Voy a plantearte una situación que probablemente nunca has considerado seriamente: tienes miles de euros en cuentas de PayPal, criptomonedas en exchanges digitales, una tienda online generando ingresos, fotografías y recuerdos invaluables en la nube, cuentas bancarias digitales, inversiones en plataformas de trading, y quizás hasta un negocio completo funcionando en internet. Ahora imagina que mañana te pasa algo. ¿Saben tus herederos que todo eso existe? ¿Tienen forma de acceder? ¿Conocen siquiera las contraseñas, los correos asociados, o los procedimientos para recuperar el control?
La respuesta es casi siempre no. Y eso significa que una parte sustancial de tu patrimonio —a veces la más importante— desaparecerá para siempre cuando faltes, dejando a tus herederos en una situación de absoluta impotencia legal y técnica para recuperarlo.
Llevo más de treinta años ejerciendo como abogado especializado en herencias, y te puedo asegurar que el problema de la herencia digital es el más grave y desatendido que existe actualmente en materia sucesoria. He visto familias perder el acceso a negocios digitales que generaban 5.000 euros mensuales. He visto hijos que no pudieron recuperar las fotografías digitales de toda la vida de su padre porque estaban en un servicio de almacenamiento en la nube cuya contraseña nadie conocía. He visto viudas que no pudieron cobrar 30.000 euros que su marido tenía en una cuenta de PayPal porque la empresa exigía documentación que legalmente no se puede obtener sin las credenciales originales.
Y en todos esos casos, el problema no era que no hubiera herederos legítimos. El problema era que no existían instrucciones legales claras sobre cómo acceder a esos activos digitales.
Por Qué Tu Testamento Tradicional No Sirve Para Tu Patrimonio Digital
Este es el error conceptual más grave que comete la mayoría de la gente: pensar que basta con hacer un testamento ante notario donde dejas «todos tus bienes» a determinadas personas. Técnicamente, ese testamento incluye también tus activos digitales. Pero en la práctica, es papel mojado si tus herederos no pueden acceder a ellos.
El Problema Legal de Fondo
Cuando heredas una cuenta bancaria tradicional, el banco te exige el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, la copia autorizada del testamento, y el certificado de herederos o la declaración de herederos. Con esa documentación, el banco te da acceso a la cuenta. Es un procedimiento estandarizado que funciona desde hace décadas.
Pero con las cuentas digitales, ese procedimiento no funciona.
¿Por qué? Por varias razones legales y técnicas que se acumulan:
Razón 1: Las plataformas digitales están sujetas a legislaciones extranjeras
PayPal, Google, Amazon, Facebook, Binance, Coinbase, Dropbox… todas estas empresas tienen sus sedes en Estados Unidos, Irlanda, Reino Unido u otros países. Sus términos de servicio se rigen por leyes extranjeras. Cuando un heredero español presenta documentación española de sucesión, estas empresas muchas veces la rechazan porque no se ajusta a sus procedimientos internos, o exigen documentación adicional apostillada y traducida, o simplemente bloquean la cuenta «por seguridad».
Razón 2: Las políticas de privacidad prohíben dar acceso a terceros
Muchas plataformas consideran que las contraseñas y el acceso a las cuentas son estrictamente personales e intransferibles. Aunque presentes un testamento que te nombra heredero universal, la empresa puede argumentar que su política de privacidad no permite entregar las credenciales de acceso a nadie, ni siquiera a herederos legales.
He visto casos donde Google ha cerrado permanentemente cuentas de Gmail de personas fallecidas sin permitir a los herederos acceder al contenido, porque sus políticas de privacidad establecen que el correo electrónico es comunicación personal protegida incluso después de la muerte.
Razón 3: La autenticación en dos factores bloquea el acceso aunque tengas la contraseña
Aunque consigas las contraseñas del fallecido (algo ya difícil), muchas cuentas importantes tienen activada la autenticación en dos factores: un código que se envía al móvil del titular. Si ese móvil se ha bloqueado, se ha roto, o la línea se ha dado de baja, es técnicamente imposible acceder a la cuenta aunque tengas la contraseña correcta.
Y las empresas no desactivan la autenticación en dos factores ni siquiera cuando presentas certificado de defunción, porque sus sistemas automáticos no están diseñados para contemplar esa situación.
