Acudes a una clínica dental “low-cost” porque necesitas una solución rápida y asumible: implantes, carillas, ortodoncia, endodoncia, extracción o un tratamiento completo. Te hablan de financiación, de promociones, de resultados “garantizados” y de plazos muy cortos. Al principio todo parece ir bien, pero al poco tiempo llega el golpe: dolor persistente, infecciones, piezas que se mueven, implantes que fracasan, pérdida ósea, mordida alterada, daño en nervios o un resultado que te deja peor que antes. Reclamas y la clínica te da largas: revisiones sin fin, cambios de profesional, “esto es normal”, “hay que esperar”, “es tu organismo”. Y entonces surge la pregunta que de verdad importa: ¿cuándo puedo exigir una indemnización por negligencia médica?
La respuesta es clara: cuando el daño no es un riesgo inevitable del tratamiento, sino la consecuencia de una actuación incorrecta, insuficiente o contraria a la buena práctica médica. Y en clínicas de bajo coste, donde el volumen y la estandarización muchas veces dominan el proceso, los errores aparecen con una frecuencia preocupante. Llevo más de treinta años litigando este tipo de asuntos y te digo algo sin rodeos: el paciente que actúa con rigor y a tiempo suele tener un camino real para reclamar. El que espera, improvisa o se queda solo frente a la clínica, normalmente pierde fuerza.
El problema no es que sea “low-cost”: el problema es cuando el precio baja la calidad
Una clínica puede ofrecer precios bajos y actuar correctamente. El “low-cost” en sí mismo no es ilegal. Lo que sí es inadmisible es que el coste reduzca:
- la calidad del diagnóstico,
- la planificación,
- la información al paciente,
- la cualificación real de quienes intervienen,
- el seguimiento,
- o la capacidad de actuar ante complicaciones.
Cuando eso ocurre, aparecen tratamientos que, en lugar de solucionar un problema dental, lo multiplican. Y ahí nace la responsabilidad.
¿Qué se considera negligencia médica en odontología?
En odontología, como en cualquier disciplina sanitaria, el profesional debe actuar conforme a la lex artis, es decir, a la buena práctica aceptada en el sector.
No todo mal resultado es negligencia. La medicina no es infalible. Pero sí hay negligencia cuando se detecta:
- Diagnóstico insuficiente o incorrecto.
- Planificación deficiente del tratamiento.
- Ejecución técnica inadecuada.
- Falta de información y consentimiento válido.
- Seguimiento deficiente o abandono del paciente.
- Gestión negligente de complicaciones.
En clínica dental “de cadena” esto puede agravarse por rotación de profesionales, falta de continuidad y protocolos orientados a volumen, no a precisión.
Ejemplos frecuentes de negligencias en clínicas dentales low-cost
Sin entrar en términos excesivamente técnicos, estas son situaciones que, cuando están probadas, suelen encajar con mala praxis:
- Colocar implantes sin estudio óseo adecuado (o sin pruebas suficientes).
- Planificar implantes donde no hay hueso suficiente y provocar fracaso y pérdida ósea.
- Lesionar nervios o estructuras por mala técnica.
- No controlar infección o periimplantitis y permitir que avance.
- Realizar endodoncias defectuosas que derivan en infecciones o pérdida de pieza.
- Colocar prótesis mal ajustadas que alteran mordida, generan dolor o daños.
- Ortodoncia o alineadores sin control correcto, con desplazamientos perjudiciales.
- Falta de higiene, esterilización o controles, con infecciones evitables.
- Promesas de resultado “seguro” cuando no lo era.
Lo repetimos: no es que el tratamiento pueda tener complicaciones; es que en muchos casos la complicación era evitable con diligencia.
Preguntas útiles para orientarte (y respuestas claras)
¿Si un implante fracasa siempre hay negligencia?
No siempre, pero muchas veces sí. La clave es si se hizo el estudio previo correcto y si la técnica se ejecutó conforme a la lex artis.
¿Si siento dolor meses después, eso ya es reclamable?
Puede serlo. Dolor persistente y signos de infección no se “normalizan”. Deben investigarse.
¿La clínica puede culpar a “mi organismo” y ya está?
Puede intentarlo, pero no basta con afirmarlo. Debe justificarse técnicamente. Y si hubo fallos previos, ese argumento cae.
¿Y si firmé papeles antes del tratamiento?
Firmar documentos no elimina responsabilidad si hubo negligencia o información insuficiente.
Cuándo puedes exigir indemnización: los pilares jurídicos
Para exigir una indemnización por negligencia médica necesitas encajar el caso en una estructura básica:
- Existencia de un daño: físico, funcional, estético, psicológico o económico.
- Actuación incorrecta o insuficiente: apartamiento de la lex artis.
- Relación de causalidad: el daño deriva de esa actuación.
- Prueba suficiente para sostenerlo.
La indemnización no es una “multa” a la clínica. Es una reparación del perjuicio sufrido por el paciente.
Y aquí hay algo importante: el daño en odontología muchas veces no es solo el dolor. Es:
- la pérdida irreversible de hueso,
- la pérdida de piezas,
- la necesidad de tratamientos correctivos,
- y el impacto en calidad de vida.
Todo eso puede formar parte de la reclamación.
La obligación de información: el consentimiento informado como campo de batalla
En clínicas low-cost es habitual que el consentimiento informado sea:
- genérico,
- extenso pero vacío,
- firmado el mismo día,
- sin explicación real de riesgos concretos.
