acuerdo.
✅ Un cliente que cedió su piso a un amigo temporalmente. No le paga, no le entrega las llaves y ha cambiado la cerradura. Dice que “no tiene a dónde ir”.
En todos estos casos, la respuesta fue el desahucio por precario. Y en todos, nuestros clientes recuperaron su vivienda.
¿Qué necesitas para recuperar tu propiedad?
La buena noticia es que no necesitas contrato. De hecho, si hubiera contrato estaríamos ante un arrendamiento y el procedimiento sería otro.
Lo que necesitas es demostrar tres elementos esenciales:
- Que tú eres propietario.
Lo acreditamos con nota simple del Registro de la Propiedad, escritura o recibos de IBI. - Que el ocupante no tiene título legal ni contrato.
Que no hay alquiler, ni usufructo, ni adjudicación, ni contrato verbal con contraprestación. - Que tú ya no consientes que esté allí.
Para ello usamos burofax, testigos, mensajes, etc.
¿Cómo es el proceso del desahucio por precario?
1. Revisión del caso y recopilación de documentos.
En JR Abogados estudiamos tu situación y preparamos el expediente jurídico.
Incluimos título de propiedad, comunicaciones previas y todo lo necesario.
2. Envío de burofax previo (opcional pero muy recomendable).
Esto sirve para dejar constancia de que has retirado el permiso.
👉 Puedes hacerlo desde https://burofaxabogado.es/
3. Demanda judicial ante el Juzgado de Primera Instancia.
Redactamos la demanda y la presentamos en tu nombre.
4. Traslado al ocupante.
El demandado tiene 10 días para contestar.
5. Juicio (solo si se opone).
Si no contesta, el juez dicta sentencia directamente.
Si se opone, se celebra una vista y defendemos tu derecho.
6. Sentencia.
El juez declara que el ocupante debe abandonar el inmueble.
7. Lanzamiento (si no se va voluntariamente).
El juzgado fija una fecha y recuperas tu vivienda con cerrajero y comisión judicial.

¿Qué excusas suelen poner los precaristas?
A lo largo de los años hemos visto todo tipo de excusas. Las más comunes son:
🚫 “Yo vivía aquí con su permiso.”
🚫 “Me dijo que podía quedarme el tiempo que necesitara.”
🚫 “Le pago en mano, pero no tengo recibos.”
🚫 “Llevo muchos años aquí y no me puede echar.”
🚫 “Tengo hijos pequeños, no me pueden desahuciar.”
🚫 “Estoy enfermo, el juez no me echará.”
Ninguna de estas excusas detiene el proceso si actúas correctamente.
El derecho a la propiedad privada está protegido por la Constitución. Y ningún “favor” puede convertirse en ocupación indefinida si tú retiras el consentimiento.
¿Qué pasa si hay menores o personas vulnerables?
El juez puede solicitar informe de servicios sociales para valorar la situación. Pero esto solo puede retrasar el lanzamiento, no impedirlo.
En algunos casos se otorga un plazo adicional, pero el desahucio siempre se ejecuta si el ocupante no tiene derecho legal.
¿Puedo pedir indemnización por los meses de ocupación?
Sí. Aunque el proceso principal es recuperar tu casa, también puedes reclamar:
🔹 Renta equivalente a los meses de uso indebido.
🔹 Daños materiales en el inmueble.
🔹 Gastos de suministros no pagados.
Estas acciones pueden acumularse a la demanda o interponerse después.
En JR Abogados te aconsejamos cuándo y cómo hacerlo.
¿Cuánto dura todo el procedimiento?
Depende de si el ocupante se opone o no. De forma orientativa:
📆 Sin oposición: 3 a 4 meses.
📆 Con oposición: 4 a 6 meses.
📆 Con recurso: hasta 9 meses (pero seguimos luchando hasta recuperar tu casa).
Cuanto antes empieces, antes termina. Cada día que pasa, el precarista se enraíza más.
¿Y si no tengo dinero para iniciar el proceso?
En JR Abogados nos adaptamos a cada cliente.
Valoramos el caso sin compromiso y te ofrecemos:
✔ Planes de pago flexibles.
✔ Presupuestos cerrados.
✔ Opciones según renta recuperada.
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Preguntas frecuentes
¿Y si es mi hijo el que vive en la casa?
Puedes reclamar si no tiene título ni paga renta. La ley no distingue por parentesco.
¿Y si es un heredero que ocupa la casa de mis padres?
Puedes demandar por precario si no hay reparto formal ni permiso de todos los herederos.
¿Puede negarse a recoger el burofax o ignorar la demanda?
Sí, pero el proceso continúa igualmente. No puede paralizarse por su silencio.
¿Puedo hacer algo antes de ir al juzgado?
Sí, y deberías: envía un burofax. Te lo preparamos aquí:
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¿Qué pasa si el juez falla en mi contra?
Muy raro si la demanda está bien planteada. Pero si ocurre, apelamos a la Audiencia Provincial.
Por qué JR Abogados es la mejor opción
Porque no solo ganamos desahucios por precario. Los hacemos con humanidad, firmeza y estrategia.
✅ 25 años de experiencia en derecho civil y procesal.
✅ Redacción impecable, defensa sin fisuras.
✅ Atención personalizada, sin plantillas.
✅ Alta tasa de éxito en toda España.
✅ Sin rodeos, sin excusas, sin improvisaciones.
¿Estás preparado para recuperar tu casa?
Si has llegado hasta aquí, probablemente ya has sufrido suficiente.
Has aguantado por educación, por miedo o por no saber qué hacer.
Pero ya no tienes que seguir soportando a quien se aprovecha de ti.
Hoy puedes recuperar tu vivienda. Y nosotros te guiamos en cada paso.
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El miedo te bloquea. La ley te libera.
Empieza hoy. Recupera tu casa, tu dignidad y tu tranquilidad.
Con JR Abogados, vuelves a tener el control.