Razón 4: Las criptomonedas son técnicamente irrecuperables sin las claves privadas
Si el fallecido tenía Bitcoin, Ethereum o cualquier otra criptomoneda en una wallet personal (no en un exchange), esas criptomonedas están protegidas por claves criptográficas que son matemáticamente imposibles de recuperar si no se conocen. No existe ningún tribunal, ninguna empresa, ninguna autoridad que pueda «desbloquear» una wallet de criptomonedas. O tienes la clave privada, o has perdido el dinero para siempre.
He visto casos de herederos que sabían que su padre tenía 50.000 euros en Bitcoin, pero no pudieron recuperar ni un céntimo porque la clave privada estaba en un archivo encriptado en su ordenador y nadie conocía la contraseña de ese archivo.
Razón 5: Los negocios digitales requieren acceso inmediato o se destruyen
Si el fallecido tenía una tienda en Amazon, una cuenta de hosting con una web de comercio electrónico, o un canal de YouTube monetizado, esos negocios empiezan a deteriorarse inmediatamente si nadie los gestiona. Los pedidos quedan sin atender, los clientes reclaman, las cuentas se suspenden por inactividad, y cuando finalmente los herederos consiguen acceso (si lo consiguen), el negocio ya está destruido.
A diferencia de un negocio físico donde puedes poner un cartel de «cerrado por defunción» y gestionar la sucesión con calma, un negocio digital se autodestruye si no se actúa en días.
Qué Dice La Ley Española Sobre La Herencia Digital
Hasta hace muy poco, la legislación española no contemplaba específicamente la sucesión de activos digitales. Era una zona gris legal que cada juez interpretaba de forma distinta.
La situación cambió en 2018 con la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que introdujo por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico el concepto de «derechos digitales de las personas fallecidas».
Lo Que Establece La Ley
El artículo 96 de la LOPDGDD reconoce que las personas pueden dejar instrucciones sobre el destino de sus datos personales digitales tras su fallecimiento. Específicamente:
Puedes designar a una persona para que ejecute tus instrucciones digitales después de tu muerte. Esta persona (llamémosla «albacea digital» aunque la ley no usa ese término) tendrá derecho a acceder a tus cuentas y datos para cumplir tus instrucciones.
Puedes dar instrucciones específicas sobre cada servicio o cuenta. No tiene por qué ser igual para todo: puedes ordenar que se borren tus redes sociales, que se entregue el acceso a tu correo electrónico, que se conserven tus fotografías en la nube, etc.
Si no dejas instrucciones, se aplica el régimen general: Los herederos solo pueden acceder a tus bienes y derechos patrimoniales digitales (cuentas bancarias online, criptomonedas, negocios digitales), pero NO a tus comunicaciones personales (correos electrónicos, mensajes privados, archivos personales en la nube). Y para acceder incluso a lo patrimonial, deben seguir los procedimientos de cada plataforma, que como ya hemos visto, son un calvario.
Importante: La ley permite que dejes estas instrucciones en tu testamento ante notario, o en un documento privado aparte, o incluso mediante las herramientas de cada plataforma (como el «administrador de cuentas inactivas» de Google).
El Problema Que La Ley No Resuelve
Aunque la ley española reconoce tu derecho a dar instrucciones digitales, no obliga a las plataformas extranjeras a cumplirlas.
Si Facebook o Google deciden que su política de privacidad prevalece sobre tu testamento digital, tus herederos tendrán que litigar en tribunales estadounidenses bajo legislación estadounidense. En la práctica, es inviable económicamente.
Por eso no basta con hacer un documento legal. Necesitas una estrategia integral que combine instrucciones legales con soluciones técnicas efectivas.
Los Cinco Pilares de Una Herencia Digital Bien Planificada
Después de tres décadas gestionando herencias y viendo todos los problemas que surgen, he desarrollado un sistema de cinco pilares que garantiza que tus activos digitales lleguen efectivamente a tus herederos. No basta con hacer uno o dos: hay que implementarlos todos.
Pilar 1: Inventario Completo de Activos Digitales
Lo primero es saber qué tienes. La mayoría de la gente no es consciente de la cantidad de cuentas y activos digitales que ha acumulado a lo largo de años.
Debes hacer un inventario detallado que incluya:
Cuentas financieras digitales:
- Banca online (todos los bancos y cuentas)
- PayPal, Stripe, Payoneer y similares
- Plataformas de inversión online (eToro, Interactive Brokers, etc.)
