Podrán ser acusación particular aquellas personas que fueran ofendidas por un delito en su estatus de titulares del bien jurídico protegido
Quienes pueden ser acusación particular
Personas particulares que estén en plenitud de los derechos civiles. Los menores estarán representados por su representante legal.
Empresas, a través de sus representantes legales.
Las asociaciones de víctimas y por las empresas a las que la ley atribuye legitimación para defender sus derechos, si la víctima del delito lo autoriza.
Asociaciones sin personalidad perjudicadas
Las corporaciones cuando el delito produjo consecuencias masivas.
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