Eso no es un consentimiento “fuerte” desde el punto de vista legal. Un consentimiento válido exige:
- información clara, comprensible,
- riesgos específicos del caso,
- alternativas razonables,
- tiempo para decidir.
Cuando el consentimiento falla, se debilita la defensa de la clínica. Y además, un consentimiento no cubre errores técnicos: un paciente puede aceptar riesgos, pero no acepta negligencias.
El error más peligroso: permitir que la clínica controle tu prueba
Cuando algo sale mal, muchas clínicas reaccionan así:
- te citan muchas veces,
- cambian de odontólogo,
- te hacen “retoques” sin dejar constancia clara,
- minimizan el problema,
- intentan que no pidas informes externos.
La razón es simple: cuanto más tiempo pase y más intervenciones internas haya, más difícil es reconstruir qué ocurrió.
Por eso, si sospechas negligencia, debes proteger algo esencial: la prueba.
Qué pruebas necesitas en una reclamación dental
Una reclamación seria no se gana con intuiciones, sino con documentación.
Lo básico incluye:
- Historia clínica completa: diagnósticos, plan de tratamiento, evoluciones, incidencias.
- Pruebas radiológicas y estudios previos: y también los posteriores.
- Consentimientos informados firmados y su fecha.
- Presupuestos, facturas y contratos con la clínica.
- Comunicación con la clínica (emails, WhatsApp, reclamaciones).
- Informes de otro profesional (valoración independiente).
- Informe pericial, cuando el caso va a juicio o requiere solidez técnica.
Aquí hay un punto que mucha gente desconoce: tienes derecho a tu historia clínica. No es “un favor” de la clínica. Es tuya.
¿Qué pasa si la clínica se niega a darte la historia clínica?
Es más común de lo que debería. A veces te entregan documentos incompletos o te marean con excusas.
En esos casos hay que actuar con firmeza. La historia clínica es una pieza clave, y la resistencia a entregarla suele ser un indicador de que la clínica teme el conflicto.
Reclamación previa: por qué es imprescindible antes de demandar
Antes de acudir a un juzgado, lo razonable —y en la práctica, casi siempre necesario— es hacer una reclamación previa formal.
Esto cumple varios objetivos:
- fija el conflicto,
- exige respuesta oficial,
- abre una puerta al acuerdo,
- y prepara el caso para una eventual demanda.
La herramienta habitual y más eficaz para ello es el burofax, porque deja constancia fehaciente del contenido y la fecha.
Un burofax bien planteado no es una “queja”. Es una reclamación jurídica que:
- describe hechos y daños,
- solicita historia clínica y documentación,
- exige una solución concreta,
- y advierte de acciones legales.
Preguntas que te conviene hacerte antes de mover ficha
¿Tengo ya radiografías o pruebas previas y posteriores?
Si no, solicítalas. Son fundamentales para valorar el daño.
¿El daño es reversible o me obliga a tratamientos correctivos?
Eso afecta a la reclamación y a la cuantificación del perjuicio.
¿He dejado que pasen meses sin reclamar formalmente?
El tiempo juega en tu contra, porque la prueba se diluye.
¿Estoy recibiendo “retoques” que no resuelven nada?
Puede ser una estrategia de desgaste. Hay que revisar el enfoque.
¿Qué indemnización se puede reclamar?
La indemnización depende del caso. No existe una cifra automática. Pero en odontología suele contemplar:
- coste del tratamiento fallido (si procede),
- coste de tratamientos correctivos,
- daños físicos y secuelas,
- daño estético y funcional,
- perjuicio moral,
- gastos adicionales (medicación, desplazamientos, bajas, etc.).
En casos de pérdida ósea, daño nervioso, infecciones severas o pérdida de piezas, los importes pueden ser relevantes. De nuevo: la clave es acreditar daño y causalidad.
¿Y si la clínica es una gran cadena?
Las grandes cadenas suelen tener:
- protocolos de defensa,
- seguros,
- departamentos legales,
- y estrategia para evitar reconocer errores.
Eso no significa que sean intocables. Significa que hay que actuar con más rigor, porque se defenderán con dureza. La ventaja es que, cuando la mala praxis está bien probada, suelen valorar acuerdos para limitar su exposición.
Cuándo conviene demandar y cuándo conviene negociar
Negociar no es ceder. Negociar con fuerza es actuar desde una posición probatoria sólida.
Si tienes:
- historia clínica completa,
- informes externos,
- pericial sólida,
- reclamación previa bien hecha,
la negociación puede ser eficaz. Si no, la clínica tiene más margen para negarlo todo.
La demanda es el paso natural cuando:
- la clínica no responde,
- niega la negligencia pese a evidencia,
- o el daño es serio y requiere reparación integral.
Conclusión: si te hicieron daño, no aceptes el guion de la clínica
En clínicas dentales low-cost, la frase “esto es normal” se utiliza demasiado para tapar errores. Y el paciente, con dolor y preocupación, puede acabar dudando de sí mismo.
No te equivoques: la odontología no es un terreno sin reglas. Hay estándares. Hay obligaciones. Y hay responsabilidad cuando se incumplen.
Si estás sufriendo consecuencias graves tras un tratamiento dental y sospechas negligencia, la pregunta no es si “te compensa” reclamar. La pregunta es: ¿cuánto daño vas a asumir tú por un error ajeno si no actúas ahora?
Actuar implica:
- recabar documentación,
- asegurarte una valoración independiente,
- reclamar formalmente,
- y, si es necesario, acudir a los tribunales.
Cuando el caso se prepara bien, el paciente deja de estar solo y la clínica deja de controlar el relato. Esa es la diferencia entre resignación y justicia.