- Criptomonedas (exchanges como Binance, Coinbase, Kraken)
- Wallets de criptomonedas personales (hardware wallets, software wallets)
- Cuentas de trading o forex
Negocios y activos comerciales digitales:
- Tiendas online (Amazon Seller, eBay, Shopify)
- Dominios web registrados
- Servicios de hosting y servidores
- Cuentas de publicidad (Google Ads, Facebook Ads)
- Programas de afiliación
- Canales de YouTube monetizados
- Cuentas de Patreon, OnlyFans o plataformas de suscripción
- Derechos de autor de contenido digital
Cuentas de almacenamiento y contenido personal:
- Servicios de correo electrónico (Gmail, Outlook, etc.)
- Almacenamiento en la nube (Google Drive, Dropbox, iCloud, OneDrive)
- Redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter, LinkedIn)
- Bibliotecas digitales (Kindle, Audible, Apple Books)
- Fotografías en servicios especializados (Google Photos, Flickr)
- Suscripciones de streaming (Netflix, Spotify, etc.)
Activos intangibles con valor:
- NFTs (tokens no fungibles en blockchain)
- Dominios premium con valor comercial
- Cuentas de videojuegos con objetos valiosos
- Propiedad intelectual digital (software, diseños, escritos)
Para cada elemento de este inventario, necesitas anotar:
- Nombre del servicio o plataforma
- Usuario o email asociado
- URL de acceso
- Valor económico estimado
- Importancia personal (alta, media, baja)
Este inventario debe actualizarse al menos una vez al año, porque constantemente estamos abriendo nuevas cuentas y cerrando otras.
Pilar 2: Sistema Seguro de Gestión de Credenciales
Aquí viene la parte técnicamente más delicada: cómo guardar las contraseñas y credenciales de acceso de forma que estén seguras mientras vives, pero accesibles para tus herederos cuando faltes.
Soluciones que NO funcionan:
❌ Apuntar las contraseñas en un papel guardado en un cajón. Puede perderse, puede quedar obsoleto cuando cambies contraseñas, puede caer en manos equivocadas.
❌ Compartir las contraseñas con tus herederos en vida. Viola las políticas de seguridad de las plataformas, te expone a que accedan sin tu permiso, y no resuelve el problema de las cuentas nuevas que abras después.
❌ Guardar un archivo Word con las contraseñas en tu ordenador. Cuando faltes, ese ordenador estará bloqueado y tus herederos no podrán acceder.
Soluciones que SÍ funcionan:
✅ Gestor de contraseñas con función de heredero de emergencia
Servicios como LastPass, 1Password o Bitwarden tienen funciones específicas de «heredero de emergencia» o «contacto de emergencia». Tú guardas todas tus contraseñas en el gestor (encriptadas), y designas a una o varias personas de confianza como contactos de emergencia.
Cuando faltes, esos contactos solicitan acceso de emergencia. El sistema espera un periodo de tiempo (configurable, por ejemplo 30 días) durante el cual tú podrías rechazar la solicitud si estuvieras vivo. Si pasa ese tiempo sin que rechaces, el contacto obtiene acceso completo a todas tus contraseñas.
Esta es la solución técnicamente más robusta y legalmente más segura.
✅ Sobre sellado en poder de abogado o notario
Preparas un documento físico con todas las credenciales, lo metes en un sobre sellado, y lo depositas en poder de tu abogado de confianza o en el archivo del notario con instrucciones de que solo se abra tras tu fallecimiento y se entregue a tus herederos designados.
Ventaja: Control absoluto y máxima seguridad. Desventaja: Debes actualizarlo cada vez que cambies una contraseña importante, lo cual es engorroso.
✅ Combinación de ambos sistemas
La solución óptima es usar un gestor de contraseñas para el día a día, y dejar en sobre sellado un documento con las instrucciones de acceso al propio gestor de contraseñas (contraseña maestra + información del heredero de emergencia). Así combinas la comodidad del gestor con la seguridad del sobre notarial.
Pilar 3: Testamento Digital Notarial
Este es el pilar legal fundamental. Consiste en otorgar ante notario un testamento que incluya cláusulas específicas sobre tus activos digitales.
Lo que debe contener tu testamento digital:
Cláusula de designación de albacea digital específico:
Nombras a una persona concreta (puede ser la misma que el albacea general o una distinta) con poderes específicos para:
- Acceder a todas tus cuentas y servicios digitales
- Ejecutar las instrucciones que hayas dejado sobre cada cuenta
- Cerrar, transferir o conservar tus activos digitales según tus instrucciones
- Tomar decisiones sobre aquello que no hayas previsto específicamente
Esta designación debe ser expresa y detallada, otorgando poderes amplios que superen las restricciones de las políticas de privacidad de las plataformas.
Instrucciones específicas sobre activos patrimoniales digitales:
«Lego a mi hijo Juan todos mis activos digitales de carácter patrimonial, incluyendo específicamente:
- El saldo de mi cuenta de PayPal
- Las criptomonedas que posea en cualquier plataforma o wallet
- Mi negocio de venta en Amazon
- Los dominios web registrados a mi nombre
- Los ingresos pendientes de cobro de mi canal de YouTube
Autorizo expresamente a mi albacea digital para acceder a estas cuentas utilizando mis credenciales, y encargo que gestione la transferencia de estos activos a mi hijo en el plazo más breve posible.»
Instrucciones sobre comunicaciones y datos personales:
Aquí debes ser específico sobre qué quieres que pase con tus correos, mensajes, fotografías personales:
- «Ordeno que se borren permanentemente todas mis cuentas de redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter) sin conservar ningún contenido.»
- «Autorizo a mi esposa a acceder a mi cuenta de Gmail para recuperar cualquier información relevante para asuntos familiares o patrimoniales, pero ordeno que después se cierre la cuenta definitivamente.»
- «Ordeno que se conserven todas las fotografías almacenadas en mi cuenta de Google Photos y se entreguen a mis hijos en un disco duro externo.»
La clave está en ser específico y detallado, porque lo que no especifiques quedará en zona gris legal.
Cláusula de sometimiento a arbitraje internacional:
Dado que muchas plataformas digitales están en el extranjero, es útil incluir una cláusula que establezca que cualquier conflicto sobre el acceso a tus activos digitales se resolverá mediante arbitraje internacional, evitando tener que litigar en tribunales extranjeros.
Pilar 4: Documento Privado de Instrucciones Técnicas
El testamento notarial es un documento formal que debe usar lenguaje jurídico. No es el lugar para dar instrucciones técnicas detalladas como contraseñas, procedimientos de acceso, o información que cambia frecuentemente.
Por eso necesitas un documento privado separado (que puede estar referenciado en el testamento) donde dejes toda la información técnica práctica:
Contenido del documento de instrucciones técnicas:
- Listado completo de cuentas con URLs exactas de acceso
- Usuarios o emails asociados a cada cuenta
- Información sobre dónde están las contraseñas (gestor de contraseñas, sobre sellado, etc.)
- Instrucciones específicas sobre autenticación en dos factores (dónde está el móvil, cómo recuperar códigos de backup)
- Ubicación física de dispositivos importantes (ordenadores, discos duros externos, hardware wallets de criptomonedas)
- Contraseñas de dispositivos (ordenador, móvil, tablet)
- Información sobre copias de seguridad y dónde están guardadas
- Contactos técnicos (tu informático de confianza, tu asesor de criptomonedas, etc.) que pueden ayudar a tus herederos
Formato recomendado:
Este documento debe estar:
- En formato digital encriptado (PDF con contraseña) guardado en lugar seguro
- Y en formato físico impreso guardado en sobre sellado con tu abogado o notario
Actualización:
Este documento debe actualizarse cada 6 meses o cada vez que hagas cambios importantes en tus cuentas digitales.
Pilar 5: Carta de Instrucciones Personales
Además de los documentos legales y técnicos, recomiendo siempre dejar una carta personal dirigida a tus herederos explicándoles con tus propias palabras:
- Por qué es importante que accedan a tus cuentas digitales
- Qué valor tienen esos activos (económico y sentimental)
- Qué quieres que hagan con cada cosa
- Cómo deben coordinarse entre ellos
- A quién pueden pedir ayuda si tienen dificultades
Esta carta no tiene valor legal, pero tiene un valor humano enorme. He visto familias que han gestionado herencias digitales complejas de forma armónica porque el fallecido había dejado una carta clara explicando sus deseos. Y he visto familias que se han peleado por no entender qué quería realmente el fallecido.
Los Errores Más Graves Que Estás Cometiendo Ahora Mismo
Déjame ser muy directo: si no has hecho nada de lo anterior, estás cometiendo errores que van a costar muy caros a tus herederos. Y algunos de estos errores son tan graves que pueden hacer que pierdas patrimonio incluso en vida.
Error 1: No Tener Inventario de Tus Activos Digitales
Si tú mismo no sabes exactamente qué cuentas y activos digitales tienes, ¿cómo van a saberlo tus herederos?
He visto casos de personas que tenían 15.000 euros en una cuenta de PayPal antigua que habían olvidado, y la familia nunca supo de su existencia. Ese dinero quedó bloqueado permanentemente cuando PayPal cerró la cuenta por inactividad tras el fallecimiento.
Error 2: Usar La Misma Contraseña Para Todo
Muchas personas usan la misma contraseña (o variaciones mínimas) para todas sus cuentas. Cuando fallecen y los herederos consiguen esa contraseña, pueden entrar en muchas cuentas… pero no en todas. Y las que tienen contraseñas diferentes quedan inaccesibles para siempre.
Peor aún: si tus herederos consiguen tu contraseña única y la prueban en múltiples plataformas, muchas empresas detectan ese comportamiento como «intento de acceso no autorizado» y bloquean permanentemente todas las cuentas por seguridad.
Error 3: No Avisar a Nadie de Que Tienes Criptomonedas
Las criptomonedas son el activo más complicado de heredar porque son completamente anónimas y autosoberanas. Si nadie sabe que las tienes, y nadie tiene las claves privadas, ese dinero se pierde irrecuperablemente.
He tenido casos de herederos que descubrieron años después del fallecimiento (revisando viejos correos) que su padre había comprado Bitcoin en 2015. Para entonces, esas criptomonedas valían cientos de miles de euros. Pero las claves privadas estaban en un ordenador que habían tirado a la basura dos años antes. Dinero perdido para siempre.
Error 4: Configurar Autenticación en Dos Factores Sin Plan de Contingencia
La autenticación en dos factores (2FA) es excelente para la seguridad… pero desastrosa para la herencia si no se planifica correctamente.
Si tienes 2FA activado mediante SMS a tu móvil, y cuando faltas ese móvil se bloquea, se rompe o la línea se cancela, tus cuentas quedan técnicamente inaccesibles incluso si tus herederos tienen las contraseñas.
Solución: Configura 2FA mediante app de autenticación (Google Authenticator, Authy) y guarda los códigos QR de respaldo o las claves de recuperación en tu documento de instrucciones técnicas. Así tus herederos podrán regenerar los códigos de autenticación en otro dispositivo.
Error 5: No Actualizar Tu Testamento Digital
Haces un testamento digital hoy, perfecto. Pero dentro de seis meses abres una cuenta nueva en una plataforma de inversión y metes 20.000 euros. Esa cuenta no está contemplada en tu testamento. Cuando faltes, tus herederos no sabrán que existe.
La herencia digital requiere mantenimiento continuo. No es algo que se hace una vez y te olvidas.
Situaciones Específicas Que Requieren Atención Especial
Hay ciertos casos donde la planificación de la herencia digital es especialmente crítica y compleja:
Si Tienes un Negocio Digital Rentable
Una tienda de Amazon que genera 3.000 euros mensuales, un canal de YouTube monetizado, una web de ecommerce, un negocio de dropshipping… estos negocios son activos productivos que siguen generando dinero después de tu muerte, pero solo si alguien los gestiona inmediatamente.
Si nadie accede a la cuenta en las primeras 48-72 horas, empiezan los problemas:
- Los pedidos quedan sin procesar y los clientes reclaman
- Las plataformas detectan incumplimientos y suspenden la cuenta
- Los proveedores cortan el suministro por falta de pago
- La reputación del negocio se destruye en días
Solución específica:
Para negocios digitales, además del testamento digital normal, necesitas:
- Un protocolo de contingencia activable en 24 horas: Alguien de confianza que tenga credenciales de acceso parcial (solo para gestión operativa, no para movimientos de dinero) y pueda mantener el negocio funcionando mientras se resuelve la sucesión.
- Un manual de operaciones del negocio: Documento explicando cómo funciona el negocio día a día, qué tareas hay que hacer, cómo gestionar incidencias, contactos de proveedores, etc.
- Cláusula testamentaria específica: Autorizando expresamente a tu albacea digital a gestionar el negocio durante el periodo de tramitación de la herencia, sin esperar a la partición final.
Si Tienes Criptomonedas
Las criptomonedas son el activo digital más difícil de heredar porque combinan el peor de dos mundos:
- Son completamente anónimas (si nadie sabe que las tienes, nunca se recuperarán)
- Son técnicamente inaccesibles sin las claves privadas (que son códigos alfanuméricos imposibles de recordar)
Estrategia específica para criptomonedas:
Para criptomonedas en exchanges (Binance, Coinbase, etc.):
- Trátalas como cualquier cuenta financiera digital
- Incluye las credenciales en tu gestor de contraseñas
- Especifica en tu testamento que forman parte de tu herencia
Para criptomonedas en wallets personales:
Aquí la complejidad es máxima. Necesitas:
- Documentar la existencia de las wallets: En tu inventario de activos, especifica qué criptomonedas tienes y en qué wallets.
- Guardar las claves privadas de forma segura pero accesible: Las claves privadas o las frases semilla (seed phrases) de 12-24 palabras deben estar:
- En un papel físico guardado en lugar muy seguro (caja fuerte, sobre sellado con abogado)
- NUNCA en formato digital sin encriptar (pueden ser robadas por malware)
- Divididas entre varios lugares si las cantidades son muy altas (usando esquemas de tipo «Shamir Secret Sharing»)
- Instrucciones técnicas claras: Tus herederos probablemente no sepan qué es una wallet ni cómo funciona. Necesitas dejarles instrucciones paso a paso, o mejor aún, designar a un técnico de confianza que les ayude.
- Hardware wallets físicas: Si usas dispositivos hardware (Ledger, Trezor), debes dejar instrucciones sobre dónde están físicamente y cómo se usan, junto con los PINs de acceso y las palabras semilla de recuperación.
Un caso real que me marcó:
Tuve un cliente que había invertido en Bitcoin desde 2013. Cuando murió en 2021, esos bitcoins valían más de 500.000 euros. Pero estaban en una wallet personal cuya clave privada estaba en un archivo de texto encriptado en su ordenador. La contraseña de ese archivo era una frase que solo él conocía.
Sus herederos sabían que el dinero estaba ahí. Podían ver el saldo en la blockchain públicamente. Pero no había forma humana de acceder sin la contraseña. Probaron con miles de combinaciones posibles durante meses. Contrataron a expertos forenses en criptografía. Nada funcionó.
Ese medio millón de euros está perdido para siempre. Y lo único que habría evitado esa tragedia era que el fallecido hubiera dejado la contraseña del archivo en un sobre sellado con su abogado.
Si Trabajas Como Freelance o Profesional Digital
Si eres diseñador, programador, consultor, creador de contenido, o cualquier profesional que trabaja de forma digital, tu herencia digital incluye:
- Proyectos en curso con clientes (que deben ser notificados y transferidos)
- Propiedad intelectual de tus trabajos (código, diseños, escritos)
- Cuentas en plataformas de freelancing (Upwork, Fiverr, etc.)
- Reputación digital y portfolios online
Si faltas sin avisar, tus clientes quedan colgados, tu reputación sufre, y tus herederos pueden no poder cobrar trabajos ya realizados porque no saben cómo contactar con los clientes.
Solución:
Debes dejar un documento con:
- Lista completa de clientes activos y sus contactos
- Estado de cada proyecto (qué está hecho, qué falta, dónde están los archivos)
- Instrucciones para otro profesional que pueda finalizar o transferir los proyectos
- Accesos a plataformas donde trabajas
Y en tu testamento, autorizar específicamente a tu albacea digital a gestionar la finalización o traspaso de tus proyectos profesionales.
Si Tienes Contenido Digital con Derechos de Autor
Fotografías profesionales, vídeos, música, libros autopublicados, cursos online, software… todo contenido que genera ingresos por derechos de autor o licencias es especialmente valioso porque sigue generando dinero después de tu muerte durante décadas (hasta 70 años después en la UE).
Pero si tus herederos no saben que ese contenido existe, o no tienen acceso a las plataformas donde está publicado, pierden esos ingresos.
Aspectos legales importantes:
Los derechos de autor se heredan automáticamente, pero para ejercerlos tus herederos necesitan:
- Saber que el contenido existe
- Poder demostrar que ellos son los herederos del autor
- Tener acceso a las plataformas de distribución para cobrar regalías
Debes dejar documentado:
- Qué contenido has creado y dónde está publicado
- Qué plataformas gestionan las regalías (Amazon Kindle Direct Publishing, YouTube, Spotify, etc.)
- Cómo se cobran esas regalías
- Instrucciones sobre si quieres que el contenido siga publicado o se retire